Datos de la Verificación
Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
26-09-2024 - 15:38
Fecha de Fin
03-10-2024 - 09:45
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
Se le recuerda la vigencia y lo establecido como procedimiento en la Circular DNCP N° 09/2024.//
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos incompletos
Descripción
Se verifica que el documento remitido se encuentra incompleto. Se solicita remitir nuevamente.
Comentario
1)- Resolución de adjudicación: Se observa que la documentación remitida no posee firma de la máxima autoridad, por lo expuesto se solicita ajustarse a lo establecido en el Art. 63- Decreto 9823/23-Inc. b-Art. 59-Res DNCP N° 4401/23.//
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se remiten los anexos
Descripción
Se solicita la remisión de los anexos que mencionan en las documentaciones.
Comentario
2)-Se indica la remisión del cuadro de precios adjudicados, sin embargo no se remite/visualiza dicho documento.//
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
3)-Informe de evaluación: El análisis de precios se realiza aplicando la resolución DNCP N° 1890/20, el cual no aplica a los procedimientos de contratación regulados por Ley 7021/22.//
4)- Se verifica inconsistencias de Montos Totales adjudicados para los proveedores EXIMPAR S.RL y BIOTEC DEL PARAGUAY, por lo que se le solicita a la convocante corroborar ítem por ítem, además considerar la particularidad del procedo,( items cerrados y abiertos), que ciertos ítem cuentan con disminución de cantidades y remitir nuevamente los documentos.//
5)-En el SICP, pestaña Productos Bienes y Servicios, la convocante registra datos en el icono de Fabricante, sin embargo, en el cuadro comparativo de ofertas NO se refleja/expone tales datos.//
6)- El cuadro comparativo de ofertas no cuenta con datos sobre "Fabricante", sin embargo, la "Planilla de Precios del SICP" cuenta con dicho requerimiento.//
7)- Por las observaciones expuestas se le solicita a la convocante corroborar/verificar todos los datos registrados y/o cargados en el SICP, a fin de unificar todas las informaciones.//