El objeto del contrato es:
El presente Contrato tiene por objeto establecer los derechos y obligaciones que asumen la CONTRATANTE y el PROVEEDOR, con relación a la, Licitación por Concurso de Ofertas N° 02/2024 - Ad Referéndum "ADQUISICIÓN DE ARTÍCULOS PARA KITS DE FORMACIÓN PROFESIONAL: PELUQUERÍA, ELECTRICIDAD y COCINA" bajo la modalidad de Contrato Cerrado, que seguidamente se detallan y se regirán por estas cláusulas y las contenidas en la ley relativa a la materia.
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de la Licitación por Concurso de Ofertas N° 02/2024 - Ad Referéndum "ADQUISICIÓN DE ARTÍCULOS PARA KITS DE FORMACIÓN PROFESIONAL: PELUQUERÍA, ELECTRICIDAD y COCINA", convocado por la Dirección de Contrataciones del Ministerio de Educación y Ciencias. La adjudicación fue realizada según acto administrativo N°_______.
Nro. De Orden
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Nro. De Ítem/Lote
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Descripción
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Marca
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Procedencia
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Unidad de Medida
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Cantidad
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Precio Unitario
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Monto Total
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La vigencia del presente contrato será:
Los bienes deben ser entregados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas del Pliego de Bases y Condiciones.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La administración de éste contrato estará a cargo de la Dirección Administrativa, dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas, del Ministerio de Educación y Ciencias.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales del presente pliego de bases y condiciones, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales del presente pliego. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.