Datos de la Verificación
Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
17-02-2025 - 14:32
Fecha de Fin
20-02-2025 - 09:51
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
De conformidad con lo establecido en el Artículo 10 de la Resolución DNCP N°4401/23, las entidades convocantes serán exclusivamente responsables de los procedimientos de contratación que lleven a cabo, de los actos administrativos vinculados a los mismos, del contenido e integridad de los documentos contractuales suscritos, de las cantidades y precios adjudicados, de la regularidad de los pagos efectuados, así como del control, seguimiento y ejecución de los contratos. En este marco, se recuerda a la entidad convocante que es su obligación realizar una correcta imputación presupuestaria, subrayando que, en caso de gestionar de manera errónea dicha imputación, dicha acción podría ser considerada como malversación de fondos presupuestarios, con las consecuencias legales y administrativas que ello implica.
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Solicitud de aclaración
Descripción
Solicitamos a la convocante remitir la aclaración respecto a la adjudicación del proceso.
Comentario
Se indica a la entidad convocante que, para la etapa de contratos, remita el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria correspondiente al ejercicio fiscal del año 2025, ya que el certificado de cumplimiento no procede. Asimismo, se requiere que la convocante realice las modificaciones correspondientes en el Sistema Integrado de Contrataciones Públicas (SICP), específicamente en los apartados de presupuesto, a fin de garantizar la correcta asignación de recursos y el estricto cumplimiento de las normativas vigentes.