Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Capacidad Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) - NO APLICA - |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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4. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente-Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2020-2021 - 2022)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total-No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los [3] últimos años (2020-2021 - 2022)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital - El promedio en los en los 3 últimos años (2020-2021 - 2022), no deberá ser negativo.
Las empresas consorciadas deberán cumplir requisitos de carácter legal y la capacidad financiera, en un 100 %, como ser obligaciones tributarias, laborales, de seguridad social y las específicas para el cumplimiento de los bienes licitados.
1. Balance General (2020-2021 - 2022) |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Presentar documentación que demuestre 3 (tres) años de experiencia (2020-2021- 2022) al menos uno por cada año, como ser copia de contratos y/o facturaciones de servicios de mantenimiento y reparación de equipos acondicionadores de aire
2. Presentar al menos tres constancias de buen cumplimiento contractual o recepciones definitivas emitidas por una entidad pública y/o privadas de servicio de los años 2020-2021-2022, correspondientes a servicio de mantenimiento y/o reparación de acondicionadores de aire
3. Demostrar la experiencia en mantenimiento y reparación de equipos acondicionadores de aire con contratos, facturaciones de venta y/o recepciones finales (emitidas por una entidad publica y/o privada) por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo de la presente licitación, de los últimos tres años. [2020, 2021-2022]. Como mínimo, al menos tres contratos, facturas o recepciones finales .
4. En el caso de que el oferente haya sido proveedor de esta Convocante en los últimos tres años. [2020, 2021-2022], deberá presentar Constancia de cumplimiento contractual emitida por la Dirección Administrativa
OBSERVACIÓN: El porcentaje requerido se establece sobre el monto máximo del llamado, por tratarse de un contrato abierto, es decir, la sumatoria de los contratos deberá representar como mínimo el 50% del monto máximo del presente llamado.
CONSORCIO. En caso de consorcio, el líder deberá cumplir al menos el 60% de los requisitos mencionados, pudiendo los demás miembros del consorcio conjuntamente el porcentaje restante.
1. Copias de contratos, facturaciones de servicio y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida (mínimo tres, de los años (-2020-2021-2022). |
2. Constancias de buen cumplimiento de contrato (mínimo tres constancias) |
3. Copias de contratos, facturaciones de servicio y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto máximo de la presente licitación |
4. Constancia de cumplimiento contractual emitida por la Dirección Administrativa de esta Convocante (en caso de corresponder) |
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
- La empresa a contratar deberá contar con una infraestructura mínima en transporte, comunicación, patrimonio y recursos humanos, comprobables mediante declaración jurada, necesarios para el cumplimiento satisfactorio del servicio. El servicio deberá realizarse in situ, salvo excepciones, cuando los equipos no pudieran ser reparados y necesariamente deberán ser trasladados al taller de la empresa.
- El oferente deberá demostrar que posee por lo menos 1(un) vehículo de su propiedad de 4 (cuatro) ruedas tipo Camioneta para uso en los servicios solicitados, para lo cual se exigirá la fotocopia autenticada por escribano público de la cédula del automotor (cédula verde) del Registro Único de Automotores (RUA), a nombre del oferente. En caso de no contar con este requisito se considerará al oferente sin estructura necesaria mínima para llevar adelante los trabajos objetos de la presente licitación. Obs: No se aceptará cédula cuyo titular no sea el oferente.
- El vehículo para el traslado de los equipos debe contar con seguro al día, y el mismo debe incluir daños contra terceros y contra carga de los equipos a ser retirados para sus mantenimientos y reparaciones respectivas.
- Presentar plano aprobado por el Municipio cuya infraestructura debe ser adecuada para la guarda de equipos que se encuentren en el lugar.
- Deberá contar con seguro contra siniestros y todo riesgo, sistema de circuito cerrado, sistema de prevención contra incendio (detallar con la oferta copia de plano dimensiones y características del lugar). La convocante se reserva el derecho de realizar inspección in situ de los talleres.
- El oferente deberá presentar el croquis del taller.
- Licencia Comercial para operar en el ramo solicitado (o en su defecto patente comercial si el municipio no lo expide)
- Deberá contar con equipos básicos necesarios para el correcto desarrollo de los trabajos cuyo listado a continuación se detalla:
La Convocante, durante el periodo de evaluación, podrá realizar una visita in situ al local de la empresa oferente para corroborar que la misma cumpla con los requerimientos indicados precedentemente.
Consorcio: en cuanto a los requisitos de carácter técnico el oferente deberá indicar cuál es la empresa líder quien deberá cumplir mínimamente con 60% de los requerimientos mínimos para oferentes individuales indicados en el PBC y la otra empresa con el 40% restante, en caso de que sean 3 o más empresas, se mantiene el cumplimiento de la Empresa Líder, debiendo cumplir las demás empresas con la distribución equitativa del porcentaje restante.
1. Poseer certificados de técnicos en refrigeración avalados por el Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP) o Instituto Superior reconocido por el MEC |
2. Fotocopia autenticada por escribano público de cédula del automotor (cédula verde) del Registro Único de Automotores (RUA), de por lo menos un vehículo a nombre del oferente. Obs: No se aceptará cédula cuyo titular no sea el oferente. |
3. Declaración jurada de contar con la infraestructura requerida. (ver en sección Formularios) |
4 Croquis de la empresa |
5. Póliza de seguro contra siniestros y todo riesgo de la empresa. |
6. Copia de plano de dimensiones y características del taller, aprobado por el Municipio. |
7. Póliza de Seguro al día de por lo menos un vehículo para el traslado de los equipos, los cuales deben incluir daños contra terceros y contra carga de los equipos a ser retirados para sus mantenimientos y reparaciones respectivas. |
8. Licencia Comercial para operar en el ramo solicitado (o en su defecto patente comercial si el municipio no lo expide) |
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.