Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
7. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Documentos legales |
8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
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Observación: El Margen de Preferencia Local - NO APLICA considerando que el Banco Nacional de Fomento tiene su domicilio en la ciudad de Asunción, capital de la República del Paraguay, la cual no pertenece a ningún Departamento según el Art. 157 de la Constitución Nacional, por ende el presupuesto o la condición prevista en el Art. 64 del Decreto, en los llamados que realice el Banco Nacional de Fomento no se presenta en ningún caso. Para tal efecto mencionamos las Resoluciones DNCP 306/2021 y 511/2021, para lo que hubiera lugar
Para los oferentes consorciados:
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Los índices financieros deberán ser cumplidos el 100% por cada uno de los integrantes. |
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Todas las partes combinadas deberán cumplir con el 100% de los requisitos solicitados. |
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El socio líder y cada socio deberá cumplir con el 100% de lo exigido |
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a. Para contribuyente de IRACIS/IRE RG
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2020, 2021 y 2022)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años (2020, 2021 y 2022)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
El promedio de los años (2020, 2021 y 2022) no deberá ser negativo
b. Para contribuyente de IRPC/IRE SIMPLE o IRACIS/IRE SIMPLE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2020, 2021 y 2022)
c. Para contribuyente de IRP/IRP RSP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2020, 2021 y 2022)
d. Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2020, 2021 y 2022)
Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado, deberán presentar los documentos que se indican en los requisitos
documentales.
Observación: Si en alguno de los tres años, o los tres años presentados por la Empresa, su pasivo es igual a 0, se considerará el Ratio de Liquidez igual a 1 y se dará por cumplido el Ratio de Endeudamiento.
Esta salvedad en el PBC hace posible calcular el promedio del índice de liquidez de los 3 (tres) ejercicios analizados, debido a que se otorga un valor que puede ser promediado.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Demostrar la experiencia en Servicios de Test de Intrusión, en instituciones públicas y/o privadas, a través de contratos, facturas y/o recepciones finales que en sumatoria totalicen el 25% como mínimo del monto máximo en la presente licitación, de los últimos 3 (tres) años (2020, 2021,2022). La experiencia deberá ser demostrada por cada año.
2. Demostrar la experiencia específica en Seguridad de la Información, en instituciones públicas y/o privadas con contratos, facturas, y/o recepciones finales de los últimos 3 (tres) años (2021, 2022, 2023). La experiencia deberá ser demostrada por cada año.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
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El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1. Cantidad de personal de soporte presentado:
Se requiere un plantel técnico de como mínimo esté conformado por 2 (dos) o más profesionales con grado académico universitario en las áreas de Informática, Ciberseguridad, Telecomunicaciones, y/o especializaciones en redes y comunicaciones.
2. Certificaciones del total de personal solicitado:
Se requiere que el plantel de técnicos presentado cuente con al menos 2 (dos) personas con alguna de estas certificaciones vigentes o en su defecto en proceso de renovación relacionadas a las áreas de seguridad de la información, tales como CEH, OSCP, CISSP, GIAC, LPT. Serán aceptadas también las certificaciones de seguridad otorgadas por fabricantes no independientes, tales como CCNA CyberOps, CCNP Sec, CCSP.
3. Se requiere que por los menos 2 (dos) miembros del plantel técnico mantenga relaciones laborales de dependencia con El Oferente, con una antigüedad mínima de 1 (un) año. El Oferente deberá presentar una nómina compuesta por profesionales dependientes de otra empresa especializada en seguridad de la información, sea esta nacional o internacional, siempre y cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones (la propuesta deberá incluir la documentación que lo acredite). El profesional se desempeña como personal dependiente en una filial, franquicia o empresa origen de El Oferente, sea nacional o internacional. Presentar contrato de trabajo.
4. Del personal propuesto por el oferente, al menos 1 (uno) deberá presentar 1 (una) de las certificaciones vigentes o en su defecto en proceso de renovación relacionadas a las áreas de seguridad de la información, tales como ISO 27001 Lead Auditor, ISO 27001 Lead Implementer, CISM o CGEIT.
5. El Oferente deberá contar con profesionales dependientes de una filial o sucursal de la empresa, que también se encuentre especializada en seguridad de la información, sea esta nacional o internacional, siempre y cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones (la propuesta deberá incluir la documentación que lo acredite):
6. El Oferente debe dedicarse en forma exclusiva, o al menos contar con una división técnica dedicada y exclusiva, al rubro de Seguridad de la Información (consultorías de seguridad, test de intrusión, ciberseguridad, capacitación en seguridad, entre otros).
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Presentar copias autenticada títulos o certificado de Estudio con grado académico universitario en las áreas de Informática, Ciberseguridad, Telecomunicaciones, y/o especializaciones en redes y comunicaciones, demostrado a través de certificados oficiales.
2. El oferente deberá presentar copia de certificaciones vigentes o en su defecto constancia de proceso de renovación la cual deberá estar ya en vigencia para la firma del contrato relacionadas a las áreas de seguridad de la información de al menos 2 (dos) técnicos, tales como CEH, OSCP, CISSP, GIAC, LPT.
Serán aceptadas también las certificaciones vigentes o en su defecto constancia de proceso de renovación la cual deberá estar ya en vigencia para la firma del contrato de seguridad otorgadas por fabricantes no independientes, tales como CCNA CyberOps, CCNP Sec, CCSP.
3. Presentar Constancia de Pago y planilla de IPS vigente al momento de la apertura de ofertas y en caso que el oferente presente una nómina dependiente de otra empresa especializada en seguridad de la información deberá demostrar lo siguiente: El profesional se desempeña como personal dependiente en una filial, franquicia o empresa origen de El Oferente, sea nacional o internacional. Presentar contrato de trabajo.
4.Presentar copia autenticada de al menos 1 (una) certificación vigente o en su defecto constancia de proceso de renovación la cual deberá estar ya en vigencia para la firma del contrato de ISO 27001 Lead Auditor, ISO 27001 Lead Implementer, CISM o CGEIT
5. Presentar una nómina compuesta por profesionales dependientes de una filial o sucursal de la empresa, que también se encuentre especializada en seguridad de la información, sea esta nacional o internacional, siempre y cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones (la propuesta deberá incluir la documentación que lo acredite):
6. Presentar el currículum de la empresa donde se debe plasmar en El organigrama organizacional la presencia de la división.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
OTROS DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA FIRMA DEL CONTRATO:
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.