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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
joramirez
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
21-08-2023 - 15:55
Fecha de Fin
24-08-2023 - 11:53
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta de DDJJ de apertura con un solo oferente
Descripción
Solicitamos ajustarse a lo establecido en la Res. DNCP N° 483/21 "Por la cual se regula la apertura de las ofertas cuando solo se hubiere presentado una oferta en los procedimientos de Contrataciones Públicas Convencionales en el marco de la Ley N° 2051/03".
Comentario
Se indica a la Convocante que según la normativa mencionada, en su Art. 3° se establece cuanto sigue: Artículo 3º PROCEDIMIENTO APLICABLE Cuando al momento de la realización del Acto de Apertura de Ofertas, se observase que solo se hubiere presentado una oferta, no se realizará el Acto de Apertura de Ofertas ni se abrirá el único sobre presentado, el cual se pondrá a disposición del oferente para su retiro en caso de considerarlo pertinente, y se labrará acta de lo acontecido. En consecuencia, se deberá prorrogar la apertura de las ofertas mediante la emisión de una Adenda. El Acta y la adenda de prórroga deberán ser publicados en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas dentro de los dos días hábiles de la fecha prevista para la realización del Acto de Apertura. La Convocante deberá analizar las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones y en su caso resolver si resulta pertinente la realización de modificaciones a través de la emisión de una adenda, a los efectos de promover la mayor participación de oferentes en el procedimiento licitatorio. “La decisión adoptada en todos los casos, deberá ser comunicada y justificada bajo exclusiva responsabilidad de la Convocante, al momento de comunicar la adjudicación del llamado. El presente procedimiento será aplicable en todas las oportunidades en las que se presentase una sola oferta al Acto de Apertura de Ofertas, independientemente del sistema de adjudicación adoptado”.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta de datos en la Resolución
Descripción
En la Resolución de la máxima autoridad solicitamos indicar: “para personas físicas – el nombre real y el nombre de fantasía. Para el caso de personas jurídicas – el nombre del representante/s legal y el nombre de fantasía” conforme a lo cargado en el SICP – módulo SIPE”, estableciendo claramente el “el monto” y “RUC del proveedor”.
Comentario
Se verifica nuevamente que la Resolución remitida, no cuenta con el RUC del Proveedor. Se recuerda a la Convocante que el RUC sirve para una mejor identificación del proveedor.