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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
21-08-2024 - 07:54
Fecha de Fin
26-08-2024 - 11:26
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19. 4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
1. Recomendamos a la convocante que para la "etapa de contrato" tenga en cuenta lo establecido en la normativa vigente, art. 79°, 82° del Decreto reglamentario N°9823/23, Resolución DNCP N°15/24, Resolución DNCP N°4401/23 art. 60, la Resolución DNCP N°4400/23, art. 51°, 64° y 70°; y la Circular DNCP N°38/2024.// 2. Se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos incompletos
Descripción
Se verifica que el documento remitido se encuentra incompleto. Se solicita remitir nuevamente.
Comentario
1. [Cuadro comparativo de ofertas]: conforme a lo observado en la planilla de precios, documento de carácter sustancial, y su correspondiente característica; se visualiza que el cuadro comparativo de ofertas no posee la característica correspondiente a "procedencia". Además, considerando que el proceso licitatorio tiene el atributo de "Contrato Abierto", en el cuadro comparativo de ofertas no consignaron el monto mínimo y máximo.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta criterios de evaluación
Descripción
Se verifica en el informe de evaluación que no se encuentran todos los criterios/requisitos de evaluación contemplados en las bases del concurso.
Comentario
1. [Informe de evaluación/ no se visualiza el análisis y evaluación de Capacidad legal]: Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica //2. [Informe de evaluación/ requisito documental para evaluar la capacidad financiera]: De acuerdo al informe expedido por el comité de evaluación, no se visualiza textualmente conforme al pliego de bases y condiciones lo siguiente: Balance General y Estado de Resultados presentados a la SET de los años 2022/ 2023 "(firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py)"// 3. [Informe de evaluación/Experiencia requerida]: En el informe de evaluación expedido por el comité, no se visualiza el análisis y posterior evaluación de criterio correspondiente a la experiencia requerido, de acuerdo a lo estipulado textualmente en el pliego de bases y condiciones: "Demostrar la experiencia en el Servicio de Provisión de Firma Digital con facturaciones de venta, contratos y/o recepciones finales u otros documentos, por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en el presente procedimiento de contratación, de los últimos dos años (2022, 2023). Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año". // 4. [Informe de evaluación/Otros criterios que la convocante requiera]: En el informe de evaluación expedido por el comité, no se visualiza el análisis y posterior evaluación de criterio correspondiente "Otros criterios que la convocante requiera", de acuerdo a lo estipulado textualmente en el pliego de bases y condiciones.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Criterios de evaluación inconsistentes
Descripción
Se verifica que los criterios de evaluaciones analizados en el informe del comité difieren con los criterios establecidos en el PBC/Carta de Invitación.
Comentario
1. [Informe de evaluación/ Documentos inconsistentes]: en el documento expedido por el comité de evaluación [Anexo A], se coteja que evaluaron un documento que no forma parte de las exigencias establecidas en el pliego de bases y condiciones para procedimiento licitatorios regulados por la Ley N° 7021/22. Ref: Declaración Jurada de Art. 40°.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Solicitud de aclaración
Descripción
Solicitamos a la convocante remitir la aclaración respecto a la adjudicación del proceso.
Comentario
Recomendamos a la convocante que, para la etapa de contratos, tenga en cuenta la forma de pago a “plazos” y ajuste la disponibilidad presupuestaría [CDP] para el pago del servicio desde la suscripción del contrato hasta finalizar el presente ejercicio fiscal. Dicha ejecución presupuestaria debe ser coherente considerando el plazo de prestación del servicio.