Datos de la Verificación
Usuario Verificador
ffarias
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
21-06-2024 - 10:01
Fecha de Fin
26-06-2024 - 14:08
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Solicitamos a la Convocante se sirva indicar NO APLICA en el SICP, considerando que no otorgará anticipo.-
En el SICP, deberá ser el lugar de consultas por lo que solicitamos a la Convocante ajustarse a lo indicado en la Resolución DNCP Nº 4401/23.-
Solicitamos a la Convocante se sirva remitir el Dictamen técnico, establecido en la Resolución Dncp N° 4401/23, modificada por Resolución Dncp N° 453/24, Circular Dncp N° 27/24.-
Recordamos a la Convocante, que el Dictamen técnico deberá estar firmada por la persona responsable de la unidad requirente y el responsable de la UOC.-
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Periodo de Validez de la Garantía
Descripción
Se verifica que el periodo de validez de la garantía de mantenimiento de ofertas establecida en la presente contratación,
no se adecua las Instrucciones a los Oferentes que requieren que la Garantía de Mantenimiento de Ofertas permanezca válida cuanto menos por 30 días posteriores
al período indicado en las DDL correspondiente a la validez de las ofertas, o del período prorrogado
Comentario
En el pbc se indica periodo de validez de mantenimiento de oferta (90) días y periodo de validez de la garantía de mantenimiento de oferta (90) días, al respecto solicitamos a la Convocante ajustarse a lo establecido en la normativa vigente.-
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
En cuanto al informe cuatrimestral, no remiten el Dictamen correspondiente
Descripción
Se verifica que se adjunta un documento distinto al requerido en la reglamentacion vigente, se solicita remitir la documentacion correspondiente.
Res. DNCP N° 313/23.
Comentario
No fue remitido el dictamen cuatrimestral.-
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
En cuanto al informe cuatrimestral, no remiten el Dictamen correspondiente.
Descripción
Se verifica que se adjunta un documento distinto al requerido en la reglamentacion vigente, se solicita remitir la documentacion correspondiente. Res. DNCP N° 286/22.
Comentario
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.