Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) (NO APLICA) |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
7. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Para contribuyentes de IRE: Deberán cumplir con el siguiente parámetro: a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2020, 2021 y 2022). b. Endeudamiento: pasivo total / activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2020, 2021 y 2022). c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. El promedio en los 3 (tres) últimos años (2020, 2021 y 2022), no deberá ser negativo.
Para contribuyentes de IRPC: Deberán cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020, 2021 y 2022).
Para contribuyentes de IRP: Deberán cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020, 2021 y 2022).
Para contribuyentes de exclusivamente IVA General: Deberá cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los últimos 3 meses anteriores al acto de apertura de ofertas.
El cálculo de cada uno de los ratios se realizará de la siguiente manera: El promedio se obtendrá de la suma de los valores correspondientes a cada año, exigido en el PBC, dividido por la cantidad de sumandos, obteniéndose un solo ratio, el cual deberá ser analizado, a fin de verificar si cumple o no con la exigencia del PBC.
En el caso de Consorcios, se deberán indicar en la oferta quien es el Líder del Consorcio, que deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento) y el 40% (cuarenta por ciento) lo cubrirá el/los integrante/s del Consorcio.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a. Fotocopia simple del Balance General y Estado de Resultados, de los años 2.020, 2.021 y 2022, para contribuyentes del IRE, acompañado del formulario correspondiente.
b. Formulario de IVA General de los últimos 3 meses vigente al inicio de la etapa competitiva.
c. Formulario de Declaración Jurada del Impuesto a la Renta del Pequeño Contribuyente (IRPC).
d. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente al inicio de la etapa competitiva
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Existencia legal de por lo menos 3 (tres) años de antigüedad.
- Demostrar la experiencia en mantenimiento y reparación de vehículos con facturaciones de venta y/o recepciones finales cuya sumatoria de los 3 (tres) últimos años (2020, 2021 y 2022) ascienda a un monto equivalente al 30% como mínimo sobre el monto máximo del/los lote/s del llamado.
Observación: Para los consorcios, todos los integrantes deberán cumplir los requisitos legales en su totalidad como ser obligaciones tributarias, laborales y de seguridad social, además deberá indicarse en la oferta cuál es la empresa líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos 60% de los criterios de calificación de experiencia, y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del consorcio).-
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Constancia de RUC emitida por la SET. 2. copia autenticada de la constitución de la empresa. En el caso de firmas unipersonales o personas físicas, se tendrá en cuenta la fecha de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes |
3. Patente comercial vigente al inicio de la etapa competitiva, del municipio donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. |
4. Copia simple de contratos ejecutados satisfactoriamente y/o comprobantes legales de mantenimiento y reparación de vehículos, objeto del llamado acompañado de los documentos respaldatorios que avalen el cumplimiento satisfactorio de los mismos (Constancias y/o Informes y/o Remisiones en caso de Facturas de crédito y/o Actas de Recepción). Podrán presentarse la cantidad de documentos que fueren necesarios, y que la sumatoria del mismo alcance el 30% como mínimo sobre el monto máximo del/los lote/s del llamado, de los años. 2020, 2021 y 2022 |
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1.1. Existencia legal de por lo menos 3 (tres) años de antigüedad, comprobada con la presentación de una copia autenticada de la constitución de la empresa, como Taller Mecánico. En el caso de firmas unipersonales o personas físicas, se tendrá en cuenta la fecha de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes.
1.2. Patente Municipal vigente, que lo habilite para trabajar en el rubro solicitado, emitido por la Municipalidad dela Ciudad del Departamento, correspondiente al lote por el cual oferta.
1.3. Infraestructura, el oferente deberá contar con un local propio o alquilado de las dimensiones que se detallan más abajo, en 1 (uno) o 2 (dos) bloques contiguos totalmente cubierto con techo de tinglado y a efectos de ofrecer las condiciones de seguridad a los vehículos de la Institución, por el tiempo que demande la realización de los trabajos. Como mínimo deberá contar con las siguientes dimensiones:
Para Lote: |
DIMENSIONES |
Lote 1 |
250 mts2 o mas |
Lote 2 |
250 mts2 o mas |
Lote 3 |
250 mts2 o mas |
Lote 4 |
250 mts2 o mas |
En caso de ser local propio, para acreditar el cumplimiento de este requisito, el oferente deberá presentar una copia autenticada del plano del taller, debidamente aprobado por la Intendencia Municipal, como así también su ubicación geográfica.
En caso de ser un local alquilado, el oferente deberá presentar una copia autenticada del plano del taller, debidamente aprobado por la Intendencia Municipal, como así también su ubicación geográfica, copia autenticada por escribanía del contrato de alquiler,cuya vigencia cubra la vigencia del contrato firmado con el Ministerio Público. Para estos casos también se regirán por los criterios de la existencia legal requerida.
En caso de ser una sucursal, el oferente deberá presentar una copia autenticada del plano del taller, debidamente aprobado por la Intendencia Municipal, como así también su ubicación geográfica, y esta deberá tener por lo menos 1 (un) año de antigüedad comprobada, en el rubro requerido.
1.4. Seguridad, el oferente deberá contar con sistema de seguridad contra incendio Extintores con carga vigente debiendo elaborar una declaración jurada.
1.5. Capacidad Técnica. Declaración Jurada de que el oferente cuenta con los equipos, herramientas e infraestructuras necesarias para el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, debiendo elaborar una declaración jurada. Enumerando cada uno de ellos y la cantidad que posee.
1.6. Repuestos Originales, los oferentes deberán cotizar y colocar repuestos originales correspondientes a las marcas por las cuales están ofertando.
1.7. Verificación in Situ, la convocante se reserva el Derecho a realizar verificaciones de la ubicación del local, de la infraestructura y de las capacidades técnicas del oferente, si así lo requiere, designando a una persona quien deberá elaborar un informe con imágenes de las verificaciones realizadas.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
- Copia autenticada de la constitución de la Empresa.
- Ubicación Geográfica del local de la empresa y/o su sucursal.
- Patente Municipal vigente que lo habilite a trabajar en el rubro solicitado, emitido por la Municipalidad del Departamento correspondiente al lote por el cual oferta.
- en caso de ser local propio y/o sucursal: Copia del Plano aprobados por la Intendencia Municipal del Departamento, acompañado de Declaración Jurada donde se detalle el croquis de la ubicación.
- en caso de ser local alquilado: Copia del plano aprobado por la Intendencia Municipal del Departamento y copia auntenticada por escribanía del contrato de alquiler cuya vigencia cubra la vigencia del contrato "desde el día siguiente de su suscripción por ambas partes con una duración de 24 (veinticuatro) meses", acompañado de Declaración Jurada donde se detalle el croquis de la ubicación.
- Declaración Jurada de poseer un sistema de seguridad contra incendio, extintores con carga vigente.
- Declaración Jurada de las Herramientas, equipos y maquinarias que posee el Oferente (Enumerar cada uno de ellos con la cantidad que posee)
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
a) Declaración Jurada del oferente y/o Constancia emitida por la entidad bancaria de poseer una cuenta corriente y/o caja de ahorro vigente en bancos de plaza dentro del territorio nacional, conforme lo establece el Decreto Nº 10.340/2007.
b) Declaración Jurada de que cuentan con solvencia técnica, económica y legal suficiente para responder a los compromisos asumidos frente al Estado Paraguayo y que su actividad vinculada con el tipo de bienes/servicios que oferta.
c) Los oferentes en la categoría de Mipymes, deberán presentar la cedula Mipymes que acredita la condición de Micro, Pequeña o Mediana empresa, conforme a los parámetros establecidos en las disposiciones legales vigentes y emitido por el Ministerio de Industria y Comercio, vigente a la fecha de apertura de ofertas.
d) El oferente deberá acompañar a su oferta original un CD que contenga la planilla de oferta en formato editable (Excel).
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.