El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
El servicio solicitado obedece a la necesidad de proporcionar a la Dirección de Asuntos Jurídicos de una base de datos online permanente y actualizada de Legislación, Doctrina y Jurisprudencia de diversas ramas jurídicas, a fin de dotar a la misma de herramientas de consulta necesarias para el cumplimiento de sus funciones de asesorar en todos los asuntos legales y jurídicos del Ministerio y organismos jurisdiccionales y administrativos de la República.
La licitación trata de un llamado sucesivo, puesto que por la naturaleza de las funciones de la Dirección de Asuntos Jurídicos existe una necesidad constante de contar con las herramientas de consulta para el cumplimiento de sus funciones.
Las especificaciones técnicas fueron elaboradas luego de un relevamiento de datos de todas las coordinaciones y jefaturas de departamentos que integran la Dirección de Asuntos Jurídicos, a fin de satisfacer la necesidad concreta de contar con leyes, decretos, jurisprudencias y doctrinas actualizadas de autores reconocidos y nombrados del ámbito jurídico.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El servicio consiste en proveer acceso en línea a la base de datos del Proveedor que contenga mínimamente los siguientes requerimientos:
A continuación, se detallan los servicios a ser proveídos por el Adjudicatario, así como el detalle de los requerimientos mínimos de cada servicio.
A. LEGISLACION PARAGUAYA ON LINE:
i. Se requiere que la base de legislación nacional comprenda:
1. El texto completo de la Constitución Nacional;
2. Leyes, decretos, resoluciones, normas (desde el año 1.890);
3. Acordadas (desde el año 1.913);
4. Ordenanzas de la Municipalidad de Asunción, Gran Asunción y desde el año 2.012 de todos los Municipios del país;
5. Circulares emanadas del Banco Central del Paraguay B.C.P. (desde el año 2.000);
6. El texto completo de los códigos (de fondo y procedimiento);
7. Proyectos de Ley.
ii. Cada Norma: debe contener
1. Sumario con los datos objetivos de la Norma (fecha de sanción, promulgación y publicación);
2. Emisor de la Norma;
3. Citas Legales (referencia a normas que derogaron, modificaron y/o ampliaron);
4. Control de constitucionalidad (citas de fallos que declaran la inconstitucionalidad o la improcedencia de acciones de inconstitucionalidad);
5. Actualización diaria.
B. JURISPRUDENCIA PARAGUAYA ON LINE:
i. La base de jurisprudencia deberá comprender:
1. Sentencias a texto completo, tanto nacionales como extranjeras publicadas en revista jurídicas paraguayas desde el año 1977, así como material exclusivo online.
2. Datos objetivos del fallo (tribunal, fecha, partes, nro. de sentencia).
3. Índice mediante voces jurídicas (descriptores temáticos) adaptadas al lenguaje jurídico nacional, para una rápida localización de los documentos mediante los buscadores.
4. Hechos (breve descripción de las circunstancias del caso).
5. Sumarios (las reglas jurídicas aplicadas por el juez o tribunal para la resolución del caso, extraídas de la sentencia para una rápida identificación que permita optimizar los tiempos de lectura).
6. Citas legales (referencia y links a la legislación mencionada en el fallo).
7. Jurisprudencia y Doctrina vinculada (material relacionado con las cuestiones tratadas en el fallo, que permitan ampliar la investigación).
8. Cuadros de cuantificación de daños (valor agregado exclusivo de los fallos sobre indemnización de daños y perjuicios, que presenta de manera esquemática cuestiones relevantes para la determinación de la indemnización).
C. DOCTRINA ONLINE:
ii. La base de Doctrina debe ofrecer:
1. Artículos redactados por los Juristas más importantes del país, así como aportes doctrinarios de Juristas extranjeros.
2. Notas o comentarios a fallos especialmente relevantes
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
El plazo de entrega de las claves de acceso será de 5 (cinco) días hábiles a partir de la recepción de la orden de provisión, la cual será remitida al oferente adjudicado vía Fax y/o correo electrónico. Las claves emitidas deben ser entregadas en sobres cerrados en la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, 1º piso, sito en Oliva y Alberdi, Asunción, de lunes a viernes de 07:00 Hs. a 15:00 Hs
ITEM |
DESCRIPCION DEL BIEN |
CANTIDAD |
UNIDAD DE MEDIDA DE LOS SERVICIOS |
LUGAR DONDE LOS SERVICIOS SERAN PRESTADO |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios |
1 |
SUSCRIPCIÓN A BASE DE DATOS DE JURISPRUDENCIA, DOCTRINA Y LEGISLACIÓN ON LINE |
24 |
meses |
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES DIRECCION DE ASUNTOS JURICOS |
DESDE LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO HASTA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
SOBRE
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
ENERO 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 2 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
FEBRERO 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 3 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
MARZO 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 4 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
ABRIL 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 5 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
MAYO 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 6 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
JUNIO 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 7 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
JULIO 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 8 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
AGOSTO 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 9 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
SETIEMBRE 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 10 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
OCTUBRE 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 11 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
NOVIEMBRE 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 12 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
DICIEMBRE 2024 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
ENERO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 2 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
FEBRERO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 3 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
MARZO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 4 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
ABRIL 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 5 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
MAYO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 6 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
JUNIO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 7 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
JULIO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 8 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
AGOSTO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 9 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
SETIEMBRE 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 10 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
OCTUBRE 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 11 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
NOVIEMBRE 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción 12 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
DICIEMBRE 2025 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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