Datos de la Verificación
Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
26-08-2024 - 14:45
Fecha de Fin
28-08-2024 - 14:58
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Reporte de incidencia: no se verifica el ID en base en cual se ha realizado dicho reporte, favor indicar.//
2) Dictamen Técnico de EETT. se reitera la observación anterior. Recordamos a la convocante que el objetivo del mismo es sustentar las especificaciones técnicas del proceso, en el dictamen remitido SOLO se indica que ha sido elaborado por profesionales especializados. Solicitamos ampliar dicho dictamen. Res. 4401/23. La finalidad del dictamen es realizar argumentaciones e indicar las razones o motivos técnicos por los cuales solicitan los requerimientos que componen su base licitatoria. (Circular DNCP 27/24).//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos
o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se
observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del
precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
Se ha tomado conocimiento de la Nota de Reparo sin embargo, se REITERA la observación anterior. Verificado el dictamen de precios referenciales la convocante indica que NO se ha logrado realizar la combinación de fuentes y que solo se ha utilizado potenciales oferentes debido a lo siguiente "las eett de este llamado fueron construidas en base a requerimientos específicos de está Institución", solicitamos que está particularidad sea detallada o ampliada en el dictamen de acuerdo a lo estipulado en la Res. 454/24, ya que indiscutiblemente las eett son realizadas para cada tipo de proceso en especifico por lo que se hace necesario expresar cual sería la particularidad/dificultad/excepcionalidad relacionada al mismo. Así también en lo que respecta a la Nota de Reparo 1660/24 remitida se deja constancia que en NINGÚN momento fue objeto de observación la METODOLOGÍA UTILIZADA "precio más bajo" ni lo relacionado al artículo 240 ya que CLARAMENTE se tiene conocimiento de la Ley 7228. Lo que se observa es la NO combinación de fuentes y la falta de fundamentación al respecto. Favor verificar lo observado a fin de dar continuidad al proceso.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.