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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
adacuna
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
12-09-2023 - 10:54
Fecha de Fin
15-09-2023 - 16:03
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta la remisión de la Resolución de la Junta Municipal
Descripción
Verificados los documentos remitidos a través del SICP no se observa la remisión de la Resolución emitida por la Junta Municipal. Se solicita la remisión del mencionado documento.
Comentario

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Notificación no tiene acuse
Descripción
Verificamos que las notificaciones remitidas no poseen acuse de recibo.
Comentario
1) Para próximos procesos solicitamos proceder conforme lo establece la normativa vigente “…Resuelta la adjudicación, la convocante comunicará a través del SICP …”. (Art. 38 de la Resolución DNCP 5695/19). 2) Para la etapa de la suscripción de contrato: solicitamos a la convocante ajustarse a lo establecido en la Resolución DNCP 3893/2020, artículo 3.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Informe de evaluación ilegible
Descripción
Verificados los documentos remitidos a través del SICP. Se observa que el informe de evaluación remitido es ilegible. Se solicita sea remitido nuevamente el mencionado documento de manera legible.
Comentario
1) Hoja 12 del informe de evaluación "ilegible".

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
1) Se observa que solicita notificación vía SICP, pero se observa que en (Proveedores adjudicados - Datos del contrato – fecha de última notificación), indica fecha determinada. Solicitamos dejar en blanco de modo a evitar que en el proceso consten 2 fechas de notificación.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta de DDJJ de apertura con un solo oferente
Descripción
Solicitamos ajustarse a lo establecido en la Res. DNCP N° 483/21 "Por la cual se regula la apertura de las ofertas cuando solo se hubiere presentado una oferta en los procedimientos de Contrataciones Públicas Convencionales en el marco de la Ley N° 2051/03".
Comentario

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta criterios de evaluación
Descripción
Se verifica en el informe de evaluación que no se encuentran todos los criterios/requisitos de evaluación contemplados en las bases del concurso.
Comentario
1) Solicitamos dejar expresa constancia en el informe del cumplimiento de lo requerido en el PBC (El comité de evaluación deberá corroborar la validez de los certificados ingresando al portal disponible para el efecto, otorgado por el MIC).

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta de datos en la Resolución
Descripción
En la Resolución de la máxima autoridad solicitamos indicar: “para personas físicas – el nombre real y el nombre de fantasía. Para el caso de personas jurídicas – el nombre del representante/s legal y el nombre de fantasía” conforme a lo cargado en el SICP – módulo SIPE”, estableciendo claramente el “el monto” y “RUC del proveedor”.
Comentario
1) En atención a que el presente proceso es de contrato abierto, en la resolución IM, solicitamos indicar precio unitario, cantidad mínima y cantidad máxima, monto mínimo y monto máximo. 2) En el Art. 1, indica Art. 34 Inc. "c", solicitamos ajustar en atención a que el presente proceso no es de contrato abierto.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Criterios de evaluación inconsistentes
Descripción
Se verifica que los criterios de evaluaciones analizados en el informe del comité difieren con los criterios establecidos en el PBC/Carta de Invitación.
Comentario
1) Cuadro hoja 2- informe: indica no aplica, pero en el siguiente cuadro indica (CUMPLE). 2) Informe de evaluación- hoja 5: Margen de preferencia local no corresponde debido a la naturaleza del proceso, ver ley 5210/2014.