El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ANDE Nº 02.44.22 Rev. 5
DESCARGADOR DE SOBRETENSIÓN
PARA MEDIA TENSIÓN
REGISTRO DE REVISIONES
Modificaciones realizadas a la versión del 16 de junio del año 2021 |
||
Anterior |
Descripción de la modificación actual |
|
Pág. |
Ítem |
|
--- |
--- |
Carátula. |
--- |
--- |
Índice. |
2 |
3.2 |
Se modifica el valor de la temperatura máxima del aire. |
2 |
3.3 |
Se suprime la indicación del valor de la corriente máxima de cortocircuito del sistema. |
3 |
4.1.5 |
Se modifica la denominación del nivel de contaminación según la nueva clasificación de la norma IEC 60815-1. |
3 |
4.1.6 |
Se modifica la denominación para la clasificación del descargador. |
4 |
4.1.10 |
Se modifica el valor requerido para la corriente simétrica de cortocircuito. |
5 |
4.3.7 |
Se modifican las características para los herrajes de fijación. |
5 |
--- |
Se agrega ítem 4.3.8: Cobertura aislante. |
6-7 |
5.3 |
Se modifica la lista de los ensayos de tipo. |
8 |
5.7 |
Se modifica la lista de los ensayos de recepción. |
15 |
--- |
Se realizan cambios en la Planilla de Datos Garantizados, con base en los cambios realizados en el cuerpo de la EE.TT. |
17 |
--- |
Se realizan cambios en la Planilla de Ensayos de Tipo Garantizados, con base en los cambios realizados en el cuerpo de la EE.TT. |
(Revisión: 4; Hoja Revisada: 3): Elaborado por Tco. Lilian Martinez |
||
(Revisión: 5; Hoja Revisada: ---): Elaborado por Lic. Damián Alfonso |
Tabla 1
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
1 |
Descargador de sobretensión para Media Tensión |
2. NORMAS TÉCNICAS
IEC 60099-3 |
Surge arresters. Artificial pollution testing of surge arresters.
|
IEC 60099-4 |
Surge arresters. Part 4: Metal-oxide surge arresters without gaps for a.c. systems.
|
ANSI/IEEE C62.11 |
Standard for metal-oxide surge arresters for AC power circuits.
|
ASTM G 26 |
Practice for operating Light-Exposure apparatus (Xenon-Arc type) with and without water for exposure of Non-Metallic Materials.
|
ASTM G 155 |
Standard practice for operating Xenon Arc Light Apparatus for exposure of Non-Metallic Materials.
|
NBR 10296 |
Material isolante elétrico — Avaliação da resistência ao trilhamento e erosão sob condições ambientais severas. |
En caso de existir diferencias o contradicciones entre estas Especificaciones Técnicas y las normas mencionadas prevalecerá lo indicado en las Especificaciones.
4. CARACTERÍSTICAS DEL EQUIPO
Media Tensión: Trifásico trifilar, conectado en Estrella, neutro puesto a tierra sólidamente en el Centro de Distribución (Estación o Subestación).
Trifásico trifilar, conectado en Triángulo, neutro puesto a tierra mediante transformador zigzag en el Centro de Distribución (Estación o Subestación).
Monofásico bifilar/trifilar, neutro puesto a tierra sólidamente en el secundario del transformador de distribución, en las acometidas y en la red.
Media Tensión:
4. CARACTERÍSTICAS DEL EQUIPO
Tabla 2
|
Corriente de impulso (onda 8/20 μs) |
||
|
5kA |
10kA |
20kA |
Máxima tensión residual, valor de cresta (kV) |
66 |
70 |
80 |
*Nivel de contaminación Tipo A Clase , según IEC 60815-1
Soporte de fijación aislante: El soporte de fijación aislante deberá ser de material polimérico adecuado, resistente a la intemperie, rayos UV, calor, tracking, etc. y deberá mantener un nivel de aislamiento adecuado del conjunto, aún en caso de falla del descargador y eventual operación del desconectador.
5 ENSAYOS DE TIPO, RECEPCIÓN Y RUTINA
5.1 Ensayos de Tipo
Los Ensayos de Tipo tienen por objeto verificar las características de diseño y su ejecución es obligatoria. Eventualmente puede solicitarse la repetición de algunos o todos los Ensayos de Tipo, de forma a verificar el nivel de calidad de fabricación del producto con el paso del tiempo.
El oferente debe presentar, junto con la oferta, los protocolos de los Ensayos de Tipo indicados en el numeral 5.2, expedidos por laboratorios nacionales o internacionales, acreditados bajo la norma ISO IEC 17025, realizados sobre especímenes idénticos o de características superiores a los ofrecidos. Son admitidos reportes de ensayos realizados a muestras semejantes a las ofrecidas, para aquellos ensayos para los cuales la norma correspondiente así lo admita o cuando por la naturaleza de los ensayos, los resultados de estos sean independientes del ejemplar ensayado y por ende, equivalentes para cualquier muestra.
Si el oferente hubiere realizado los Ensayos de Tipo de acuerdo a una norma o recomendación diferente a la solicitada, se deberá presentar los protocolos de ensayo correspondientes, acompañados de una copia de la norma respectiva en idioma de origen y su traducción al español, reservándose la ANDE el derecho de aceptarlos o de solicitar la repetición de los Ensayos de Tipo de acuerdo a lo indicado en las presentes Especificaciones Técnicas, a cargo del oferente.
Los Ensayos de Tipo deberán ser repetidos toda vez que sobre un modelo aprobado se introduzcan cambios de diseño que varíen, o hagan presumir variaciones en las prestaciones conocidas del mismo.
5.2 Clasificación de los Ensayos de Tipo
Para la aprobación de los ensayos de tipo, los equipos deben satisfacer los Ensayos de Tipo y realizados según lo establecido en la Norma IEC 60099-4 o según otras normas indicadas explícitamente y en las presentes Especificaciones.
Los Ensayos de Tipo corresponden a los especificados por la Norma IEC 60099-4, para la clasificación DH, a menos que se especifique otra norma. Son los siguientes:
Ensayos de tensión soportada
Ensayos de tensión residual
Ensayo de tensión residual con corriente de impulso rápido
Ensayo de tensión residual con corriente nominal de descarga
Ensayo de transferencia de carga repetitiva (Qrs)
Ensayo de ciclo de operación (Qth)
Ensayos del desconectador
Soportabilidad del desconectador
Operación del desconectador (Tiempo vs. Corriente)
Ensayo de tensión aplicada a frecuencia industrial vs. Tiempo
Ensayo de contaminación artificial (Norma IEC 60099-3, Método b)
Ensayo de envejecimiento acelerado por exposición a la intemperie
Deberán ser obtenidas 10 probetas del cuerpo envolvente y del soporte aislante, respectivamente, siendo que la mitad de la muestra deberá ser sometida a Ensayos mecánicos de determinación de esfuerzo y alargamiento a la ruptura.
El envejecimiento deberá durar 2000h, por lo menos, y deberá ser realizado según la Norma ASTM G-53, para ciclos de 8h de exposición a la radiación UV-B a temperatura ambiente de 60ºC y 4 h de exposición a condensación de agua a 50ºC, o según la Norma ASTM G-26, método A o procedimiento equivalente descrito en la Norma ASTM G-155. El material de la envolvente no deberá presentar fisuras, fracturas ni resquebrajamientos en la superficie; la variación en la dureza del material de la envolvente antes y después del ensayo, no deberá presentar una variación superior al 20%. El material del soporte de fijación aislante no deberá presentar fisuras, fracturas ni resquebrajamientos en la superficie; la variación en el esfuerzo y alargamiento a la ruptura, antes y después del ensayo, no deberá ser superior al 25%.
Ensayo de resistencia al tracking
Debe ser realizado tanto para el cuerpo envolvente como para el soporte aislante, según la Norma ASTM D 2303, método Time to track (tensión constante), con una tensión de 2500V y un tiempo de duración de 500 minutos, como mínimo.
5.3 Aceptación o Rechazo de los Ensayos de Tipo en la presentación de ofertas
Los Ensayos de Rutina serán realizados sobre todas las unidades expedidas, con la finalidad de demostrar el correcto funcionamiento del equipo.
Los resultados serán registrados en los protocolos de Ensayo de Rutina, y los mismos serán entregados a los inspectores de ANDE, en ocasión de la Inspección en Fábrica.
Los Ensayos de Rutina así como los criterios de aceptación deberán ser todos los indicados en la Norma IEC 60099-4.
La ANDE se reserva el derecho de realizar una inspección durante el proceso de fabricación, para lo cual el proveedor facilitará los medios necesarios.
5.6 Ensayos de Recepción
Inspección general: Se verificará que los siguientes ítems estén de acuerdo a lo exigido por estas EE.TT:
Material.
Construcción.
Acabado.
Verificación de la identificación y marcación.
Verificación del Embalaje.
Verificación dimensional: Se verificarán los siguientes ítems:
Dimensiones externas, según planos presentados por el fabricante.
Distancias de aire y de fuga, según lo requerido por la Norma IEC 60099-4 y estas EE.TT.
Ensayo para determinación de la tensión residual con corriente de descarga nominal: Se determinará la tensión residual con corriente nominal de descarga
El Ensayo deberá ser aplicado a tres equipos completos, seleccionados del lote listo para embarque, con el desconectador inclusive. El resultado del Ensayo será considerado satisfactorio, si y sólo si las tres muestras cumplen con lo requerido en la Norma.
El descargador deberá ser montado, junto con el soporte aislante y los herrajes correspondientes, de manera a reproducir en lo posible, las condiciones normales de utilización.
Deberá ser aplicada una fuerza de 3 veces el peso del descargador, siendo que deberá cumplirse lo establecido en el ítem 4.2.1 de estas EE.TT.
Tabla 3
|
ENSAYO |
||||||||||||||
Tamaño del lote |
|
|
|
|
|||||||||||
N° de muestra |
Tamaño de la muestra |
Ac |
Re |
N° de muestra |
Tamaño de la muestra |
Ac |
Re |
N° de muestra |
Tamaño de la muestra |
Ac |
Re |
Tamaño de la muestra |
Ac |
Re |
|
Hasta 90 |
- |
5 |
0 |
1 |
- |
3 |
0 |
1 |
- |
5 |
0 |
1 |
3 |
0 |
1 |
91 a 150 |
- |
5 |
0 |
1 |
1° |
8 |
0 |
2 |
- |
5 |
0 |
1 |
3 |
0 |
1 |
2° |
8 |
1 |
2 |
||||||||||||
151 a 280 |
1° |
13 |
0 |
2 |
1° |
8 |
0 |
2 |
1° |
13 |
0 |
2 |
13 |
1 |
2 |
2° |
13 |
1 |
2 |
2° |
8 |
1 |
2 |
2° |
13 |
1 |
2 |
||||
281 a 500 |
1° |
13 |
0 |
2 |
1° |
13 |
0 |
3 |
1° |
13 |
0 |
2 |
13 |
1 |
2 |
2° |
13 |
1 |
2 |
2° |
13 |
3 |
4 |
2° |
13 |
1 |
2 |
||||
501 a 1.200 |
1° |
20 |
0 |
3 |
1° |
20 |
1 |
4 |
1° |
13 |
0 |
2 |
13 |
1 |
2 |
2° |
20 |
3 |
4 |
2° |
20 |
4 |
5 |
2° |
13 |
1 |
2 |
||||
1.201 a 3.200 |
1° |
32 |
1 |
4 |
1° |
32 |
2 |
5 |
1° |
20 |
0 |
3 |
13 |
1 |
2 |
2° |
32 |
4 |
5 |
2° |
32 |
6 |
7 |
2° |
20 |
3 |
4 |
||||
3.201 a 10.000 |
1° |
50 |
2 |
5 |
1° |
50 |
3 |
7 |
1° |
20 |
0 |
3 |
20 |
2 |
3 |
2° |
50 |
6 |
7 |
2° |
50 |
8 |
9 |
2° |
20 |
3 |
4 |
||||
10.001 a 35.000 |
1° |
80 |
3 |
7 |
1° |
80 |
5 |
9 |
1° |
32 |
1 |
4 |
20 |
2 |
3 |
2° |
80 |
8 |
9 |
2° |
80 |
12 |
13 |
2° |
32 |
4 |
5 |
6. IDENTIFICACIÓN Y EMBALAJE
La sigla ANDE.
N° de Licitación mediante la cual es adquirido el equipo.
Tipo y/o modelo.
Tensión nominal Ur.
Tensión UC.
Corriente nominal de descarga.
Corriente máxima de descarga.
Año de fabricación.
Fabricante.
6.2 Embalaje
La sigla ANDE.
Marca - Número de Licitación / Año / Orden de compra.
Fabricante.
Procedencia.
Corriente de descarga nominal.
Tensión Nominal Ur.
Tipo y/o modelo.
Año de fabricación.
Cantidad de equipos en el embalaje.
7. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN TÉCNICA A SER SUMINISTRADA POR EL OFERENTE
Cualquier documentación técnica solicitada por el inspector referente al proceso de fabricación, a los materiales utilizados y/o a los ensayos sometidos a los equipos.
Con la entrega del material
Dos copias adicionales de los protocolos de los ensayos de tipo.
Dos copias de los relatorios de los ensayos de rutina, toda vez que no hayan sido ya entregados durante la inspección en fábrica.
Dos copias de los manuales de recepción, almacenamiento e instalación, con diseños orientativos para montaje sugerido por el fabricante.
8. GARANTÍA
La calidad de todos los materiales usados, de acuerdo con lo requerido en esta Especificación.La reposición, libre de gastos, de cualquier equipo considerado defectuoso, debido a las eventuales deficiencias en su proyecto, materia prima o proceso de fabricación, durante la vigencia del periodo de garantía. Este periodo deberá ser establecido de común acuerdo entre la ANDE y el fabricante.
9. MATRÍCULA
Los equipos serán entregados con la siguiente numeración de matrícula que deberá, salvo cuando ANDE indique lo contrario, estar impresa en los embalajes de cartón de los equipos suministrados.
Denominación |
Matrícula N° |
Descargador de sobretensión para media tensión |
0907 003 |
Obedece a la necesidad de cubrir los requerimientos del Sistema Eléctrico Nacional, la adquisición de los mismos permitirá atender la creciente demanda de consumo de energía eléctrica, con una correcta protección de los Equipos de medición. La adquisición de estos equipos de protección ayudara a cumplir con lo requerido en el proyecto de fortalecimiento del sistema eléctrico paraguayo que será ejecutado por ANDE.
distintos puntos del país.
Justificar las especificaciones técnicas establecidas
Las especificaciones técnicas se establecen las condiciones mínimas a las que se deberán ajustar los descargadores de sobretensión para media tensión, a ser utilizados en los puestos de medición de los clientes de la ANDE.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción |
Cantidad |
Unidad de Medida
|
Lugar de entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes |
1 |
Descargadores de Sobretensión para MT. |
1.700 |
Unidad |
Depósito de ANDE- en ASUNCION. (sito en Avda. Boggiani y Dr. Facundo Machaín De Lunes a Viernes de 07:00 a 15:00 hs.
|
100 DÍAS CALENDARIO . |
(*) Obs.: El inicio del cómputo del plazo de Entrega de los bienes será a partir de la fecha de emisión de la Orden de Entrega realizado en el Sistema SAP por parte de la Unidad Administradora del Contrato.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
ANDE-LCO N° 1234-2023-Asunción Paraguay, además de otros datos indicados en las Especificaciones Técnicas.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Observar y Respetar el Código de Ética Institucional de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), publicado en www.ande.gov.py.
Las inspecciones y pruebas se realizarán conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas, si los mismos se ajustan a las características generales y técnicas consignadas en las Especificaciones Técnicas de la Convocante.
Inspecciones de la Contratante:
Una vez que el Proveedor haya cumplido con lo establecido en el Plan de Entregas de los bienes en el lugar indicado en el mismo, se procederá a una inspección y verificación de los bienes y/o servicios, con los documentos pertinentes.
Documentos de Recepción Provisional y Definitiva:
La Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, verificará que los bienes entregados y/o servicios ejecutados, se hayan ajustado a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, para proceder a la emisión del Certificado de Recepción Provisional, a pedido del Proveedor o de oficio, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la entrega efectuada de conformidad al Plan de Entregas del Contrato o sus eventuales prórrogas autorizadas por la Contratante.
A partir de la fecha de emisión del Certificado de Recepción Provisional correspondiente, se inicia el Periodo de la Garantía de los bienes.
Al término de dicho plazo, la Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, efectuará las comprobaciones de que el Proveedor ha cumplido satisfactoriamente con todo lo previsto en los documentos del Contrato y emitirá dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, el Acta de Recepción Definitiva.
La emisión del Acta de Recepción Definitiva significará el cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones contractuales, y le dará derecho a solicitar La cancelación de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
En caso que el Proveedor incurra en atrasos en la entrega de los bienes y/o servicios y le fuere aplicada la multa correspondiente en el Acta de Recepción Definitiva se dejará constancia de ello.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN |
Certificado de Recepción Provisional |
Certificado de Recepción Provisional |
Conforme al Plan de Entrega del Bien. |
Acta de Recepción Definitiva |
Acta de Recepción Definitiva |
Conforme a las Condiciones del Contrato. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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|
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2. Documentos. Consorcios |
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