El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Lic. Víctor Mereles, Director General de Administración y Finanzas
La contratación del Servicio de Provisión de Agua Mineral, se solicita considerando la importancia de garantizar la calidad del agua consumida por los concurrentes al SENACSA y los funcionarios, con el fin de precautelar la salud de los mismos, además considerando que no se cuenta con una cobertura total para el abastecimiento de agua potable.
La planificación de la contratación se realiza de forma plurianual, conforme a las necesidades de la convocante.
Las especificaciones técnicas fueron realizadas conforme a la plantilla aprobada por la DNCP.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem |
Descripción |
Especificaciones Técnicas |
|
1 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral para Sede Central. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80 Código Sanitario. |
|
2 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80 Código Sanitario. Los bidones y las botellas deberán contener: d. El costo de los bidones deberá incluir la provisión (envío) al Local de las oficinas de la Convocante. |
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3 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80 Código Sanitario. Los bidones y las botellas deberán contener: |
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4 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80 Código Sanitario. Los bidones y las botellas deberán contener: d. El costo de los bidones deberá incluir la provisión (envío) al Local de las oficinas de la Convocante. Detalle en Anexo. ZONA CENTRAL Y ÑEEMBUCÚ NORTE. |
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5 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80Codigo Sanitario. Los bidones y las botellas deberán contener: d. El costo de los bidones deberá incluir la provisión (envío) al Local de las oficinas de la Convocante. Detalle en Anexo. ZONA GUAIRA - CAAGUAZÚ Y CAAZAPÁ |
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6 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador también deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80Codigo Sanitario. Los bidones serán proveídos por el proveedor en comodato mientras dure el contrato. El servicio debe incluir la provisión de 10 (DIEZ) equipos de dispenser de agua manual en comodato, que deben ser entregados en un plazo no mayor a 8 (ocho) días corridos a partir de la recepción de la Orden de Compra, la Cantidad de dispenser podría aumentar o variar según la necesidad de la convocante. Los bidones y las botellas deberán contener: d. El costo de los bidones deberá incluir la provisión (envío) al Local de las oficinas de la Convocante. Detalle en Anexo. ZONA MISIONES Y ÑEEMBUCÚ SUR |
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7 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80Codigo Sanitario. Los bidones y las botellas deberán contener: d. El costo de los bidones deberá incluir la provisión (envío) al Local de las oficinas de la Convocante. Detalle en Anexo. ZONA PRESIDENTE HAYES A. |
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8 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80 Código Sanitario. Los bidones y las botellas deberán contener: d. El costo de los bidones deberá incluir la provisión (envío) al Local de las oficinas de la Convocante. Detalle en Anexo. ZONA BOQUERÓN |
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9 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80 Código Sanitario. Los bidones y las botellas deberán contener: d. El costo de los bidones deberá incluir la provisión (envío) al Local de las oficinas de la Convocante. Detalle en Anexo. ZONA ALTO PARANÁ E ITAPÚA. |
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10 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral . Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80 Código Sanitario. Los bidones y las botellas deberán contener: d. El costo de los bidones deberá incluir la provisión (envío) al Local de las oficinas de la Convocante. Detalle en Anexo. ZONA CORDILLERA Y PARAGUARÍ. |
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11 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80 Código Sanitario. Los bidones y las botellas deberán contener: d. El costo de los bidones deberá incluir la provisión (envío) al Local de las oficinas de la Convocante. Detalle en Anexo. ZONA SAN PEDRO NORTE |
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12 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80 Código Sanitario. Los bidones y las botellas deberán contener: d. El costo de los bidones deberá incluir la provisión (envío) al Local de las oficinas de la Convocante. Detalle en Anexo. ZONA PDTE. HAYES B. |
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13 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral.. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80 Código Sanitario. El servicio debe incluir la provisión de 10 (DIEZ) equipos de dispenser de agua manual en comodato, que deben ser entregados en un plazo no mayor a 8 (ocho) días corridos a partir de la recepción de la Orden de Compra, la Cantidad de dispenser podría aumentar o variar según la necesidad de la convocante. Los bidones y las botellas deberán contener: b. El costo de los bidones deberá incluir la provisión (envío) al Local de las oficinas de la Convocante. Detalle en Anexo. ZONA ALTO PARAGUAY |
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14 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Provisión de Agua mineral. Agua Mineral sin gas, libre de bacterias, en recipientes higiénicos en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A), según decreto del MSP y BS Nº1635/99 que reglamenta el Art.175 de la Ley Nº836/80 Código Sanitario. El servicio debe incluir la provisión de 10 (DIEZ) equipos de dispenser de agua manual en comodato, que deben ser entregados en un plazo no mayor a 8 (ocho) días corridos a partir de la recepción de la Orden de Compra, la Cantidad de dispenser podría aumentar o variar según la necesidad de la convocante. Los bidones y las botellas deberán contener: d. El costo de los bidones deberá incluir la provisión (envío) al Local de las oficinas de la Convocante. Detalle en Anexo. ZONA SAN PEDRO SUR. |
ítem |
Zona |
LUGAR DE ENTREGA |
||
CIUDAD |
DPTO. |
DIRECCION |
||
1 |
SEDE CENTRAL |
SAN LORENZO |
CENTRAL |
Ciencias Veterinarias Nº 265 casi Ruta Mcal. Estigarribia - San Lorenzo / Tel.: 021-7290015 |
2 |
COORD. 1 - AMAMBAY Y CONCEPCIÓN |
PEDRO JUAN CABALLERO |
AMAMBAY |
Jorge Casaccia esquina General Bruguez - Tel.: 0336272374 |
3 |
COORD. 2 - CANINDEYÚ |
CURUGUATY |
CANINDEYÚ |
Calle 12 de Junio y Paraguayo Independiente |
4 |
COORD. 3 - CENTRAL Y ÑEEMBUCÚ NORTE |
MARIANO ROQUE ALONSO |
CENTRAL |
Yrendague 163 c/ Virgen del Rosario - Barrio Central - Tel.: 021-754900 |
5 |
COORD. 4 - CAAGUAZÚ - GUAIRÁ - CAAZAPA |
CORONEL OVIEDO |
CAAGUAZÚ |
Roberto González y Cerro Corá |
6 |
COORD. 5 - MISIONES - ÑEEMBUCÚ SUR |
PILAR |
ÑEEMBUCÚ |
Mcal. Estigarribia c/ Antequera |
7 |
COORD. 6 - PDTE. HAYES A |
VILLA HAYES |
PDTE. HAYES |
Ruta Transchaco km 32, entre Wilfrido Insaurralde y Amancio González |
8 |
COORD. 7 - BOQUERÓN |
FILADELFIA |
BOQUERÓN |
Avda. Hinderburg c/ Carayá - Tel.: 0491-432666 |
9 |
COORD. 8 - ALTO PARANÁ - ITAPÚA |
ENCARNACIÓN |
ITAPÚA |
Calle 14 de Mayo entre Avenida Irrazabal y Tte. Honorio González - Tel.: 071-203665 |
10 |
COORD. 9 - CORDILLERA - PARAGUARI |
PARAGUARÍ |
PARAGUARÍ |
Tte. Derlis Caceres entre Mcal. Estigarribia y Cnel. Bogado - Tel.: 0531-432214 |
11 |
COORD. 10 - SAN PEDRO NORTE |
SAN PEDRO DEL YCUAMANDYYU |
SAN PEDRO |
Cerro Corá y Mcal. Estigarribia |
12 |
COORD. 11 - PDTE. HAYES B |
POZO COLORADO |
PDTE. HAYES |
Km 270 Ruta Transchaco |
13 |
COORD. 12 - ALTO PARAGUAY |
CARMELO PERALTA |
ALTO PARAGUAY |
San Miguel |
14 |
COORD. 13 - SAN PEDRO SUR |
SAN ESTANISLAO |
SAN PEDRO |
Ruta N° 10 Km 153 / Tel.: 0343-421509 |
Las Direcciones podrán ajustarse según necesidad de la convocante, teniendo como base las ciudades mencionadas
DETALLE LOTE 1 - SEDE CENTRAL |
||||
Nº |
DEPENDENCIA |
DIRECCIÓN GENERAL |
Ciudad |
Dirección |
1 |
Coord. De Procesos e Innovac. |
DIGEAF |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
2 |
Dirección de Contrataciones y dependencias |
DIGEAF |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
3 |
Dirección de Depósito |
DIGEAF |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
4 |
Direccion Financiera |
DIGEAF |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
5 |
Direccion Administrativa |
DIGEAF |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
6 |
Dpto. de Control de Trámites |
DIGEAF |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
7 |
Mesa de Entrada |
DIGEAF |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
8 |
Dpto. de Fiscalización |
DIGEAF |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
9 |
Secretaría |
DIGEAF |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
10 |
Unidad de Riesgos |
DIGEAF |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
11 |
Coord. De Impresiones |
DIGEAF - Dirección Administrativa |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
12 |
Dpto. de Patrimonio |
DIGEAF - Dirección Administrativa |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
13 |
GPS |
DIGEAF - Dirección Administrativa |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
14 |
Secretaría |
DIGEAF - Dirección Administrativa |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
15 |
Dpto. de Mantenimiento |
DIGEAF - Dirección Administrativa |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
16 |
Dpto. de Comunicación |
DIGEAF - Dirección Administrativa |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
17 |
Dpto. de Transporte y Taller |
DIGEAF - Dirección Administrativa |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
18 |
Coord. De Proyectos y Obras |
DIGEAF - Dirección Administrativa |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
19 |
Lavadero |
DIGEAF - Dirección Administrativa - Dpto. de Transporte y Taller. |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
20 |
Coord. Financiera |
DIGEAF - Dirección Financiera |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
21 |
Dpto. de Contabilidad |
DIGEAF - Dirección Financiera |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
22 |
Dpto. de Presupuesto |
DIGEAF - Dirección Financiera |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
23 |
Dpto. de Rendición de Cuentas |
DIGEAF - Dirección Financiera |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
24 |
Dpto. de Recaudaciones |
DIGEAF - Dirección Financiera |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
25 |
Dpto. de Tesorería |
DIGEAF - Dirección Financiera |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
26 |
Secretaría |
DIGEAF - Dirección Financiera |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
27 |
Certificaciones |
DIGECIPOA |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
28 |
DIGECIPOA y dependencias |
DIGECIPOA |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
29 |
Bioterio |
DIGELAB |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
30 |
DIGELAB y dependencias |
DIGELAB |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
31 |
Laboratorio Control de Residuos |
DIGELAB |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
32 |
DIGESETEC y dependencias |
DIGESETEC |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
33 |
DIGESIT y dependencias |
DIGESIT |
San Lorenzo |
Mcal. Estigarribia casi Ingavi |
34 |
COTA |
DIGESIT |
San Lorenzo |
Mcal. Estigarribia casi Ingavi |
35 |
Dirección de Cuarentena |
DIGESIT |
San Lorenzo |
Mcal. Estigarribia casi Ingavi |
36 |
Dpto. Administrativo |
DIGESIT |
San Lorenzo |
Mcal. Estigarribia casi Ingavi |
37 |
Mesa de Entrada |
DIGESIT |
San Lorenzo |
Mcal. Estigarribia casi Ingavi |
38 |
Epidemiologia |
DIGESIT |
San Lorenzo |
Mcal. Estigarribia casi Ingavi |
39 |
Direccion de Programas Sanitarios |
DIGESIT |
San Lorenzo |
Mcal. Estigarribia casi Ingavi |
40 |
Asesoría de Prensa |
Gabinete |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
41 |
Asesoria Financera |
Gabinete |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
42 |
Asesoría Legal |
Gabinete |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
43 |
Ceremonial y Protocolo |
Gabinete |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
44 |
Secretaria |
Gabinete |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
45 |
UAPP |
Gabinete |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
46 |
Archivo |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
47 |
Auditoría Interna |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
48 |
Biblioteca |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
49 |
Comisión Interinstitucional y dependencias |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
50 |
Unidad de Gestion de Proyectos |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
51 |
Dpto. Administrativo |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
52 |
OIE |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
53 |
RRHH y dependencias |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
54 |
Salón Auditorio |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
55 |
Secretaria General |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
56 |
Secretaria Privada |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
57 |
Gabinete |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
58 |
Unidad de Asuntos Interinstitucionales |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
59 |
Unidad de Asuntos Internacionales |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
60 |
Unidad Gestion de Proyectos |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
61 |
UTIC´s - Bloque 1 |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
62 |
UTIC´s - Bloque 2 - Dirección de Infraestructura |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
63 |
UEP - BID |
Presidencia |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
64 |
Salón Auditorio |
Unidad de Gestiónde RRHH |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
65 |
Dpto. de Control de Asistencia |
Unidad de Gestiónde RRHH |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
66 |
Enfermería |
Unidad de Gestiónde RRHH |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
67 |
Portería 1 |
Unidad de Gestiónde RRHH |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
68 |
Portería 2 |
Unidad de Gestiónde RRHH |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
69 |
Porteria 3 - DIGESIT |
Unidad de Gestiónde RRHH |
San Lorenzo |
Mcal. Estigarribia casi Ingavi |
70 |
Porteria 4 |
Unidad de Gestiónde RRHH |
San Lorenzo |
Ciencias Veterinarias Nº 265 |
Los lugares podrán ajustarse según necesidad de la convocante, teniendo como base las Direcciones mencionadas.
Modalidad del Contrato
Se utilizará la modalidad de Contrato ABIERTO, conforme a los montos mínimos y máximos establecidos SICP.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción |
Unidad de Medida |
Lugar de Entrega de los Bienes |
Fecha final de entrega |
1 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
SEDE CENTRAL |
Conforme Órdenes de Provisión emitidas por el Departamento Administración de Contratos de la Dirección Operativa de Contrataciones. El proveedor deberá entregar lo solicitado en un plazo no mayor a 2 (dos) días hábiles, contados a partir de la recepción de la orden de provisión. |
2 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 1 - AMAMBAY Y CONCEPCIÓN |
|
3 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 2 - CANINDEYÚ |
|
4 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 3 - CENTRAL Y ÑEEMBUCÚ NORTE |
|
5 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 4 - CAAGUAZÚ - GUAIRÁ - CAAZAPA |
|
6 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 5 - MISIONES - ÑEEMBUCÚ SUR |
|
7 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 6 - PDTE. HAYES A |
|
8 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 7 - BOQUERÓN |
|
9 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 8 - ALTO PARANÁ - ITAPÚA |
|
10 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 9 - CORDILLERA - PARAGUARI |
|
11 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 10 - SAN PEDRO NORTE |
|
12 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 11 - PDTE. HAYES B |
|
13 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 12 - ALTO PARAGUAY |
|
14 |
AGUA MINERAL SIN GAS DE 20 LITROS |
Unidad |
COORD. 13 - SAN PEDRO SUR |
NO APLICA
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de remisión e Informe de Recepción | Nota de remisión e Informe de Recepción |
Conforme Órdenes de Provisión |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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