Suministros y Especificaciones técnicas

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

No. De Artículo

Nombre de los Bienes o Servicios

Especificaciones Técnicas y Normas 

       1  

BOLA DE LOMO

Deberá ser limpia, libre de contusiones, fresca, que presenta color y olor y consistencia característicos, tipo exportación, transportado en vehículos habilitados por SENACSA con cámara refrigeradora de 0 a 6 grados C, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 48 h. de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de bovinos declarados aptos por SENACSA. Si contiene grasa que ésta presente color y olor fresco. De escasa gordura. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. Envasado en bolsa de polietileno el cual deberá indicar el peso. Debe figurar la fecha de elaboración y vencimiento. Cotizar por kilo y presentar en bolsa de 10 a 12 kgrs.

       2  

PECETO

Peceto tipo exportación. Envasado.Deberá ser limpia, libre de contusiones, fresca, que presenta color y olor y consistencia característicos, tipo exportación, transportado en vehículos habilitados por SENACSA con cámara refrigeradora de 0 a 6 grados C, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 48 h. de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de bovinos declarados aptos por SENACSA. Si contiene grasa que ésta presente color y olor fresco. De escasa gordura. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. Envasado en bolsa de polietileno el cual deberá indicar el peso. Cotizar por kilo y presentar en bolsa de 10 a 12 kgrs.

       3  

 

MUSLO DE POLLO

Muslo de pollo tipo exportación DE PRIMERA, Fresca, congelada, consistencia firme, netamente diferenciado y olor característico. Si contiene grasa, que ésta presente color y olor fresco. Rotulo: Nombre del Establecimiento en bolsas con fecha de vencimiento no inferior a 10 días en el momento de la recepción y R.E. y SENACSA del establecimiento. SIN MENUDENCIA. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. Cotizar por kilo y presentar en bolsa de 10 a 20 kgrs.

       4  

FIDEO TIPO CARACOLITO SECO

Pastas alimenticias o fideo cortadito elaborada a base de sémolas o semolín o harina de trigo ricas en gluten o harinas de panificación con agua y aditivos permitidos, sometidos a procesos de desecación. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03.En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por kilo y presentar en paquete de 5 kgs

       5  

 

FIDEO TIPO CORTADITO

Pastas alimenticias o fideo espagueti fino elaborada a base de sémolas o semolín o harina de trigo ricas en gluten o harinas de panificación con agua y aditivos permitidos, sometidos a procesos de desecación. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por kilo y presentar en paquete de 5 kgs

       6  

 

FIDEO SPAGUETTI

Pastas alimenticias o fideo espagueti fino elaborada a base de sémolas o semolín o harina de trigo ricas en gluten o harinas de panificación con agua y aditivos permitidos, sometidos a procesos de desecación. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS.Cotizar por kilo y presentar en paquete de 5 kgs

       7  

 

FIDEO TALLARIN FINO

Pastas alimenticias o fideo tallarín fino elaborada a base de sémolas o semolín o harina de trigo ricas en gluten o harinas de panificación con agua y aditivos permitidos, sometidos a procesos de desecación. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por kilo y presentar en paquete de 5 kgs

       8  

ARROZ

Arroz grano largo, fino tipo 1. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por kilo y presentar en bolsa de 5 kgs

       9  

 

LOCRO

Locro, paquete de 1 kgr, se entiende a los trozos pelados provenientes de granos limpios, sanos y bien conservados de Zea más L (blanco). Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por kilo y presentar en paquete de 1 kg

     10  

POROTO SAN FRANCISCO

Poroto seco obtenido de la semilla desecada de la especie Vigna sinensis de la variedad San Francisco cuyo granos son de color gris moteado. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por kilo y presentar en paquete  de 1 kgs

     11  

 

HARINA LEUDANTE

Harina Leudante, ENVASADA, PROTEGIDAS DE LA HUMEDAD CON SELLO DE CALIDAD. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por kilo y presentar en paquete de 1 kgs

     12  

HARINA DE MAIZ

Harina de maíz precocida, obtenida de los granos de maíz y sometido a un proceso de molienda. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por kilo y presentar en Bolsa de 5 kgs

     13  

 

SAL FINA

Sal fina, paquete de 1 kgrs, de consumo humano adicionada de yodato de potasio, en el nivel establecido en la legislación vigente sobre enriquecimiento de sal. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por kilo y presentar en paquete de 1 kgs

     14  

 

PURE DE TOMATE

Los productos obtenidos por concentración del jugo y pulpa de tomates frescos, herméticamente cerrados.  Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03.  Y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble la siguiente información; denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador ( en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda),  condiciones de conservación (cuando Corresponda) información nutricional, número de registro del producto (RSPA Nº) y número de registro de establecimiento (RE Nº), otorgado por el INAN- MSPYBS.Vencimiento: de manera clara y visible, día, mes y año. Cotizar por unidad y presentar en SACHET de 520 A 530 GR.

     15  

HUEVO DE GALLINA

Huevo Fresco de gallina Tipo 1 o A, enteros, sanos, limpios, en perfectos estados de conservación, sin rajadura, en planchas de carton limpias, cerradas con film, turgentes, pesados con cáscara seca.  Este producto deberá cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de sanidad y Calidad Animal SENACSA. Temperatura: no superior a 4° C manteniendo la cadena de frío Transporte: refrigerado y en condiciones de higiene, habilitado con N° SENACSA. Cotizar por unidad y  presentar en paquete de 30 unidades

     16  

 

LECHE DESCREMADA EN POLVO

 

Producto que se obtiene por deshidratación de la leche descremada; apta para la alimentación humana, mediante procesos tecnológicamente adecuados. Contenido de materia grasa menor que 1,5%. Deberá responder a la característica de leche en polvo instantánea. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Deberá ser de Origen Nacional, solo será permitido el uso como materia prima y/o ingrediente, leche de origen nacional. debidamente certificada por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA) Circular DNCP Nº 24/2014. Cotizar por unidad y presentar en paquete de 800 GRS.

     17  

 

YOGURTH DIETÉTICO

Yogur  descremado,  es el producto obtenido por coagulación y disminución del pH de la leche o leche reconstituida, adicionada o no de otros productos lácteos cuya fermentación se realiza con cultivos de lactobacillus bulgaricus y streptococcus termophillus. De acuerdo al contenido de materia grasa, el producto deberá corresponder a un yogur entero cuya base láctea tenga un contenido de materia grasa de 3.0 a 5.9 g/100 g. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Deberá ser de Origen Nacional, solo será permitido el uso como materia prima y/o ingrediente, leche de origen nacional, debidamente certificada por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA) Circular DNCP Nº 24/2014. Cotizar por unidad y presentar en pote de 120 a 140 gramos

     18  

YOGURTH ENTERO

Yogur entero,  es el producto obtenido por coagulación y disminución del pH de la leche o leche reconstituida, adicionada o no de otros productos lácteos cuya fermentación se realiza con cultivos de lactobacillus bulgaricus y streptococcus termophillus. De acuerdo al contenido de materia grasa, el producto deberá corresponder a un yogur entero cuya base láctea tenga un contenido de materia grasa de 3.0 a 5.9 g/100 g. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Deberá ser de Origen Nacional, solo será permitido el uso como materia prima y/o ingrediente, leche de origen nacional, debidamente certificada por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA) Circular DNCP Nº 24/2014. Cotizar por unidad y presentar en pote de 120 a 140 gramos

     19  

 

QUESO TIPO SANDWICH FILETEADO

Envasado: en bolsas higiénicas,  herméticamente cerradas al vacío, sin imperfecciones. ROTULADO: Fecha de elaboración y vencimiento: especificando día mes y año, no menor a 12 meses a partir de la fecha de entrega. Indicaciones nutricionales y marca del fabricante visibles. Nº de R.E. y R.S.P.A. CARACTERISTICAS: Elaborado con leche de vaca, maduración de corto tiempo, sabor suave a maduro, textura suave, Uniforme,  aroma suave. Cocido moldeado y prensado, levemente salado, color amarillo naranja, Transporte: Vehículo cerrado para proteger los alimentos de la luz solar directa, limpios y exclusivos para la entrega de alimentos perecederos con contenedores para mantener la cadena de frío.
Cotizar poor Kilo y presentar en paquete fileteado de 3 a  3,5 kilos

     20  

CREMA DE LECHE

Con el nombre de crema de leche se entiende el producto
lácteo relativamente rico en grasa separada de la leche por
Procedimientos tecnológicamente adecuados, que adopta la
forma de una emulsión de grasa en agua, la que ha sido
sometida al procedimiento de pasterización, mediante un
tratamiento térmico tecnológicamente adecuado.
Color: Blanco o levemente amarillento.
Sabor y olor: Característicos, suaves, no rancios, ni ácidos, sin
sabores u olores extraños.
Ingredientes obligatorios Crema obtenida a partir de leche de
vaca.
Ingredientes opcionales Sólidos lácteos no grasos Máx. 2%
(m/m); o, Caseinatos Máx. 0,1% (m/m); o, Suero lácteo en polvo
Máx. 1,0% (m/m).
La crema de leche deberá ser conservada permanentemente en
cámara fría o temperatura inferior o igual a 5° C a los efectos de
mantener sus características.
Cotizar por unidad y presentar en sachet de 1 litro.

     21  

 

COQUITO

Coquito a la manteca, elaborados con harina de trigo tipo 000, suaves de agradable sabor. Producto alimenticio obtenido por la cocción en hornos a temperatura conveniente de una masa no fermentada, hecha con harina, agua potable, manteca u otra grasa comestible con o sin el agregado de levadura, con o sin adición de sal, con o sin adición de azúcar, con o sin adición de anís, cuya forma responda a su designación. Inocuo y apto para consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por kilogramos y presentar en bolsas de 5 kgrs

     22  

GALLETITA SALVADO

VER PLANTILLA  DEL  SICP

     23  

GALLETA MOLIDA

Galleta molida, se entiende el producto de la molienda en molinos apropiados de galleta seca o desecada, entera y en buen estado de conservación, cuyo expendio deberá ser envasado. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. De Procedencia Nacional. Cotizar por kilo  y presentar en bolsa de 5  kilos

     24  

 

PRE - PIZZA

Con la denominación de pre pizza, se entiende el producto obtenido por la cocción de una masa elaborada mecánicamente con harina, agua, sal, y grasas comestibles, levadura de cerveza o de cereales. La masa resultante antes de su fermentación se coloca en moldes especiales untados con grasa comestible, de lo que resulta un pan con abundante miga y poca corteza. El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano.   Se podrán utilizar los aditivos alimentarios establecidos según Res. MERCOSUR GMC Nº 50/97 REGLAMENTO TECNICO ASIGNACION DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACION MAXIMA PARA LA CATEGORIA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACION Y GALLETERIA. con N° de: R.E., R.S.P.A. Tamaño grande, mínimo 6 porciones, sin hongos en buen estado para el consumo en el momento de la recepción.  Empaquetados herméticamente, frescos  y bien conservados. Cotizar por unidad y presentar en paquete de 200 a 260 gr

     25  

ÑOQUIS PRE ELABORADO

Productos no fermentados obtenidos por el empaste y amasado mecánico de sémola o semolín, sémola o semolín de trigo pan, harinas o sus mezclas, otras harinas aptas, con agua potable, con o sin la adición de otros ingredientes alimenticios de uso permitido y sometido a un proceso de pre cocción, Los ñoquis deberán ser elaborados con huevos y deberá estar adicionado de papa o sus derivados. El producto deberá cumplir con los requisitos físico químicos establecidos en la Resoluciones MECOSUR o en las legislaciones nacional específicas. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en la Normas de Codex  Alimentarius y/o Códigos o Legislaciones Regionales y/o Norma  Paraguaya.  Envase: limpio, sano, inviolable, herméticamente cerrado, con N° de R.E., R.S.P.A., R, HAB. MAG., conserva en lugar fresco y seco, al abierto de la luz solar. Rotulado: debe figurar en forma clara y visible la figurar en forma clara y visible la fecha de elaboración y vencimiento, lista de ingredientes. Deberá cumplir con lo establecido en  la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicacion Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Premedidos y con lo establecido en el Decreto N° 1.635/99 que Reglamenta en art. 175 de la Ley N° 836/80 Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional. Temperatura: no superior a 4° C mantenimiento la  cadena de frio transporte: refrigerado y en condiciones de higiene, mantenimiento la cadena de frio. Cotizar por unidad y presentar en paquete de 450 a 500 grs.

     26  

 

DISCO PARA PASTELÓN- TAPA PARA TARTA

Productos no fermentados obtenidos por el empaste y amasado mecánico de sémola o semolín, sémola o semolín de trigo pan, harinas o sus mezclas, otras harinas aptas, con agua potable, con o sin la adición de otros ingredientes alimenticios de uso permitido y sometido a un proceso de pre cocción. El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos  establecidos en las Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional específica. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en las Normas del Codex Alimentarius y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. Envase: envases de polietileno cerrados, limpios, sanos e inviolables.  Rotulado: debe figurar en forma clara y visible la fecha de elaboración y vencimiento, lista de ingredientes.  Separado cada unidad por un material adecuado. Mención del conservador empleado en su elaboración y la expresión mantener refrigerado. Deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Premedidos y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional.  Temperatura: no superior a 4° C manteniendo la cadena de frío  Transporte: refrigerado y en condiciones de higiene, manteniendo la cadena de frío. De Procedencia Nacional. Cotizar por unidad y presentar en  paquete de 500 Gr.

     27  

DISCO PARA EMPANADA

Disco para empanada tamaño grande. Se entiende el producto no fermentado obtenido por el empaste y amasado mecánico de harina, agua potable con o sin sal, con o sin grasas comestibles, manteca y/o margarina fraccionadas en forma circular, separadas individualmente por un polietileno. Según MERCOSUR / GMC / RES Nro. 09/07 Asignación de aditivos y sus concentraciones máximas para la categoría de alimentos 6: Cereales y Productos de/o a base de cereales. Rotulado: debe figurar en forma clara y visible la fecha de elaboración y vencimiento, lista de ingredientes. Separado cada unidad por un material adecuado. Mención del conservador empleado en su elaboración y la expresión mantener refrigerado. Deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Premedidos y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80  Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional. Temperatura: no superior a 4° C manteniendo la cadena de frío Envase: deben expenderse en envases cerrados, limpios, sanos e inviolables. Deberá ser fresca y natural, sin olor, sin moho, empaquetado higiénicamente en polietileno de 12 unidades en cada paquete, la entrega será con 30 días antes de su fecha de vencimiento. Transporte: refrigerado y en condiciones de higiene, manteniendo la cadena de frío. Cotizar por paquete de 12 unidades y presentar en paquetes de 320 a 340 gr

     28  

NUEZ MOSCADA

 

NUÉZ MOSCADA Especias en Polvo. ENVASE: Bolsas de polietileno, higiénicas, herméticamente cerradas, sin imperfecciones. RÓTULO: Fecha de elaboración y vencimiento: especificando día mes y año, no menor a 12 meses a partir de la fecha de la entrega. Indicaciones nutricionales y marca del fabricante visibles. Nª de R.E. y R.S.P.A. CARACTERISTICAS: Los productos deberán ser inocuos y adecuados para el consumo humano. Deben ser genuinos, sanos y responder a sus características normales, estar exentos de sustancias extrañas. Deberán presentarse de forma desecada. TRANSPORTE: Vehículo cerrado para proteger este alimento de la luz solar directa, higiénico y exclusivo para la entrega de alimentos. Presentación paquetes por 25 gramos como mínimo. Cotizar por unidad y presentar en paquete de 15 grs

     29  

OREGANO

Orégano seco en saquito, que indique marca, fecha de elaboración y vencimiento, información nutricional. rspa. Re. De Procedencia Nacional. Cotizar por unidad y presentar en paquete de  25gr.

     30  

SALSA DE SOJA

Salsa de soja es un condimento líquido que se obtiene por la fermentación de los granos de soja y/o la hidrolisis de proteínas vegetales. Debe tener una diferencia mayor a 3 g /100 g de grasas totales con respecto a la mayonesa normal. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de rotulado nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación de alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador ( en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, numero de registro de producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento por el INAN-MSPYBS. Cotizar por unidad y presentar en frasco de plastico de 250 ml

     31  

MAYONESA

Mayonesa, se entiende la salsa constituida por una emulsión de aceite vegetal comestible en huevo y agua, sazonada con vinagre y/o jugo de limón, con o sin condimentos, aceites esenciales, extractos aromatizantes, envasada en un recipiente bromatológicamente apto. Deberá ser reducida en grasas totales en un 25% con respecto a la mayonesa normal. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por unidad y presentar en sachet  de  250 gr

     32  

 

MOSTAZA

Mostaza en pasta o mostaza de mesa, se entiende el aderezo elaborado con harinas de semillas no desgrasadas de la Brassica nigra L, Brassica juncea Hooker, Sinapis alba (según el tipo), cloruro de sodio, vinagre o jugo de limón, otros condimentos y acidulantes permitidos, envasado en un recipiente bromatológicamente apto. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por unidad y presentar en sachet  de  250 gr

     33  

VINAGRE BLANCO

Vinagre de vino, de 250  ml, el producto elaborado exclusivamente de la fermentación ascética del vino blanco. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por unidad y presentar en frasco de 250 ml

     34  

CAFÉ INSTANTÁNEO

Producto en  polvo instantáneo resultante de la  deshidratación  de los extractos acuosos obtenidos exclusivamente a partir de café tostado. No podrá contener agregado de hidratos de carbono o de sus productos de caramelización, así como el de aromatizantes artificiales. Inocuo y adecuado para consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN- M S P Y B S. Presentación: frasco por 200 gr como mínimo. - Cotizar por  unidad y presentar en frasco de vidrio de  200 gr

     35  

 

TÉ NEGRO

 

Té negro corresponde al producto obtenido mediante marchitado, enrulado, fermentado y secado de las yemas, hojas jóvenes, pecíolos y tallos tiernos. Producto obtenido por el procesamiento conveniente de las yemas, hojas jóvenes, pecíolos y tallos tiernos de la especie Camelliasinensis. Inocuo y apto para el consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por caja  y  presentar por caja de  20 a 25 saquitos de 40 a 50 gramos.

     36  

TÉ DE ANÍS

 

Te de anís. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por caja y presentar en caja de  20 a 25 saquitos como mínimo de 30 gramos .

     37  

ARVEJA EN LATA

Conserva de arveja, envase de 200 grs neto, seca remojada envasada en recipientes aptos y sometidos a esterilización.  Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. De Procedencia Nacional. Cotizar por unidad y presentar en lata de 200 gramos

     38  

 

CHOCLO EN LATA

Granos de choclo, envasados en recipientes aptos y sometidos a esterilización. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Procedencia Nacional.  Cotizar por unidad y presentar en lata de 200 gramos

     39  

 

JUGO ELABORADO EN POLVO

Jugo en polvo sobres x 8 litro. El etiquetado Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Cotizar por unidad y presentar en sobre 200 gr para  8 litors

     40  

 

MARGARINA VEGETAL OLEAGINOSA

Margarina en envase original de fábrica indicando marca. Tres meses antes de su vencimiento. Sin color u olor desagradable. Cotizar por unidad  y presentar en  pote de 500  grs.

     41  

AJO

Ajo en Ristra o atado. Deberá cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). Cotizar por unidad y presentar por unidad

     42  

REMOLACHA

Remolacha fresca sanas, limpias, razonablemente libres de tierra adherida, turgentes, de buen color, bien formadas y desarrolladas con un tamaño adecuado mediano, en perfecto estado de conservación, sin brotes, mantenidos en lugar frescos, secos, aireados y al abrigo de la luz solar directa, de primera calidad deberá ser negra. Deberá cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). Cotizar por kilogramos y presentar en bolsa de 5 a  10 kilos

     43  

PEPINO

Fresco y natural, de color uniforme, sin sustancias contaminantes, no debera estar en estado de descompacision. Cotizar por kilogramos y presentar en bolsa de 3 a 5 kilos

     44  

BATATA

Batata fresca sanas, limpias, razonablemente libres de tierra adherida, turgentes, de buen color, bien formadas y desarrolladas con un tamaño adecuado mediano, en perfecto estado de conservación, sin brotes, mantenidos en lugar frescos, secos, aireados y al abrigo de la luz solar directa, de primera calidad. Deberá cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). Cotizar por kilogramos y presentar en bolsa de 5 a 10 kilos

     45  

CEBOLLITA EN HOJA

Cebollita en Hoja fresca, Entera, sana, limpia, en perfecto estado de conservación. Con piel firme, seco, turgentes, pesados. Bien formadas y desarrolladas con un tamaño adecuado y no muy chico. Deberá cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). De Procedencia Nacional. Cotizar por mazo y presentar en bolsa de 10 a 15 unidades

     46  

PEREJIL

Perejil en mazo fresco Hojas sanas, frescas, crujiente, sin semilla, sin hojas amarillas, deshidratados. Libres de lesiones, manchas, insectos o cualquier sustancia extraña. Deberá cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). De Procedencia Nacional. Cotizar por mazo y presentar en bolsa de 10 a 15 unidades.

     47  

REPOLLO

Repollo fresco Hojas sanas, frescas, crujiente, sin semilla, sin hojas amarillas, deshidratados o secas, con color característico según corresponde. Libres de lesiones, manchas, insectos o cualquier sustancia extraña. Deberá cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). Cotizar por kilogramos y presentar por cajon de 5 hasta 10 unidades.

     48  

BANANA

VER PLANTILLA  DEL  SICP

     49  

MANZANA

Producto maduro precedente de fructificación de una planta sana. Características: sanas, limpias, condiciones de madurez apropiadas, bien desarrolladas y firmes, secas de tamaño uniforme, sin manchas, ni lesiones producidas por insectos, firmes, turgentes, sin golpes ni machucones, bien coloreadas de acuerdo a las características de la variedad, en buen estado de higiene, libre de tierra o cualquier residuo adherido a la superficie. Peso Min./Unidad: Manzana: 150 g. Transporte: en vagones, camiones, carros o contenedores cerrados, frescos, limpios, en condiciones de higiene y al abrigo de la luz solar directa. Cotizar por kilo y presentar en cajas de 20 A 24  unidades.

     50  

NARANJA

NARANJA: EN BUEN ESTADO DE CONSERVACION, SIN CONTAMINACION DE SUSTANCIAS EXTRAÑAS CON UNA MADURACION APROXIMADA DE 80%. Deberá cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). Cotizar por kilogramos y presentar en bolsas de 100 unidades.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • SUOC Nº 24 HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO R. ALONSO

Director del Hospital: Dr. Carlos Alberto Cañete  Aguirre

 

Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

El proceso de adquisición se realiza a fin de cumplir con lo dispuesto en la Resolución S.G. Nº 620/2006, del 4 de Agosto De 2006   POR LA CUAL SE DISPONE LA OBLIGATORIEDAD DE DESTINAR LA PROVISIÓN DE ALIMENTOS, UNICA Y EXCLUSIVAMENTE A LOS PACIENTES INTERNOS Y AL PERSONAL MÉDICO Y PARAMÉDICO DE GUARDIA DE HOSPITALES, ASILOS, CENTROS Y PUESTOS DE SALUD, DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL, dicha resolución fue ampliada por la Resolución SG Nº 96/2008 POR LA CUAL SE AMPLÍA EL ARTÍCULO 1º DE LA RESOLUCIÓN SG Nº 620/2006.

Mediante esta licitación se podrá destinar gastos para Adquisición de Productos e Insumos alimenticios y bebidas, manufacturados o semielaborados utilizados en la producción y elaboración de alimentos para personas para su consumo final (desayuno, almuerzo y cena) debido a que esta dependencia hospitalaria cuenta con cocina y comedor y almacén de Suministros.

Justificar la planificación. (Si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal).

Es un llamado periódico previsto según PAC ID N° 434.967 LCO Nº 01 ADQUISICION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS del HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ALONSO - PLURIANUAL

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación: 

Ítem

Descripcion del bien

Cantidad

Unidad de Medida

Lugar de entrega de los bienes

Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes

       1  

BOLA DE LOMO

500

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

       2  

PECETO

1000

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

       3  

 

MUSLO DE POLLO

832

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

       4  

FIDEO TIPO CARACOLITO SECO

96

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

       5  

 

FIDEO TIPO CORTADITO

168

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

       6  

FIDEO SPAGUETTI

168

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

       7  

 

FIDEO TALLARIN FINO

168

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

       8  

ARROZ

600

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

       9  

 

LOCRO

24

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     10  

POROTO SAN FRANCISCO

48

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     11  

 

HARINA LEUDANTE

60

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     12  

HARINA DE MAIZ

360

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     13  

 

SAL FINA

60

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     14  

PURE DE TOMATE

360

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     15  

 

HUEVO DE GALLINA

4200

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     16  

LECHE DESCREMADA EN POLVO

480

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     17  

 

YOGURTH DIETÉTICO

3000

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

 

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     18  

YOGURTH ENTERO

2000

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     19  

 

QUESO TIPO SANDWICH FILETEADO

90

KILOGRAMOS

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EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     20  

CREMA DE LECHE

90

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     21  

 

COQUITO

720

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     22  

GALLETITA SALVADO

1500

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     23  

 

GALLETA MOLIDA

90

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     24  

PRE - PIZZA

600

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     25  

ÑOQUIS PRE ELABORADO

600

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     26  

DISCO PARA PASTELÓN- TAPA PARA TARTA

960

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     27  

 

DISCO PARA EMPANADA

600

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     28  

NUEZ MOSCADA

48

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     29  

 

OREGANO

30

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

 

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     30  

SALSA DE SOJA

36

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     31  

 

MAYONESA

80

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     32  

MOSTAZA

70

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     33  

 

VINAGRE BLANCO

32

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     34  

CAFÉ INSTANTÁNEO

200

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     35  

 

TÉ NEGRO

48

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

 

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     36  

TÉ DE ANÍS

100

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

 

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     37  

 

ARVEJA EN LATA

100

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     38  

CHOCLO EN LATA

80

UNIDAD

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EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     39  

 

JUGO ELABORADO EN POLVO

320

UNIDAD

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EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     40  

MARGARINA VEGETAL OLEAGINOSA

80

UNIDAD

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EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     41  

AJO

360

UNIDAD

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

 

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     42  

REMOLACHA

50

KILOGRAMOS

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EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     43  

PEPINO

120

KILOGRAMOS

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EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     44  

BATATA

120

KILOGRAMOS

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EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     45  

CEBOLLITA EN HOJA

180

UNIDADES DE MAZO

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     46  

PEREJIL

144

UNIDADES DE MAZO

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EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     47  

REPOLLO

96

KILOGRAMOS

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EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     48  

BANANA

120

KILOGRAMOS

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EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     49  

MANZANA

180

KILOGRAMOS

HOSPITAL DISTRITAL DE MARIANO ROQUE ALONSO

EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     50  

NARANJA

96

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EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

     50  

NARANJA

96

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EL PROVEEDOR TENDRA 4 (CUATRO) DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ORDEN DE COMPRA POR PARTE DEL PROVEEDOR A PARTIR DE LA FIRMA DEL CONTRATO Y DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO

Plan de entrega de los servicios

Ítem

Descripción del servicio

Cantidad

Unidad de medida de los servicios

Lugar donde los servicios serán prestados

Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios

(Indicar el N°)

(Indicar la descripción de los servicios)

(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer)

(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios

(Indicar el nombre del lugar)

(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s)

 

 

 

 

 

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

  1. Nota de Remisión (emitida por el proveedor)
  2. Acta de Recepción (emitida por la convocante)

 

El plazo para la emisión de la orden de compra será dentro de 2 días hábiles contados a partir de la firma del contrato y durante la vigencia del mismo una vez que la orden de compra sea emitida al proveedor.

 La entrega se realizara en forma Mensual el ultimo día de cada mes, según la necesidad de la Institución.  El requerimiento promedio mensual podría sufrir variaciones considerando la cantidad de pacientes y personal de guardia. 

Planificación de indicadores de cumplimiento:

 

 El indicador de  cumplimiento que garantiza la recepción parcial o total de los insumos son:

1- Nota de Remisión (emitida por el Proveedor)

2- Acta de Recepción (emitida por la Convocante)

El plazo para la emisión de la Orden de Compra será dentro de los dos días hábiles contados a partir de la firma del Contrato y durante la vigencia del mismo, una vez que la Orden de compra sea emitida al Proveedor.

La Entrega se realizará en forma mensual el último día de cada mes, según la necesidad de la institución.  El requerimiento promedio mensual  podría sufrir variaciones considerando la cantidad de pacientes y personal de guardia.

Planificación de indicadores de cumplimiento:

 

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Nota de Remisión / Acta de recepción 1

Nota de Remisión / Acta de recepción

Diciembre 2023      

Nota de Remisión / Acta de recepción 2

Nota de Remisión / Acta de recepción

Enero 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 3

Nota de Remisión / Acta de recepción

Febrero 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 4

Nota de Remisión / Acta de recepción

Marzo 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 5

Nota de Remisión / Acta de recepción

Abril 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 6

Nota de Remisión / Acta de recepción

Mayo 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 7

Nota de Remisión / Acta de recepción

Junio 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 8

Nota de Remisión / Acta de recepción

Julio 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 9

Nota de Remisión / Acta de recepción

Agosto 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 10

Nota de Remisión / Acta de recepción

Septiembre 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 11

Nota de Remisión / Acta de recepción

Octubre 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 12

Nota de Remisión / Acta de recepción

Noviembre 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 13

Nota de Remisión / Acta de recepción

Diciembre 2024

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social.
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del Consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
  • Original o fotocopia del Consorcio constituido
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.