El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
La presente contratación se enmarca en lo que establece el Ley N° 7050/2023 del PGN 2023 y su decreto reglamentario N° 8759/23 Capitulo 16-Artículo 444: Servicios de Comunicaciones, inc. 16) expresa: ...//...Se autoriza a la Secretaría Nacional de Turismo, a realizar contrataciones de servicios de telefonía celular corporativos destinados al uso de comunicaciones o transmisiones de datos e información relativa a las actividades de dicha dependencia fuera de la sede institucional y asignados para el uso exclusivo de Entidad...//...
Servicio requerido: 2 (dos) líneas telefónicas con provisión de los respectivos teléfonos celulares, en la modalidad de comodato.
Servicio de telefonía corporativa con 2 líneas telefónicas y provisión de equipos.
DETALLE DE LOS SERVICIOS: Comunicación ilimitada entre los miembros del servicio corporativo.
CARACTERISTICAS MINIMAS DEL EQUIPO: Para cada línea habilitada será incluido un equipo Smartphone con las siguientes características técnicas mínimas:
Vision, 1000 nits (typ), 2000 nits (HBM)
Contacto directo con la empresa: Designación de como mínimo una persona que sirva de contacto o enlace directo con la empresa para todos los efectos del contrato, el cual, debe proveer su correo electrónico y número telefónico.
Licencias requeridas: Todas las licencias, derechos de utilización y/o cualquier otra aplicación, software o componente de la naturaleza que sean requeridos para la utilización normal diaria deberán estar incluidos en el precio unitario cotizado.
Se deberá incluir el servicio técnico de asistencia para la instalación, adiestramiento, reseteo y cualquier otra acción necesaria para el perfecto funcionamiento del servicio contratado, cuyo costo deberá estar incluido en el precio unitario cotizado.
La empresa adjudicada será la única responsable por el buen funcionamiento de todos los servicios conexos necesarios para la utilización de la telefonía celular contratada. La SENATUR no contratará ni se hará cargo de ninguna otra relación de servicio de mantenimiento y/o reparación, ajustes, etc. Las actualizaciones de software operativo y/o aplicaciones básicas y/o de administración que sean necesarias para el uso normal de los celulares se realizarán sin costo adicional para la SENATUR.
El proveedor deberá disponer de acuerdos de roaming con empresas en los países a los cuales asistirán que sean compatibles con los equipos provistos en este llamado.
La empresa adjudicada deberá prever un mecanismo de solución inmediata de cualquier tipo de falla o mal funcionamiento en el servicio y preverá una comunicación fluida para los reclamos de la SENATUR al más alto nivel ejecutivo para una atención eficiente, con la indicación de las personas responsables para tal atención.
En caso de fallas o deficiencias en la atención de reclamos por parte de la adjudicada, de manera reiterativa y en más de 3 (tres) ocasiones, la contratante comunicará dicha situación a fin de aplicar las penalidades correspondientes, reservándose el derecho de la rescisión del contrato.
La operadora debe cumplir con los requerimientos de portabilidad numérica de las actuales líneas telefónicas utilizadas por los usuarios que serán beneficiados con el servicio.
Garantía de los servicios: 1 año para los equipos de comunicación.
Seguro: con cobertura de hasta 70% en el primer siniestro, 50% en el segundo y 30% en el tercero. En caso de contar con fallos de fábrica el proveedor deberá reconocer el 100% del costo de reposición.
Cobertura mínima exigida 2G o 3.5G:
ALTO PARAGUAY: BAHIA NEGRA, PUERTO CASADO
ALTO PARANÁ: DOMINGO MARTINEZ DE IRALA, TAVAPY
AMAMBAY: KARAPAI
CAAGUAZU: 3 de Febrero, Cecilio Báez, NUEVA TOLEDO, Tembiapora
CAAZAPA: 3 DE MAYO, MOISES BERTONI, TAVAI
CANINDEYU: G.F. DE FRANCISCO CABALLERO ÁLVAREZ, ITANARA, MARACANA, YBY PYTA, YBYRAROVANA
CONCEPCION: JOSE FELIX LOPEZ, PASO BARRETO, SAN ALFREDO, SAN LAZARO, YBY YAU
GUAIRÁ: BORJA, BOTRELL
ITAPUA: Alto Vera, CAMBYRETA, CAPITAN MEZA, CARLOS A. LOPEZ, CARMEN DEL PARANA, ltapua Poty, Jesus, Leandro Oviedo, Mayor Otaño, Nueva Alborada, PIRAPO, Tomas R. Pereira, Trinidad
MISIONES: San Miguel, San Patricio
ÑEEMBUCÚ: GUAZU CUA, LAURELES
SAN PEDRO: SAN PEDRO DEL YCUAMANDYJU, SAN VICENTE PANCHOLO
Entrega y funcionamiento: Una vez recibida la Orden de Servicio la empresa deberá proveer los equipos a la Dirección de Gabinete Ejecutivo, Protocolo y Relaciones Públicas de la SENATUR.
Condiciones especiales: La Secretaría Nacional de Turismo dentro de la modalidad de Contrato Directa y sujeto a disponibilidad podrá utilizar el presupuesto estipulado para el llamado a modo de cubrir montos adicionales en los siguientes casos:
OBSERVACIONES:
1. El oferente deberá presentar tres (3) opciones de modelos, de marcas diferentes de teléfonos celulares que serán elegidos por la Convocante, los equipos tienen que ser de alta gama (con las características mínimas citadas mas arriba) y el último modelo en plaza de las marcas ofrecidas.
2. Ninguna de las líneas adjudicadas deberá recibir, promociones, publicaciones, anuncios o informaciones que no sean solicitadas por los usuarios.
3. La Convocante evaluará la oferta conforme a los servicios básicos incluido en el formulario de ofertas.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No Aplica.
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Servicio de Telefonía Móvil |
24 |
meses |
Secretaría Nacional de Turismo, 1er Piso - Dirección de Gabinete Ejecutivo, Protocolo y Relaciones Públicas |
El oferente no deberá exceder de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la remisión de la orden de servicio |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Informe trimestral |
Informe trimestral |
Cada 3 meses |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
|
|
|
|
|
|
|
2. Documentos. Consorcios |
|
|
|
|