El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
AGUA MINERAL EN BIDONES DE 20 LITROS.
Composición Química:
Deberá contener como mínimo la siguiente composición: mg/l, Residuo seco soluble (180° C) 87, Ácido (en CACO3) 8.5, Cloruro (en 01) 4, Nitrato (en N03) 19, Zin (en Zn) 0.03, Grado de mineralización oligomineral envasado en bidones de plástico.
Vencimiento: con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de entrega.
Unidad solicitante del llamado: Sonia Domínguez, Directora General, Instituto Nacional de Evaluación Educativa.
Justificar la planificación: se trata de un llamado periódico, ya que el servicio se considera necesario para el abastecimiento vital de los integrantes del Programa.
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada y las especificaciones técnicas establecidas:
La Coordinación de Proyecto, como órgano de apoyo del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), tiene como objetivo permitir una mayor eficiencia y eficacia en el uso de los recursos y en consecuencia una mejora en la ejecución de los Programas y Proyectos, busca la manera de garantizar el cumplimiento de los fines educativos establecidos en la política educativa nacional.
Dentro de los fines misionales de esta Programa, los recursos que conforman el proyecto "EVALUACIONES ESTANDARIZADAS DE DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES EN ÁREAS CURRICULARES A NIVEL PAÍS Y PROCESO PARTICIPATIVO PARA EL DISEÑO DEL INSTITUTO DE EVALUACIÓN EDUCATIVA DEL PARAGUAY (INEEP),financiados por el FEEI" corresponden a los gastos operativos disponibles del programa que cuenta con asignación para la asistencia financiera, con el fin de mejorar la ejecución del programa del MEC financiados por el FEEI, considerando que se podrá concentrar recursos operativos de diferentes programas y proyectos a su cargo y con ello poder administrar y coordinar los mismos de una forma más oportuna y eficiente con las distintas instancias misionales del MEC a todo el territorio nacional de la República.
En la actualidad, el Programa se encuentra administrando 1 (un) Programa y el plazo de duración se diferencian según la ejecución, naturaleza, necesidad y finalidad de estos.
Para el efecto, se busca asegurar la contratación de la provisión de bidones de agua mineral, para el personal que se desempeña en la Dirección de Evaluación de Logros Académicos y Curriculares, para el Ejercicio Fiscal 2023. Que, para el desarrollo de las actividades de la DELAC, existe una necesidad real de brindar las condiciones básicas de consumo de agua mineral de calidad conforme al pedido de la Coordinación del Programa.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
A partir de la firma del contrato. Los productos se solicitarán mediante órdenes de compras emitidas por la Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos (UEPP).
Los plazos establecidos para la entrega de los bienes serán de 2 (dos) días hábiles, contados a partir de la recepción de la orden de compra por parte del proveedor, de lunes a viernes, en el horario comprendido entre las 08:00 y 14:00 hs.
La firma que resultare adjudicada en el presente procedimiento de contratación, deberá realizar los servicios de entrega de acuerdo a la remisión de las órdenes de compra, entrega en forma personal en el local de la firma adjudicada y/o retiro de la orden de compra en forma personal de la Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos (UEPP).
Lugar de entrega de los bienes
La firma que resultare adjudicada deberá hacer entrega de los bidones de agua mineral en las oficinas ubicadas en:
- Oficina de la DELAC, sito en Yegros N° 930 c/ Manuel Dominguez y Tte. Fariña.
- Edificio del Centro de operaciones, sito en Gral. Aquino y Teodoro S. Mongelós
Será emitida un acta de entrega y conformidad dentro de los 02 días hábiles a partir de la entrega.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Emisión y Firma de Acta de Recepción |
Acta de recepción |
Vigente a la duración del presente contrato. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
|
|
|
|
|
|
|
2. Documentos. Consorcios |
|
|
|
|