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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
10-07-2024 - 10:51
Fecha de Fin
15-07-2024 - 13:56
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Se deja constancia que en la Planificación del proceso se ha indicado como modalidad menor cuantía nacional, sin embargo en la convocatoria se indica Licitación Pública Nacional. Este es un punto de observación del verificador no así uno a subsanar por la convocante.// 2) Teniendo en cuenta que de acuerdo a la planificación se planifico ejecutar la suma de 1.008.087.500 millones (hasta el 2026) y se remite un CDP por valor de 494.837500 solicitamos aclarar como quedaría la ejecución por año a fin de proceder con la verificación de la Constancia de Plurianualidad para el OG 266// 3) Dictamen Técnico de EETT: No se visualiza la firma del encargado de UOC. (Circular 27/24).// 4) Teniendo en cuenta el artículo 264 de la Ley de Presupuesto consultamos a la convocante si el presente proceso se encuentra enmarcado en la excepcionalidad de dicho artículo.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
Verificado el dictamen de precios referenciales se verifica que la convocante indica que no se ha utilizado la combinación de precios de acuerdo a la Res. 454/24 debido a la particularidad del llamado. Sin embargo se verifica en el portal público procesos similares. Así también otro punto a observar es que no se especifica la metodología utilizada es decir precio promedio, precio más bajo, etc.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
En cuanto al informe cuatrimestral, no remiten el Dictamen correspondiente
Descripción
Se verifica que se adjunta un documento distinto al requerido en la reglamentacion vigente, se solicita remitir la documentacion correspondiente. Res. DNCP N° 313/23.
Comentario
Verificada la Planificación del proceso con ID y teniendo en cuenta que el mismo fue planificado para el primer cuatrimestre del 2024 y que la convocatoria de la misma ha sido comunicada en fecha 10/07/2024 (segundo cuatrimestre), solicitamos dar cumplimiento al Art. 3 de la Res. 340/24 en donde se establece que una vez transcurrido el primer cuatrimestre, la convocante deberá remitir un dictamen firmado por el Encargado de la Unidad Operativa de Contrataciones en el cual se expongan las razones que impidieron el cumplimiento de la comunicación del llamado en el plazo previsto.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.