En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, Idioma de la oferta, se solicita:
La oferta deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañado de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay.
La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción:
No Aplica.
Al respecto, se solicita a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que el inglés es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro.
Resulta que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues se estaría dando lugar a la participación de un mayor número de oferentes, permitiendo a la Convocante acceder a una variedad de ofertas, lo cual contribuiría a los fines del presente llamado.
Al respecto, debemos indicar lo que menciona el Decreto Reglamentario N° 9823/23 en su art. 39°, inc. p) en cuanto a la presentación de anexos técnicos o catálogos en el idioma del país de origen de los bienes y servicios: indicación de las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes y servicios .
Que, es pertinente y necesario, en los términos del artículo citado del decreto reglamentario, aplicar una modificación al pliego para permitir la presentación de catálogos y documentos técnicos anexos en idioma inglés, que son de común aceptación y uso en estos procesos de adquisición de bienes tecnológicos, cuyos expertos o técnicos conocen el inglés como el idioma universal en este tipo de ámbitos, por lo cual es natural presentar estos anexos en inglés. Resultará en una determinación más razonable dejar abierta la posibilidad de presentar estas documentaciones en dicho idioma, sin tener que recurrir a traducciones que pudieran encarecer de sobremanera la presentación de propuestas para los potenciales oferentes y así no desalentar su participación.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, Idioma de la oferta, se solicita:
La oferta deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañado de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay.
La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción:
No Aplica.
Al respecto, se solicita a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que el inglés es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro.
Resulta que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues se estaría dando lugar a la participación de un mayor número de oferentes, permitiendo a la Convocante acceder a una variedad de ofertas, lo cual contribuiría a los fines del presente llamado.
Al respecto, debemos indicar lo que menciona el Decreto Reglamentario N° 9823/23 en su art. 39°, inc. p) en cuanto a la presentación de anexos técnicos o catálogos en el idioma del país de origen de los bienes y servicios: indicación de las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes y servicios .
Que, es pertinente y necesario, en los términos del artículo citado del decreto reglamentario, aplicar una modificación al pliego para permitir la presentación de catálogos y documentos técnicos anexos en idioma inglés, que son de común aceptación y uso en estos procesos de adquisición de bienes tecnológicos, cuyos expertos o técnicos conocen el inglés como el idioma universal en este tipo de ámbitos, por lo cual es natural presentar estos anexos en inglés. Resultará en una determinación más razonable dejar abierta la posibilidad de presentar estas documentaciones en dicho idioma, sin tener que recurrir a traducciones que pudieran encarecer de sobremanera la presentación de propuestas para los potenciales oferentes y así no desalentar su participación.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
REMITIRSE AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES. LA MAYORIA DE LAS MARCAS RECONOCIDAS PORPORCIONAN DOCUMENTACIONES EN VARIOS IDIOMAS, INCLUYENDO EL ESPAÑOL, ADEMAS DEL INGLES.
2
/* Plazo de Entrega
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Plan de entrega de los bienes, se solicita:
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
60 días posteriores a la firma del contrato.
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega a un mínimo de 90 (noventa) días corridos contados a partir de la recepción de las órdenes de compra la cual será emitida posterior a la emisión del código de contratación y según necesidad del servicio a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales, principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes.
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a una o limitadas empresas con existencia en su inventario actual de estos bienes pero tengan precios tal vez muy superiores a los que se puedan ofrecer en una sana, amplia e imparcial competencia, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, y el uso adecuado de los recursos del estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Plan de entrega de los bienes, se solicita:
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
60 días posteriores a la firma del contrato.
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega a un mínimo de 90 (noventa) días corridos contados a partir de la recepción de las órdenes de compra la cual será emitida posterior a la emisión del código de contratación y según necesidad del servicio a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales, principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes.
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a una o limitadas empresas con existencia en su inventario actual de estos bienes pero tengan precios tal vez muy superiores a los que se puedan ofrecer en una sana, amplia e imparcial competencia, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, y el uso adecuado de los recursos del estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, apartado Visita al sitio de ejecución del contrato, se menciona:
La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones:
No Aplica.
Al respecto, se solicita a la Convocante conceder antes de la fecha límite de consultas una visita técnica al sitio donde se estarán instalando los equipos, además teniendo en cuenta lo solicitado por el PBC, en su apartado Instalación y configuración del punto 17, en la sección Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, del ítem 3 se menciona: La instalación y configuración de los terminales deberá estar incluido en la oferta. Así como el cableado de Red en caso de ser necesario.
Este pedido se solicita a fin de poder recabar todos los datos posibles, y cotizar de manera adecuada a las necesidades del llamado. Esto permitirá además evaluar todas las variables que podrían influir para un óptimo desempeño y así garantizar el mejor funcionamiento de los equipos, evitando desperfectos de modo a que las necesidades de este proceso se satisfagan con la eficiencia, calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes , en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, apartado Visita al sitio de ejecución del contrato, se menciona:
La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones:
No Aplica.
Al respecto, se solicita a la Convocante conceder antes de la fecha límite de consultas una visita técnica al sitio donde se estarán instalando los equipos, además teniendo en cuenta lo solicitado por el PBC, en su apartado Instalación y configuración del punto 17, en la sección Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, del ítem 3 se menciona: La instalación y configuración de los terminales deberá estar incluido en la oferta. Así como el cableado de Red en caso de ser necesario.
Este pedido se solicita a fin de poder recabar todos los datos posibles, y cotizar de manera adecuada a las necesidades del llamado. Esto permitirá además evaluar todas las variables que podrían influir para un óptimo desempeño y así garantizar el mejor funcionamiento de los equipos, evitando desperfectos de modo a que las necesidades de este proceso se satisfagan con la eficiencia, calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes , en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Planos y diseños, se menciona:
No Aplica.
Al respecto, se solicita a la convocante que sean remitidos los planos de los sitios donde serán instalados los equipos solicitados para así poder dimensionar de manera completa los materiales a emplear y evitar ambigüedades a la hora de la ejecución del proyecto.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante. En concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual dispone lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Planos y diseños, se menciona:
No Aplica.
Al respecto, se solicita a la convocante que sean remitidos los planos de los sitios donde serán instalados los equipos solicitados para así poder dimensionar de manera completa los materiales a emplear y evitar ambigüedades a la hora de la ejecución del proyecto.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante. En concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual dispone lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se menciona:
Central telefónica PBX IP, Composición. Autorización: El oferente deberá presentar Carta de Autorización de Fabricante para presentar oferta a la licitación de referencia.
Al respecto, solicitamos a la Convocante considerar que la autorización sea del fabricante y/o del representante y/o del distribuidor, ya que con estas modificaciones no comprometen las garantías y las prestaciones de los equipos citados y además se permitirá una mayor concurrencia de potenciales oferentes quienes tendrán la oportunidad de presentar ofertas variadas y competitivas en virtud de la amplitud del llamado.
Consideramos que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues al permitir una mayor afluencia de ofertantes, también se abre la puerta a la convocante para acceder a una variedad más rica en ofertas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes , en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se menciona:
Central telefónica PBX IP, Composición. Autorización: El oferente deberá presentar Carta de Autorización de Fabricante para presentar oferta a la licitación de referencia.
Al respecto, solicitamos a la Convocante considerar que la autorización sea del fabricante y/o del representante y/o del distribuidor, ya que con estas modificaciones no comprometen las garantías y las prestaciones de los equipos citados y además se permitirá una mayor concurrencia de potenciales oferentes quienes tendrán la oportunidad de presentar ofertas variadas y competitivas en virtud de la amplitud del llamado.
Consideramos que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues al permitir una mayor afluencia de ofertantes, también se abre la puerta a la convocante para acceder a una variedad más rica en ofertas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes , en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
LA AUTORIZACION DEL FABRICANTE SE MANTIENE PARA GARANTIZAR LA CALIDAD Y AUTENTICIDAD DE LOS PRODUCTOS OFERTADOS. REMITIRSE AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.
6
/* Cantidad de equipos. Ítem 3.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se menciona:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS TELEFONO IP FIJO, Nombre del Bien o Servicio Conexo. Cantidad: 94 (Noventa y Cuatro).
Al respecto, se solicita a la Convocante definir qué cantidad de equipos se estarían requiriendo para el ítem 3, esto debido a que en la sección de Convocatoria: Ítems Solicitados, Nro. de ítem 3, se está solicitando 50 (cincuenta) unidades. La solicitud de aclaración es cursada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante, y al mismo tiempo evitar ambigüedades dentro del proceso de evaluación de las ofertas que distorsionen las condiciones de competitividad entre los oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se menciona:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS TELEFONO IP FIJO, Nombre del Bien o Servicio Conexo. Cantidad: 94 (Noventa y Cuatro).
Al respecto, se solicita a la Convocante definir qué cantidad de equipos se estarían requiriendo para el ítem 3, esto debido a que en la sección de Convocatoria: Ítems Solicitados, Nro. de ítem 3, se está solicitando 50 (cincuenta) unidades. La solicitud de aclaración es cursada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante, y al mismo tiempo evitar ambigüedades dentro del proceso de evaluación de las ofertas que distorsionen las condiciones de competitividad entre los oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se menciona:
Teléfono Hibrido Digital-IP Tipo 2, Compatibilidad: Los terminales ofertados deberán ser
100% compatibles con la Plataforma de Comunicaciones existente.
Al respecto, solicitamos a la Convocante aclarar cuál es la plataforma de comunicación existente actualmente en vuestras instalaciones a fin de poder disponer de todos los datos que inciden en la preparación y definición de la oferta técnica, y cotizar de manera adecuada conforme a las necesidades que deben ser cubiertas mediante este llamado. Esto permitirá además evaluar todas las variables que podrían influir para un óptimo desempeño y así garantizar el mejor funcionamiento de los equipos, evitando desperfectos de modo a que las necesidades de este proceso se satisfagan con la eficiencia, calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes , en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se menciona:
Teléfono Hibrido Digital-IP Tipo 2, Compatibilidad: Los terminales ofertados deberán ser
100% compatibles con la Plataforma de Comunicaciones existente.
Al respecto, solicitamos a la Convocante aclarar cuál es la plataforma de comunicación existente actualmente en vuestras instalaciones a fin de poder disponer de todos los datos que inciden en la preparación y definición de la oferta técnica, y cotizar de manera adecuada conforme a las necesidades que deben ser cubiertas mediante este llamado. Esto permitirá además evaluar todas las variables que podrían influir para un óptimo desempeño y así garantizar el mejor funcionamiento de los equipos, evitando desperfectos de modo a que las necesidades de este proceso se satisfagan con la eficiencia, calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes , en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, apartado Visita al sitio de ejecución del contrato, se menciona:
La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones:
No Aplica.
Al respecto, se solicita a la Convocante conceder una visita técnica al sitio donde se estarán instalando y pondrán en servicio los equipos antes de la fecha límite de consultas, además teniendo en cuenta lo solicitado por el PBC, en su apartado Instalación, en la sección Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, del ítem 6 se menciona: El oferente deberá entregar, instalar y configurar el equipo de acuerdo a las indicaciones y a lo definido en las reuniones previas con el personal de la institución.
Este pedido se solicita a fin de poder recabar todos los datos posibles, y cotizar de manera adecuada a las necesidades del llamado. Esto permitirá además evaluar todas las variables que podrían influir para un óptimo desempeño y así garantizar el mejor funcionamiento de los equipos, evitando desperfectos de modo a que las necesidades de este proceso se satisfagan con la eficiencia, calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de DATOS DE LA LICITACIÓN, apartado Visita al sitio de ejecución del contrato, se menciona:
La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones:
No Aplica.
Al respecto, se solicita a la Convocante conceder una visita técnica al sitio donde se estarán instalando y pondrán en servicio los equipos antes de la fecha límite de consultas, además teniendo en cuenta lo solicitado por el PBC, en su apartado Instalación, en la sección Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, del ítem 6 se menciona: El oferente deberá entregar, instalar y configurar el equipo de acuerdo a las indicaciones y a lo definido en las reuniones previas con el personal de la institución.
Este pedido se solicita a fin de poder recabar todos los datos posibles, y cotizar de manera adecuada a las necesidades del llamado. Esto permitirá además evaluar todas las variables que podrían influir para un óptimo desempeño y así garantizar el mejor funcionamiento de los equipos, evitando desperfectos de modo a que las necesidades de este proceso se satisfagan con la eficiencia, calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se menciona:
Switch Tipo 2, Nombre del Bien o Servicio Conexo. Descripción: Switch 24 puertos POE administrable).
Al respecto, se solicita a la Convocante definir qué cantidad de puertos deberán tener los switches que se están requiriendo para el ítem 7, esto debido a que en la sección de Convocatoria: Ítems Solicitados, Nro. de ítem 7, se están solicitando switches de 96 puertos. Lo solicitado es cursado a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante, y al mismo tiempo evitar ambigüedades dentro del proceso de evaluación de las ofertas que distorsionen las condiciones de competitividad entre los oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se menciona:
Switch Tipo 2, Nombre del Bien o Servicio Conexo. Descripción: Switch 24 puertos POE administrable).
Al respecto, se solicita a la Convocante definir qué cantidad de puertos deberán tener los switches que se están requiriendo para el ítem 7, esto debido a que en la sección de Convocatoria: Ítems Solicitados, Nro. de ítem 7, se están solicitando switches de 96 puertos. Lo solicitado es cursado a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante, y al mismo tiempo evitar ambigüedades dentro del proceso de evaluación de las ofertas que distorsionen las condiciones de competitividad entre los oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.