Datos de la Verificación
Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
31-07-2023 - 12:55
Fecha de Fin
01-08-2023 - 12:21
Estado
Publicado
Observaciones
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de acta de apertura
Descripción
Verificados los documentos remitidos a través del SICP, se observa que no ha sido remitido el Acta de Apertura. Se solicita la remisión del mencionado documento.
Comentario
Falta remitir el acta de apertura del sobre económico.
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos incompletos
Descripción
Se verifica que el documento remitido se encuentra incompleto. Se solicita remitir nuevamente.
Comentario
En el Informe de Evaluación, Correspondiente al Dictamen Económico de Ofertas Económicas, en el apartado 1- Actas de Apertura de Ofertas técnicas no se explaya la totalidad de oferentes que presentaron oferta técnica y que fueron evaluados en la primera instancia.
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Consultoría basada en calidad y costo
Descripción
De acuerdo a lo que establece la normativa vigente, se indica a la convocante que la fecha de apertura del sobre
económico debe considerar el plazo establecido para la interposición de protesta y se contabiliza desde la fecha de Resolución del sobre técnico.
Comentario
Es necesario que amplíen la justificación de la Declaración Jurada en la que la convocante se hace responsable de la apertura de sobre considerando lo estipulado en el DECRETO 2992/19 ART 103.
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se obtuvieron 3 ofertas en una CD
Descripción
Se indica a la convocante que la normativa vigente establece que en una contratación directa se debe contar con al menos
tres ofertas susceptibles a ser analizadas.
Comentario
Ley 2051/03. Art. 34 inciso c) para llevar a cabo la adjudicación correspondiente, se deberá contar con un mínimo de tres ofertas susceptibles de analizarse técnica y económicamente, atendiendo al tipo de procedimiento de que se trate, salvo que, por la naturaleza de los bienes o los servicios o los fines que se persigan con la contratación, no sea posible contar con el número indicado de oferentes, en cuyo caso, bajo la responsabilidad de la máxima autoridad del organismo, de la entidad o de la municipalidad, se podrá hacer la contratación directa sin necesidad de ese mínimo de ofertas, debiendo en todo caso asegurar al Estado Paraguayo las mejores condiciones de contratación;