Datos de la Verificación
Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Segunda Etapa
Fecha de Solicitud
31-07-2024 - 14:08
Fecha de Fin
05-08-2024 - 16:24
Estado
Observaciones
Tema
INCONSISTENCIAS
Sección
Documentos del SICP
Situación
El Cdp remitido no tiene todas las firmas
Descripción
El CDP remitido no tiene todas las firmas requeridas, correspondientes al responsable de la Unidad de Administración y Finanzas (UAF’s) y/o,
Subunidad de Administración y Finanzas (SUAF’s), de la Unidad de Presupuesto y/o del Control Interno. Se solicita sea subsanada la mencionada inconsistencia.
Comentario
1. En la disponibilidad presupuestaria no se visualiza la firma del responsable de control interno. Adicionalmente, considerando el certificado de disponibilidad presupuestaria N°643/24 y tomando como parámetro la naturaleza de los ítems solicitados ¿Por qué la convocante considero el objeto de gasto 341, conforme al clasificador presupuestario del presente ejercicio fiscal, "Elementos de limpieza"?,. Misma consulta con respecto al Objeto de Gasto 355, "Tintas, pinturas y colorantes"; etc. Por lo tanto, ¿Consideran la convocante acorde la aplicación de dichos objetos de gastos al procedimiento licitatorio encaminado?
Tema
INCONSISTENCIAS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Ciertas cláusulas del contrato difieren con lo establecido en la pro forma de contrato del Pliego de Bases y Condiciones.
Descripción
Cierta/s cláusula/s del contrato/orden de compra remitido difiere/n con lo establecido en la pro forma de contrato/orden de compra
Comentario
1.[Contrato N°14, cláusula/ Identificación del crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del contrato]: se visualiza qué la clausula evidenciada en la proforma de contratos del pliego de bases y condiciones difiere con lo estipulado en en el contrato.// 2. [Contrato N°14, cláusula/ Causales y procedimientos para suspender, terminar o rescindir]. se visualiza que en dicha cláusula se hace referencia al art. 37, inc. k de la ley N°2051/03, en cambio, el presente procedimiento licitatorio inicio con la normativa vigente ley N°7021/22. Por lo tanto, el procedimiento licitatorio debería enmarcarse y adecuarse con la normativa vigente.