Consulta:
DONDE DICE: 2020, 2021 y 2022.
SOLICITAMOS a la convocante que los años sean actualizados a los tres últimos años o ejercicios fiscales cerrados, que corresponden a los años 2021, 2022 y 2023.
Nro. de Consulta | Título | Resumen de la Consulta | Fecha de Consulta | Fecha de Respuesta | Acciones |
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341 | Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida | DONDE DICE: 2020, 2021 y 2022. SOLICITAMOS a la convocante que los años sean actualizados a los tres últimos años o ejercicios fiscales cerrados, que corresponden a los años 2021, 2022 y 2023. | 04-06-2024 | 04-07-2024 | |
342 | Capacidad Técnica. Documentación para evaluar el criterio. Punto 8 | El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica: DONDE DICE: 8. Presentar Certificado de Normas de calidad específicas: FDA, CE, JIS o ISO 13485 al menos alguna de ellas. Dicho documento debe estar apostillado consularizado debidamente legalizado. SOLICITAMOS amablemente a la convocante que permitan ofertar equipos con normas MERCOSUR o TUV o JIS, teniendo en cuenta que el Ministerio de Salud y otras instituciones ya cuentan con ventiladores con dichas normas, y las mismas cumplen con todas las necesidades para las Unidades de terapias Intensivas. Además, la inclusión de las normas MERCOSUR o TUV o JIS permitirá ofertar equipos de mayor calidad con mejores costos. Por otro lado, está modificación no afecta el funcionamiento correcto de los ventiladores pulmonares. Solicitamos que el presente punto quede modificado de la siguiente manera: FDA, CE, MERCOSUR, TUV, JIS al menos alguna de ellas. Cabe destacar que las especificaciones técnicas deben ser genéricas y deben permitir la mayor participación posible de oferentes, sin limitaciones en las mismas y debe promover la participación en igualdad de condiciones. Por otro lado, SOLICITAMOS a la convocante que solo el certificado ISO 13485 este apostillado al momento de la entrega de la oferta, ya que este documento es de vital importancia para la obtención del registro sanitario de los equipos médicos, por lo que todos los oferentes que cuenten con registro sanitario de los equipos médicos ofertados tendrán dicho certificado apostillado o legalizado. Este no es el caso de las normas de calidad de los equipos como FDA, CE, JIS, TUV o MERCOSUR, ya que no se necesita legalizar o apostillar para la obtención del registro sanitario de los equipos, por lo que este punto no podrá ser cumplido por todos los posibles oferentes, dando una clara ventaja competitiva a la empresa que tuviese conocimiento de esta solicitud de manera anticipada, ya que es poco probable que se le solicite a los fabricantes que apostillen documentos que no son necesarios para la obtención del registro sanitario. Claramente esta solicitud busca limitar la participación y dar una ventaja competitiva a alguna empresa. IMPORTANTE DESTACAR QUE LA LEGALIZACIÓN O EL APOSTILLADO NO GARANTIZA QUE EL DOCUMENTO SEA VERDADERO O DE CONTENIDO REAL, YA QUE SOLO PUEDE GARANTIZAR QUE EL DOCUMENTO ES EXPEDIDO EN EL PAÍS DE ORIGEN, SIN GARANTIZAR QUE EL MISMO SEA DE CONTENIDO VERDADERO. | 04-06-2024 | 04-07-2024 | |
343 | ITEM 23: EETT Ventilador Pulmonar Pediátrico Adulto. | SOLICITAMOS a la convocante que unifique las especificaciones técnicas de los ventiladores pulmonares, ya que actualmente las mismas se repiten cuatro veces: Pag 78 EETT Ventilador Pulmonar Pediátrico Adulto, Pag 158 EETT Ventilador Pulmonar Pediátrico Adulto, Pag 237 EETT Ventilador Pulmonar Pediátrico Adulto, Pag 315 EETT Ventilador Pulmonar Pediátrico Adulto. Esta solicitud se realiza con el fin de evitar contradicciones o errores al momento de la evaluación. | 04-06-2024 | 19-07-2024 | |
344 | ITEM 23: EETT Ventilador Pulmonar Pediátrico Adulto. PUNTO 3.1 Normas de calidad específicas. | DONDE DICE: FDA, CE al menos alguna de ellas. SOLICITAMOS amablemente a la convocante que permitan ofertar equipos con normas MERCOSUR o TUV o JIS, teniendo en cuenta que el Ministerio de Salud y otras instituciones ya cuentan con ventiladores con dichas normas, y las mismas cumplen con todas las necesidades para las Unidades de terapias Intensivas. Además, la inclusión de las normas MERCOSUR o TUV o JIS permitirá ofertar equipos de mayor calidad con mejores costos. Por otro lado, está modificación no afecta el funcionamiento correcto de los ventiladores pulmonares. Solicitamos que el presente punto quede modificado de la siguiente manera: FDA, CE, MERCOSUR, TUV, JIS al menos alguna de ellas. Cabe destacar que las especificaciones técnicas deben ser genéricas y deben permitir la mayor participación posible de oferentes, sin limitaciones en las mismas. | 04-06-2024 | 19-07-2024 | |
345 | ITEM 23: EETT Ventilador Pulmonar Pediátrico Adulto. PUNTO 4.3 Flujo Inspiratorio (L/min). | DONDE DICE: Límite superior 200 o mayor. SOLICITAMOS a la convocante que permita ofertar equipo con flujo hasta 180 l/m, teniendo en cuenta que el flujo es una resultante de las condiciones fisiológicas del paciente y de los parámetros configurados como presión control o volumen tidal, por lo que no es un parámetro que se pueda configurar, además el flujo inspiratorio depende también de modo ventilatorio así como las condiciones de suministro de gases (O2 y aire). Es importante mencionar que inclusive en modo ventilatorio de alto flujo no se utiliza niveles o flujos superiores a 60 lpm, en algunos casos los equipos necesitan realizar algún tipo de prueba o calibración donde podría llegar a utilizarse flujos aproximados de 180 lpm, por lo que solicitar valores de por encima de los 180 lpm tendría la única finalidad de limitar la participación de posibles oferentes. | 04-06-2024 | 19-07-2024 | |
346 | ítem 23 Ventilador pulmonar de alta complejidad. Punto 4.6 | DONDE DICE: Tiempo Inspiratorio (s). Límite inferior 0,3 o menor. Límite superior 12 o mayor. SOLICITAMOS a la Convocante modificar este punto por Tiempo Inspiratorio (s). Límite inferior 0,3 o menor. Límite superior 10 o mayor. De manera a permitir un mayor número de oferentes y no limitar la participación con solicitudes de rango poco prácticas y no aplicables a los tratamientos ventilatorios, es imposible utilizar rangos que superen los 10 seg en el tiempo inspiratorio. El rango solicitado se ajusta a los tipos de pacientes que serán tratados con estos equipos según los tipos de pacientes objetivos (adulto - pediátrico). La modificación solicitada no afectará el funcionamiento correcto, ni la calidad de los tratamientos ofrecidos por los equipos. Cabe destacar que las especificaciones técnicas deben ser genéricas y deben permitir la mayor participación posible de oferentes, sin limitaciones en las mismas. Actualmente el limite superior de 12 seg o más, limita la participación y da un clara ventaja a una marca, ya que será el único que podrá cumplir con el 100% de las especificaciones técnicas solicitadas, | 05-06-2024 | 19-07-2024 | |
347 | En el item 23 de VENTILADOR PULMONAR DE ALTA COMPLEJIDAD, en el punto 4.13 | DONDE DICE: Presión Soporte (PSV) ó Presión Asistida ó ASB (cm H2O). Límite inferior 0. SOLICITAMOS a la convocante que modifique el parámetro de la Presión Soporte (PSV) ó Presión Asistida ó ASB (cm H2O). límite inferior 2 o menor, con la finalidad de dar mas participación, y no limitar la misma, al establecer rangos que no son aplicable, y que técnicamente imposible de configurar o setear. Cabe destacar que la PSV es una modalidad asistida y limitada por presión, en la que el ventilador proporciona soporte constante durante la inspiración, y donde el ventilador no realiza ninguna respiración, y es el paciente el que inicia todas las respiraciones y en cada una de ellas el ventilador ayuda con una presión determinada, el inicio y el fin de la respiración están determinados por el esfuerzo del paciente. Por lo anterior, es imposible que la PSV inferior sea de 0 ya que debe aportar alguna presión, es por eso que solicitamos que el límite inferior sea de 2 cmH2O o menor, de esta manera se logrará la mayor participación oferentes posibles, sin límites o restricciones o desventaja competitiva. Además, el rango de 2 cmH2O de límite inferior se ajusta a los tipos de pacientes que serán tratados con estos equipos según los tipos de pacientes objetivos (adulto - pediátrico). La modificación solicitada no afectará el funcionamiento correcto, ni la calidad de los tratamientos ofrecidos por los equipos. | 05-06-2024 | 19-07-2024 | |
348 | En el item 23 de VENTILADOR PULMONAR DE ALTA COMPLEJIDAD, en el punto 5.8 | DONDE dice HNFC:2 80l/min SOLICITAMOS se aclare el rango, además de incluir los términos de ALTO FLUJO O TERAPIA O2 U OXIGENOTERAPIA, de manera a evitar ambigüedades o subjetividades al momento de la evaluación, ya que los termino citados anteriormente hacen referencia al mismo tratamiento (alto flujo cánula nasal). | 05-06-2024 | 19-07-2024 | |
349 | En el item 23 de VENTILADOR PULMONAR DE ALTA COMPLEJIDAD, en el punto 6.5 | SOLICITAMOS a la convocante que elimine el valor numérico de ya que este punto se encuentra dentro de los PARÁMETROS MONITORIZADOS MOSTRADOS EN PANTALLA, lo que indica que es un valor medido o calculado y mostrado en pantalla por lo que no se justifica limitar en rango el mismo, ya que el objetivo es justamente mostrar el valor del parámetro, este valor visualizado no tiene injerencia en el funcionamiento correcto del ventilador y tampoco no influye en la calidad del tratamiento. Lo IMPORTANTE REALMENTE es que se pueda mostrar el valor numérico sin limitaciones en rango, ya que el objetivo es observar el parámetro. Con el FIN DE EVITAR el direccionamiento de las especificaciones técnicas, solicitamos que se elimine los valores numéricos, además de incluir el término de AutoPEEP o iPEEP, YA QUE AMBOS TÉRMINOS HACEN REFERENCIA AL MISMO PARÁMETRO. | 05-06-2024 | 19-07-2024 | |
350 | En el ítem 23 de VENTILADOR PULMONAR DE ALTA COMPLEJIDAD, en el punto 6.6 , | En donde dice Frecuencia respiratoria total y espontánea, de 0 a 150/min o mejor , pedimos que se cambie por Frecuencia respiratoria total y espontánea, de 0.1 a 150/min , ya que es imposible conseguir una frecuencia respiratoria total igual a cero. | 05-06-2024 | 19-07-2024 |