El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos servicios serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los servicios prestados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:
OBJETIVO
La convocante requiere la contratación de una Empresa prestadora de Servicios de Seguridad y Vigilancia que realice una cobertura eficiente para la custodia y protección de las personas y de los bienes e instalaciones del Banco Nacional de Fomento.
Para todos los Lotes:
OBSERVACIÓN:
Esta descripción de tareas y funciones en ningún caso serán limitativas sino más bien son indicativas, y podrá variar según las características y condiciones de los distintos Puestos de Vigilancia, aun así y en todos los casos, el agente de seguridad recibirá las indicaciones por parte del responsable de la Sección Supervisión de Control y Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad de la Gerencia Departamental de Seguridad del Banco Nacional de Fomento.
LOTE N° 1- CASA MATRIZ Y OFICINAS PERIFÉRICAS |
||||
Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
2 |
Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
LOTE N° 2 REGIONAL SUR |
||||
Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
REGIONAL SUR Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs.(según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
2 |
REGIONAL SUR Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
LOTE N° 3 - REGIONAL NORTE |
||||
Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
REGIONAL NORTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
2 |
REGIONAL NORTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
LOTE N° 4 - REGIONAL ESTE |
||||
Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
REGIONAL ESTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
2 |
REGIONAL ESTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
LOTE N° 5 - REGIONAL CENTRO Y REGIONAL METROPOLITANA |
||||
Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
REGIONAL CENTRO Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
2 |
REGIONAL CENTRO Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
3 |
REGIONAL METROPOLITANA Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
4 |
REGIONAL METROPOLITANA Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
La cotización de precio unitario se realizará por unidad de personal por mes. Además, es importante señalar que la Gerencia Departamental de Seguridad podrá optar por mantener a los distintos personales que a la fecha están prestando servicio en el BNF.
Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:
Para todos los Lotes:
Para el Lote N° 1
1. La empresa oferente deberá presentar el listado del personal asignado para casos de contingencia, en una cantidad no menor de 5 (cinco) personales por cada turno, destinado a cubrir ausencias, francos, u otros. El o los personales para casos de contingencia deberán reunir igual o mejor perfil técnico que los titulares, sin perjuicio de que la Gerencia Departamental de Seguridad aumente el número de acuerdo a la necesidad.
Para el Lote N° 2 al 5:
1. La empresa oferente deberá presentar el listado del personal asignado para casos de contingencia, en una cantidad no menor de 10 (diez) personales para cada regional, destinado a cubrir ausencias, francos, u otros. El o los personales para casos de contingencia deberán reunir igual o mejor perfil técnico que los titulares. La cantidad del personal de contingencia señalado es meramente enunciativo y no limitativo, podrán ser solicitados según necesidad de la Gerencia Departamental de Seguridad.
REQUISITOS DEL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA
Para todos los Lotes:
Las funciones de guardia de seguridad sólo podrán ser desempeñadas por las personas físicas empleadas por las empresas de seguridad debidamente autorizadas y habilitadas al efecto por la autoridad competente.
Los guardias de seguridad, deben contar con el carné vigente expedido por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, y estar registrados en la nómina del personal remitido a la División a nombre de la empresa adjudicada.
Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:
Para todos los Lotes:
1. CARNET IDENTIFICATORIO: el personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el carné identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.
2. ARMAS Y CHALECOS ANTIBALAS:
LOTE N° 1 - Casa Matriz y Oficinas Periféricas:
ARMAS
La Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (calibre 38, 38 especial ó magnum 357).
Asimismo, la Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (escopeta calibre 12).
La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico privado de la Institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales, y conforme lo disponga la Gerencia Departamental de Seguridad.
La División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad, recibirá mediante acta los armamentos (25 armas de fuego (calibre 38, 38 especial o magnum 357 en perfecto estado de funcionamiento) y municiones (total de 130 proyectiles conforme al calibre de las armas de fuego), 25 armas de fuego (escopeta calibre 12 en perfecto estado de funcionamiento) y municiones (total de 130 proyectiles conforme al calibre de las armas de fuego), entregadas por la empresa proveedora del servicio de seguridad privada, donde se procederá a su distribución por orden expresa de la Gerencia Departamental de Seguridad en los puestos donde esta lo estime conveniente de acuerdo a las necesidades del servicio y carácter de los mismos. Las armas y municiones serán para uso único y exclusivo de los vigilantes de la empresa prestadora. La cantidad de armas y municiones requeridas es simplemente enunciativa y no limitativa, teniendo la posibilidad de aumentar según la cantidad de vigilantes requeridos para el servicio. En caso de requerimiento de aumento de armas (más de 60), el oferente deberá entregar a la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad lo solicitado en perfecto estado de funcionamiento, en un periodo no mayor a 6 (seis) horas de haber sido notificado el pedido a través de correo electrónico o nota.
Una vez finalizado el contrato, tanto el armamento como las municiones no utilizadas, serán entregadas nuevamente a la empresa proveedora, a través de un acta de entrega entre el oferente y la Sección Supervisión de Control y Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad. El proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley Nº 4036/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc.
CHALECOS ANTIBALAS:
La División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad, recibirá mediante acta como mínimo 25 chalecos antibalas en perfecto estado de funcionamiento con logo de la empresa, de modelo ultra liviano personalizado NIJ III-A: con Polietileno de Ultra Peso molecular aprobado por DIMABEL y Ensayo Balístico realizado por el Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Peso Total del chaleco menor a 3Kg. En caso de ser nacionales certificado del Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Garantía escrita de 5 años de parte del fabricante. En caso de presentar Chaleco importado presentar garantía, certificado y visado por el acuerdo de la Haya.
En caso de requerimiento de aumento de chalecos antibalas (más de 25), el oferente deberá entregar a la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad lo solicitado en perfecto estado de funcionamiento, en un periodo no mayor a 6 (seis) horas de haber sido notificado el pedido a través de correo electrónico o nota.
OBSERVACIÓN:
LOTE 1 Casa Matriz y Oficinas Periféricas
La custodia, entrega y/o distribución, así como la recepción al término de cada misión o servicio de los mismos será responsabilidad de un Coordinador, que una vez realizado la entrega y/o distribución de todos los equipos y armas, cumplirá las funciones de guardia que establezca la Gerencia Departamental de Seguridad, hasta el horario en el cual corresponda volver a recibir dichos equipos y armas, este Coordinador será parte del plantel de la empresa de seguridad asignado al servicio mediante nota con aprobación previa por parte de la Gerencia Departamental de Seguridad, pudiendo la contratante solicitar el cambio del coordinador asignado en caso que fuere necesario. Así también, la empresa deberá prever un coordinador suplemente en caso de ausencia del titular asignado, para el efecto presentará por escrito los datos del coordinador suplente debiendo ser aprobado en forma previa por la Gerencia Departamental de Seguridad.
LOTE 2 AL 5 REGIONALES
ARMAS
La Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (calibre 38, 38 especial ó magnum 357).
Asimismo, la Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (escopeta calibre 12).
La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico de la Institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales, donde lo disponga la Gerencia Departamental de Seguridad.
El proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley Nº 4036/10 "De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines" y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc.
CHALECOS ANTIBALAS:
La Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un chaleco antibalas en perfecto estado de funcionamiento, de modelo ultra liviano personalizado NIJ III-A: con Polietileno de Ultra Peso molecular aprobado por DIMABEL y Ensayo Balístico realizado por el Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Peso Total del chaleco menor a 3Kg. Deberá contener el logo de la empresa. cuyo uso será obligatorio en el desempeño de sus funciones.
LOTE 2 AL 5 REGIONALES
La empresa adjudicada deberá hacerse cargo del resguardo de los armamentos, municiones y chalecos antibalas mencionados precedentemente, pudiendo en caso de necesidad, el BNF facilitar un espacio físico externo en las Sucursales, donde la empresa de seguridad será la encargada de instalar el sitio adecuado para el efecto, con el previo visto bueno de la Gerencia Departamental de Seguridad.
3. UNIFORME: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme con diseño previamente acordado con la División Centro de Operaciones de Seguridad, dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.
La empresa prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, este costo debe ser absorbido por la empresa. Asimismo, no será descontado del salario mensual del vigilante bajo ningún concepto, los gastos que conlleven la expedición y/o renovación del carnet de Delitos Económicos expedido por la por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines del Dpto. Contra Delitos Económicos y Financieros.
En los siguientes cuadros se detalla la composición del uniforme del personal de vigilancia a ser cumplido por el Proveedor (camisa, pantalón, campera, etc.):
CUADRO Nº: 1
Uniforme de Verano |
|||||
Día |
Mixto |
||||
Tipo |
Detalle |
Cantidad por Personal |
Tipo |
Detalle |
Cantidad por Personal |
Camisa |
Mangas cortas |
2 |
Camisa |
Mangas cortas |
2 |
Pantalón |
Vestir |
2 |
Pantalón |
Vestir |
2 |
Calzados |
Vestir |
2 (pares) |
Calzados |
Vestir |
2 (pares) |
CUADRO Nº: 2
Uniforme de Invierno |
|||||
Día |
Mixto |
||||
Tipo |
Detalle |
Cantidad por Personal |
Tipo |
Detalle |
Cantidad por Personal |
Camisa |
Mangas largas |
2 |
Camisa |
Mangas largas |
2 |
Pantalón |
Vestir |
2 |
Pantalón |
Vestir |
2 |
Calzados |
Vestir |
2 (pares) |
Calzados |
Vestir |
2 (pares) |
Campera |
Impermeable PVC recubierto acolchado |
1 |
Campera |
Impermeable PVC recubierto acolchado |
1 |
Observación: los uniformes deberán contar con el logotipo de la empresa prestadora del servicio.
4. SISTEMA DE COMUNICACIÓN:
El dispositivo de control de ronda deberá cumplir mínimamente con los siguientes requisitos:
- Debe incorporar un módulo GSM/GPS/RFID en un solo dispositivo.
- Envío de eventos y ubicación geográfica a la central de monitoreo del oferente.
- Alerta por sabotaje, intento de apertura o apagado al sacar la batería.
- Tecnología A-GPS, para posibilitar su uso tanto en el exterior como en el interior.
- Debe incorporar un acelerómetro para el envío de alerta en tiempo real a la central de monitoreo del oferente y a un celular en caso de caer al piso o que lo tiren (Man Down o Hombre Caído)
- Poseer batería interna con duración mínima de 30 hs. - Funciones de Geocerca (Perímetro), alarma automática si el usuario cruzara la frontera de la zona determinada.
- Capacidad de memoria interna de 1.500 eventos o mayor. - Posibilidad de recibir llamadas y realizar llamadas a números autorizados, altavoz y micrófono interno.
- Botón de pánico/emergencia con posibilidad de realizar llamadas y envío de SMS a un número autorizado. Además, debe ser visualizado como alerta en la central de monitoreo.
- Capacidad de realizar llamadas silenciosas.
5. ACCESORIOS:
- Equipos de comunicación (teléfono móvil), red de radio comunicaciones, elementos de seguridad como cachiporra (tonfa), porta tonfa, silbatos. Cada accesorio requerido será por cada guardia, y deberán ser proveídos por la firma adjudicada.
- Linternas de mano (de luz blanca con tecnología led), para cada vigilante nocturno de manera individual.
- Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el Proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.
El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:
El plan de la prestación de los servicios se realizará durante el mes de domingo a sábado en los horarios indicados más abajo, según la planilla de precios establecida para cada lote:
HORARIO: de domingo a sábado |
06:00 a 18:00 hs. |
07:00 a 19:00 hs. |
19:00 a 07:00 hs. |
APLICA PARA CADA LOTE:
Este horario no es limitativo, sino más bien indicativo, por lo cual podrá variar según las necesidades que determine la Gerencia Departamental de Seguridad, no excediendo el rango horario de 12 horas.
Se conformarán 2 (dos) grupos en horarios diurnos y mixtos en forma rotativa para la cobertura de los días sábados, domingos y feriados.
Todo el plantel de seguridad podrá prestar servicio en cualquiera de los horarios establecidos en la presente, con la simple comunicación de la Gerencia Departamental de Seguridad según necesidad. En base a la disposición de horarios, deberá realizarse la correspondiente Liquidación de Salarios para el pago mensual a los personales.
Observación: El personal contratado estará a cargo y dependerá exclusivamente de la Gerencia Departamental de Seguridad - División de Centro de Operaciones de Seguridad y División de Monitoreo.
Los pagos se realizarán en forma mensual por la cantidad de vigilantes requeridos durante el mes vencido.
Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales
LISTADO DE SUCURSALES Y CAC POR REGIONAL:
LOTE N° 2 AL 5 - REGIONALES
REGIONAL SUR |
Encarnación |
Pilar |
San Ignacio Misiones |
Coronel Bogado |
Hohenau |
San Juan B. Misiones |
Yuty |
CAC Fulgencio Yegros |
San Pedro del Paraná |
Fram |
Capitán Meza |
Santa Rosa Misiones |
CAC Ayolas |
Natalio |
Tomas Romero Pereira |
Mayor Otaño |
REGIONAL NORTE |
Concepción |
Pedro Juan Caballero |
Villa de San Pedro |
San Estanislao |
CAC Guayaibi |
Loma Plata |
Itacurubi del Rosario |
Horqueta |
Villa del Rosario |
Capitán Bado |
Chore |
Sta. Rosa del Aguaray |
CAC Isidoro Resquin |
Yby Yau |
REGIONAL ESTE |
Ciudad del Este |
Salto del Guaira |
Nueva Esperanza |
Juan Leon Mallorquín |
Hernandarias |
CAC Santa Fe del Paraná |
Corpus Christi |
Santa Rita |
Curuguaty |
Juan Eulogio Estigarribia |
Minga Guazú |
San Alberto |
La Paloma |
iItakyry |
Iruña |
Juan Manuel Frutos |
REGIONAL CENTRO |
Villarrica |
CAC Mauricio Jose Troche |
CAC Iturbe |
Coronel Oviedo |
Carapeguá |
San Juan Nepomuceno |
Eusebio Ayala |
Caaguazú |
CAC Yhu |
CAC Repatriación |
Arroyos y Esteros |
Caacupé |
Paraguarí |
Ybycui |
Itacurubi de la Cordillera |
Caazapá |
La Colmena |
Itaugua |
Piribebuy |
Ita |
REGIONAL METROPOLITANA |
San Lorenzo |
Mariano R. Alonso |
CAC Centro Negocios Expo Mariano R. Alonso |
Sajonia |
Ande |
Mercado de Abasto |
Mercado N° 4 |
Luque |
Fernando de la Mora |
Villa Hayes |
Ñemby |
Microcentro |
Villa Morra |
Limpio |
El listado de Oficinas, Sucursales y Centros de Atención al Cliente son enunciativos y no limitativos, podrá realizarse designaciones del personal de seguridad a nuevas Dependencias, Sucursales y Centros de Atención al Cliente, que fueren habilitadas durante la vigencia del contrato como así también el personal podrá ser trasladado a otra ubicación según necesidad determinada por la Gerencia Departamental de Seguridad.
Para la contratación del servicio de transporte de valores, la tripulación no podrá ser inferior a tres tripulantes.
Los vehículos utilizados para el servicio de transporte de valores deberán estar habilitados por el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional verificados y certificados cada año. Para lo cual deberán presentar copia del acta de fiscalización vigente de cada uno de los vehículos.
“Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Para todos los lotes:
Informe de ejecución de servicios.
Serán presentados 24 (veinticuatro) informes
Frecuencia: Mensual.
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Informe |
Informe de ejecución de servicios. |
Durante la ejecución contractual, de acuerdo al plazo establecido en el Plan de Entrega de los servicios, el área administradora del Contrato emitirá Informe de ejecución de servicios, dentro de los 10 primeros días hábiles de cada mes, el cual será exigida/o para los pagos correspondientes. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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