El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos servicios serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los servicios prestados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:
En caso de registrarse ausencia de personal por motivos ajenos al INCAN, el supervisor comunicará éste hecho en forma inmediata a la empresa, que deberá enviar el remplazo necesario en un plazo no mayor a 2 horas. Si la empresa no enviara personal para remplazo, pasado éste tiempo se dará por no cubierto el servicio y se aplicarán penas pecuniarias establecidas por la Institución.
La empresa deberá realizar el control de la asistencia en forma paralela con la convocante.
La empresa prestadora de servicio mínimamente deberá:
Responsabilizarse de las incidencias que pudiese ocasionar o sufrir el personal a su cargo, durante el desempeño de sus funciones. Ejercer la vigilancia y protección de bienes, muebles e inmuebles. Lo mismo que la protección de las personas que se halle bajo su custodia. Evitar la comisión de hecho punible o infracción en relación con el objeto de su protección. Comunicar y poner de inmediato a disposición de la Policía Nacional a los sospechosos aprehendidos en el interior del local asignado a su protección, como también las evidencias, efectos y pruebas del hecho punible que hayan sido decomisados durante la captura si fuere el caso. Realizar recorridas periódicas y acudir las veces que sean necesarias ante los requerimientos de las diversas dependencias o las Autoridades Institucionales del Instituto Nacional del Cáncer (INCAN) Verificar durante el recorrido que todos los Departamentos y Servicios de la Institución se encuentren con las aberturas cerradas y protegidas contra riesgos o probabilidades de accidentes, hurtos, robos, siniestros o sabotajes. Registrar en un cuaderno o libro habilitado para el efecto todas las novedades, sugerencias, movimientos, recomendaciones y alertas que surjan durante el cumplimiento del servicio, que semanalmente será elevado por el Contratista al Encargado del INCAN, a los efectos de su conocimiento y toma de decisiones al respecto. Registrar en el cuaderno la salida de bienes, previa autorización escrita de autoridad o funcionario competente, y comunicar de ello periódicamente al Encargado del INCAN. El cuaderno o libro será proveído por la Contratista. Informar inmediatamente al Coordinador de Seguridad designado por el INCAN, o a la Dirección Administrativa, de todo hecho anormal que ocurra o se observe durante el servicio de seguridad y vigilancia, a efectos de practicar o tomar las medidas correctivas del caso, o en su defecto tomar las medidas administrativas que en derecho corresponda. Evitar en forma absoluta la introducción de bebidas alcohólicas y así como el ingreso de personas en estado de ebriedad, y desalojar a los mismos de constatarse su presencia dentro de las instalaciones de la Institución. Exigir la identificación de todas aquellas personas que le sean desconocidas o que no cuenten con autorización escrita de autoridad competente No permitir la salida de objetos, instrumentales, materiales, equipos, alimentos y todo objeto o bien, de las instalaciones de la Institución sin autorización escrita de las autoridades o funcionarios competentes. Podrá interrogar y detener en su caso a toda persona sospechosa o que se encuentre en el interior de la Institución, debiendo comunicar estos actos inmediatamente al encargado de la dependencia afectada y consecuentemente a la oficina de guardia de la Policía Nacional más cercana, en caso necesario Los empleados al servicio de la empresa ganadora deberán contar con seguro de medico (IPS) y estar contratados según normativas laborales vigentes. La Institución se reserva el derecho de solicitar las constancias respectivas cuando sea necesarios. Todos los empleados de la Contratista deberá observar un alto nivel de respeto y responsabilidad, en las áreas a ser realizadas, asi como para con los directivos, funcionarios, pacientes, familiares de pacientes y proveedores de la contratante. Observación: Esta descripción de trabajos en ningún caso son limitativas sino indicativas, y podrá variar según las características y condiciones de los distintos puestos de guardias, aun así y en todos los casos, el personal de vigilancia recibirá indicaciones por parte de los Responsables del Instituto Nacional del Cáncer, con respecto al tipo de trabajo a ser cumplido. El INCAN se reserva el derecho, en la etapa de evaluación de las ofertas, de verificar in situ, los datos proporcionados por los Oferentes, en cuanto a los equipamientos que posee y la estructura edilicia. REGISTRO DE ASISTENCIA: en todos los casos el personal de seguridad deberá registrar indefectiblemente su entrada y salida en la Institución a través del sistema de marcación electrónica para lo cual la empresa adjudicada deberá proveer dos (2) relojes de marcación.
Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:
No. De Ítem |
Nombre de los Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
Presentación |
Unidad de Medida |
Cantidad solicitada |
1 |
Servicio de Seguridad y Vigilancia |
Servicio de Vigilancia y Seguridad, instruido y adiestrado en el área de seguridad, custodia y vigilancia. La empresa contratista deberá proveer de silbatos, picana eléctrica, gas pimienta, linterna portátil, cachiporra y aparato de comunicación (radio). La empresa contratada dispondrá de un sistema de comunicación a través de una red de radios de comunicaciones, que debe operar las 24 horas del día, entre el lugar de prestación de servicios y la Base de Operaciones de la Dependencia Contratante deberán estar debidamente autorizado por el Ministerio del Interior y la Comandancia de la Policía Nacional. Para la cotización se deberá tener en cuenta los siguientes servicios de vigilancia: cantidad de personal: Turno Diurno: Se requiere de 13 (trece) en los sectores del servicio. Horario: Lunes a Domingos incluye feriados, de 06:00 hs. a 18:00 hs, para el Instituto Nacional del Cáncer, correspondiente al período mensual. |
Evento |
Mes |
24 |
2 |
Servicio de Seguridad y Vigilancia
|
Servicio de Vigilancia y Seguridad, instruido y adiestrado en el área de seguridad, custodia y vigilancia. La empresa contratista deberá proveer de silbatos, picana eléctrica, gas pimienta, linterna portátil, cachiporra y aparato de comunicación (radio). La empresa contratada dispondrá de un sistema de comunicación a través de una red de radios de comunicaciones, que debe operar las 24 horas del día, entre el lugar de prestación de servicios y la Base de Operaciones de la Dependencia Contratante deberán estar debidamente autorizado por el Ministerio del Interior y la Comandancia de la Policía Nacional. Para la cotización se deberá tener en cuenta los siguientes servicios de vigilancia: cantidad de personal: Turno Nocturno: Se requiere de 7 (siete) en los sectores del servicio. Horario: Lunes a Domingos incluye feriados, de 18:00 hs. a 06:00 hs, para el Instituto Nacional del Cáncer, correspondiente al período mensual. |
Evento |
Mes |
24 |
Condiciones de prestación del servicio
1. Los vigilantes no podrán abandonar sus puestos en ningún caso sin que previamente se haya realizado el relevo físico de turno. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.
2. El personal de vigilancia deberá cumplir los horarios establecidos en estas especificaciones técnicas, que será controlada estrictamente por la contratante.
3. La empresa NO REALIZARA ROTACIONES CONSTANTE DEL PERSONA, para no afectar el servicio. Si por alguna razón de fuerza mayor exista la necesidad de realizar cambios o reemplazos, la empresa adjudicada deberá comunicar del mismo al responsable de la Unidad al cual está prestando servicio el personal de seguridad, siempre y cuando no sea solicitado por la Unidad por razones de mejor servicio o fuerza mayor
4. A solicitud de la contratante, el proveedor deberá proceder al remplazo o cambio de puesto del o los agentes designados, dentro de las 24 horas de recibida notificación por escrito de la solicitud.
5. El o los agentes que sean puestos en sustitución deberán ser seleccionados de alguno de los indicados como suplente en el formulario de Nómina de Trabajadores que realizarán los servicios contratados. Los agentes separados de las funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la institución.
4. Expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución.
5. Los personales del servicio tercerizado de vigilancia, se abocara al cumplimiento de las normas de seguridad y control, establecidas y verificadas por la Unidad, respetando los principios de higiene, ambiental de no fumar, no ingerir alimentos en el área de trabajo, ni bebidas alcohólicas, así como mantener el decoro, respeto y buenas costumbres en todo momento.
6. Se exige que los agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia.
Las funciones de guardia de seguridad sólo podrán ser desempeñadas por las personas físicas empleadas por las empresas de seguridad debidamente autorizadas y habilitadas al efecto por la autoridad competente.
Los guardias de seguridad, deben contar con el carné vigente expedido por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, y estar registrados en la nómina del personal remitido a la División a nombre de la empresa adjudicada.
Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:
1. Carné Identificatorio: el personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el carné identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.
2. La empresa oferente deberá proveer de uniformes, silbatos, picana eléctrica, gas pimienta, linterna portátil, cachiporra y aparato de comunicación (radio)
3. Uniforme: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme, y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional, proveídos por la empresa.
La empresa prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, éste costo debe ser absorbido por la empresa.
4. La empresa contratada dispondrá de un sistema de comunicación a través de una red de radios comunicaciones, que deben operar las 24 horas del día, entre el lugar de prestación del servicio y la Base de Operaciones de la Dependencia Contratante.
El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:
El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:
*Turno Diurno: Se requiere de 13 (trece) vigilantes en los sectores del servicio. Horario: Lunes a Domingos incluye feriados, de 06:00 hs. a 18:00 hs, para el Instituto Nacional del Cáncer, correspondiente al período mensual.
*Turno Nocturno: Se requiere de 7 (siete) vigilantes en los sectores del servicio. Horario: Lunes a Domingos incluye feriados, de 18:00 hs. a 06:00 hs, para el Instituto Nacional del Cáncer, correspondiente al período mensual.
Duración del Servicio de Vigilancia y Seguridad: durante 24 meses.
Tiempo |
Cantidad de personal |
Función a desempeñar |
Días |
Horario |
Lugar |
Silbatos, picana eléctrica, gas pimienta, linterna portátil, cachiporra |
Radio |
|
Desde |
Hasta |
|||||||
12 horas |
13 |
Vigilancia y Seguridad |
Lunes a Domingos, incluye feriados |
06:00 hs |
18:00 hs |
INCAN |
SI |
SI |
12 horas |
07 |
Vigilancia y Seguridad |
Lunes a Domingos, incluye feriado |
18:00 hs |
06:00 hs |
INCAN |
SI |
SI |
Para la contratación del servicio de transporte de valores, la tripulación no podrá ser inferior a tres tripulantes.
Los vehículos utilizados para el servicio de transporte de valores deberán estar habilitados por el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional verificados y certificados cada año. Para lo cual deberán presentar copia del acta de fiscalización vigente de cada uno de los vehículos.
“Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Convocante: Instituto Nacional del Cancer UOC N 3. Dependencia del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Dirección: Ruta 2 K 23.5, Ramal Aregua, Capiata, Paraguay.
Email: uocincan@gmail.com
Responsable del Llamado: Josue Dominguez, Director Administrativo del Instituto de Nacional del Cancer
El Llamado para el Servicio de Seguridad y Vigilancia se requiere para resguardar el recinto del Hospital Instituto del Instituto Nacional del Cancer a fin de evitar robos o hurtos de los bienes patrimoniales de la Entidad, y servir de guías a los usuarios.
La planificación del llamado es periódica debido a la necesidad de abastecer de personal de vigilancia a la Institución para resguardar los distintos servicios. Considerando que es un Hospital de Alcance Nacional en la que concurren gran cantidad de usuarios y pacientes.
Las especificaciones técnicas están elaboradas de acuerdo a las necesidades de la institución.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe Técnico/ Acta de recepción de servicios |
Informe Técnico/ Acta de recepción de servicios |
Durante 24 meses, entregas de servicios en períodos mensuales. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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