Fecha de Consulta: 18-03-2024
Consulta:
En Requisitos de Calificación y criterios de evaluación / Capacidad Técnica cita lo siguiente:
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Se requiere que la empresa cuente con Autorización del fabricante del software de RRHH utilizado por la DNCP o Registro de marca del mismo software.
Capacidad del personal: 1) currículum vitae de dos personales asignados por la empresa para la prestación de los servicios licitados.
Registro de Derecho de Autor del software SIRH (Sistema Integrado de Recursos Humanos) proveído conforme a la Licitación por Concurso de Oferta ID 412172.
Nos gustaría señalar que este requisito limita totalmente la participación de potenciales oferentes que cuentan con la solvencia técnica y legal necesaria para cumplir con los compromisos de la contratación, pues es de conocimiento público a qué empresa del rubro pertenece dicha titularidad.
Ya que según lo establecido en el Artículo N° 4 de la Ley 7021/22 DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICA, es fundamental garantizar la igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública, evitando imponer requisitos que puedan resultar discriminatorios o restrictivos para ciertos participantes.
Además, de acuerdo con el Artículo 45 de la misma ley, las bases y condiciones del llamado deben elaborarse con la mayor amplitud posible para fomentar la concurrencia del mayor número de oferentes y garantizar la imparcialidad del proceso.
Por lo tanto, solicitamos respetuosamente que se revisen estos requisitos documentales para asegurar que sean lo suficientemente claros, objetivos e imparciales, y que no excluyan innecesariamente a potenciales oferentes que podrían cumplir con los requisitos del contrato.
Quedamos a disposición para discutir cualquier aspecto adicional y colaborar en la construcción de un proceso de contratación público transparente y equitativo.