Convocatoria de la Licitación 442982 - LPN N° 04 -2024 - Adquisicion de Muebles para Oficinas de la Sede Central
Buenos Días.
Me pueden facilitar . Colores y dimensiones según proyecto ejecutivo.
Si nos pueden enviar el diseño y los planos con las ubicaciones porfavor.
Desde ya muchas gracias.
18-09-2024
18-09-2024
Convocatoria de la Licitación 442982 - LPN N° 04 -2024 - Adquisicion de Muebles para Oficinas de la Sede Central
Buenos Días.
Me pueden facilitar . Colores y dimensiones según proyecto ejecutivo.
Si nos pueden enviar el diseño y los planos con las ubicaciones porfavor.
Desde ya muchas gracias.
Dentro de los documentos de la convocatoria se encuentran los diseños y proyecto ejecutivo, con toda la información de las dimensiones, colores y demás información complementaria a la establecida en las Especificaciones técnicas del PBC;
Lo podrán ubicar bajo el siguiente nombre de archivo: "aclaracion-66d21baddae16.zip" tipificado como Tipo de Documento: Nota Dirigida Al Director Nacional; ya que no se contaba con tipo de documento similar a la aclaración.
Pueden acceder directamente desde el siguiente Link: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/1ef5e48b-9790-6300-9baf-1793d2951237.html#documentos
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CERTIFICADO DE ORIGEN NACIONAL
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
CONFORME PBC HABILITA LA PRESENTACION DE AUTORIZACION DE FABRICANTE PARA QUE SEAN VALIDOS LOS CERTIFICADOS, PERO EN OTRO APARTADO DEL PBC NO APLICA AUTORIZACION DE FABRICANTE.
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
CONFORME PBC HABILITA LA PRESENTACION DE AUTORIZACION DE FABRICANTE PARA QUE SEAN VALIDOS LOS CERTIFICADOS, PERO EN OTRO APARTADO DEL PBC NO APLICA AUTORIZACION DE FABRICANTE.
Respuesta: El CAH al no requerir en el PBC la Autorización del Fabricante, esto significa que no hay limitación, en que posibles oferentes que no produzcan los bienes puedan presentar ofertas, con la necesidad de demostrar la cadena de autorizaciones desde el fabricante hasta el proveedor que oferta. Lo indicado en el apartado CPEN para consorcios es para el solo efecto de acogerse al beneficio del margen de preferencia nacional, conforme se establece en la ley 4558 y sus reglamentaciones. No debemos de dejar de observar que se encuentra vigente la Nota DGFI N° 26/2017 en la sección Marco Legal; documentos de interés.
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Sistema de Adjudicación
Sistema de AdjudicaciónTotal
POR LA CANTIDAD DE BIENES A PROVEER, EL PLAZO DE ENTREGA SOLICITAMOS MODIFICAR LA FORMA DE ADJUDICACION SEA POR ITEM. FAVOR RECONSIDERAR
Sistema de AdjudicaciónTotal
POR LA CANTIDAD DE BIENES A PROVEER, EL PLAZO DE ENTREGA SOLICITAMOS MODIFICAR LA FORMA DE ADJUDICACION SEA POR ITEM. FAVOR RECONSIDERAR
Respuesta: Mantenemos el sistema de adjudicación por el total por las siguientes justificaciones:
Que, la centralización en un solo proveedor permite una mayor eficiencia y un control más efectivo en la ejecución del contrato. Según el artículo 4 de la Ley N° 7021/22, se promueve la eficiencia en la administración de los recursos públicos y la correcta ejecución de los contratos. Al centralizar la contratación, se reducen las complejidades asociadas con la coordinación de múltiples proveedores, mejorando así el control y supervisión del contrato. Que, manejar un único contrato con un solo proveedor disminuye significativamente los costos administrativos y la carga burocrática. La ley promueve la eficiencia administrativa, y al reducir el número de contratos y la necesidad de coordinar múltiples partes, se optimizan los recursos destinados a la supervisión y control de todo proyecto. Que, en consideración a los derechos y obligaciones de derivan de la formalización contractual, se puede observar el contratista es responsable del cumplimiento del contrato. Con un solo proveedor, la responsabilidad es clara y directa, lo que facilita la gestión de posibles incumplimientos y reclamaciones. Esto asegura una mayor transparencia y claridad en las responsabilidades contractuales, reduciendo los riesgos de conflictos y malentendidos. Que, centralizar la contratación puede generar economías de escala, resultando en costos más bajos y mayor eficiencia en la ejecución del proyecto. Un solo proveedor puede ofrecer mejores precios y condiciones debido a la mayor magnitud del contrato. Además, el proveedor de tiene una visión integral del proyecto, lo que permite una planificación y ejecución más coherente y sinérgica. Que, la fragmentación del proyecto en múltiples lotes puede diluir la responsabilidad y complicar la gestión de riesgos; El artículo 30 de la Ley N° 7021/22 menciona la necesidad de gestionar adecuadamente los riesgos asociados con la contratación pública. Un solo proveedor permite una gestión de riesgos más focalizada y efectiva, ya que la responsabilidad de la ejecución recae en un único ente. En conclusión, y en base a la experiencia de utilización de contratos anteriores, podemos indicar sin lugar a equívocos que adoptar el sistema de adjudicación POR EL TOTAL, se podrá asegurar una calidad uniforme en la adquisición de los bienes solicitados, facilitar la supervisión y control del cumplimiento de los términos contractuales y Se reduce el riesgo de fallos de comunicación y coordinación entre diferentes proveedores, permitiendo un control más eficiente y efectivo de la ejecución del contrato, alineándose con los principios de eficiencia, transparencia y responsabilidad establecidos en la Ley N° 7021/22 de Contrataciones Públicas de Paraguay.
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Autorización del Fabricante
Autorización del Fabricante
Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación:
No aplica
Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios.
La autorización deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. Así también cada autorización debe indicar a que ítem corresponde.
CONFORME PBC NO APLICA AUTORIZACIÓN DE FABRICANTE QUE IMPLICA QUE SOLO FABRICANTES PUEDEN PRESENTARSE. FAVOR ACLARAR O MODIFICAR
Autorización del Fabricante
Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación:
No aplica
Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios.
La autorización deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. Así también cada autorización debe indicar a que ítem corresponde.
CONFORME PBC NO APLICA AUTORIZACIÓN DE FABRICANTE QUE IMPLICA QUE SOLO FABRICANTES PUEDEN PRESENTARSE. FAVOR ACLARAR O MODIFICAR
Respuesta: El CAH al no requerir en el PBC la Autorización del Fabricante, esto significa que no hay limitación, en que posibles oferentes que no produzcan los bienes puedan presentar ofertas, con la necesidad de demostrar la cadena de autorizaciones desde el fabricante hasta el proveedor que oferta.
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plazo de entrega
Dentro de los 30 dias habiles desde la recepcion de la Orden de Compra por parte del Proveedor.
Dentro de los 45 dias habiles desde la recepcion de la Orden de Compra por parte del Proveedor.
CONFORME EXPERIENCIA Y LA FORMA DE ADJUDICACION, EL PLAZO DE ENTREGA ES MUY LIMITADO , EN VISTA QUE ALGUNOS MOBILIARIOS INCLUYE LA COLOCACION IN SITU. FAVOR RECONSIDERAR Y AMPLIAR EL PLAZO DE ENTREGA EN GRENRAL A 60 DIAS HABILES
Dentro de los 30 dias habiles desde la recepcion de la Orden de Compra por parte del Proveedor.
Dentro de los 45 dias habiles desde la recepcion de la Orden de Compra por parte del Proveedor.
CONFORME EXPERIENCIA Y LA FORMA DE ADJUDICACION, EL PLAZO DE ENTREGA ES MUY LIMITADO , EN VISTA QUE ALGUNOS MOBILIARIOS INCLUYE LA COLOCACION IN SITU. FAVOR RECONSIDERAR Y AMPLIAR EL PLAZO DE ENTREGA EN GRENRAL A 60 DIAS HABILES
Dentro de los documentos de la convocatoria se encuentran los diseños y proyecto ejecutivo, con toda la información de las dimensiones, colores y demás información complementaria a la establecida en las Especificaciones técnicas del PBC;
Lo podrán ubicar bajo el siguiente nombre de archivo: "aclaracion-66d21baddae16.zip" tipificado como Tipo de Documento: Nota Dirigida Al Director Nacional; ya que no se contaba con tipo de documento similar a la aclaración.
Pueden acceder directamente desde el siguiente Link: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/1ef5e48b-9790-6300-9baf-1793d2951237.html#documentos
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EXPERIENCIA
Constancia de experiencia en ventas similares de provisión de Equipos Informáticos: verificable mediante contratos y/o facturaciones de provisión de bienes iguales o superiores al 50 % del
monto total de lo ofertado en la presente licitación dentro de los tres (3) últimos años (entiéndase los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023.
Favor reconsiderar experiencia en provision de muebles
Constancia de experiencia en ventas similares de provisión de Equipos Informáticos: verificable mediante contratos y/o facturaciones de provisión de bienes iguales o superiores al 50 % del
monto total de lo ofertado en la presente licitación dentro de los tres (3) últimos años (entiéndase los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023.
Favor reconsiderar experiencia en provision de muebles
Conforme al PBC, las medidas y condiciones estructurales de los items N° 14 "Mueble de Archivo 1" e item N° 15 "Muebles de Archivo 2" son Iguales, por lo que deben remitirse al archivo "MUEBLES ACOTADOS ACTUALIZADO" y contruirlo conforme al proyecto ejecutivo "MUEBLE ARCHIVO 1"
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SOBRE EXPERIENCIA
Constancia de experiencia en ventas similares de provisión de Equipos Informáticos: verificable mediante contratos y/o facturaciones de provisión de bienes iguales o superiores al 50 % del monto total de lo ofertado en la presente licitación dentro de los tres (3) últimos años (entiéndase los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023. Los oferentes deberán presentar la cantidad de contratos y/o facturaciones de venta realizadas con Instituciones Públicas o empresas privadas dentro de los años indicados más arriba para llegar al 50 % solicitado
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE REVER DICHO REQUISITO YA QUE EL LLAMADO CONSISTE EN PROVISION DE MUEBLES.
Constancia de experiencia en ventas similares de provisión de Equipos Informáticos: verificable mediante contratos y/o facturaciones de provisión de bienes iguales o superiores al 50 % del monto total de lo ofertado en la presente licitación dentro de los tres (3) últimos años (entiéndase los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023. Los oferentes deberán presentar la cantidad de contratos y/o facturaciones de venta realizadas con Instituciones Públicas o empresas privadas dentro de los años indicados más arriba para llegar al 50 % solicitado
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE REVER DICHO REQUISITO YA QUE EL LLAMADO CONSISTE EN PROVISION DE MUEBLES.
Se realizo la correccion del mismo. remitase a la Adenda N°01.
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METODO DE ADJUDICACION
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE QUE EL METODO DE ADJUDICACION SEA POR ITEMS O LOTES DEPENDIENDO DE CADA AREA, A FIN DE UNA MAYOR PARTICIPACION DE LAS MIPYMES AL SER UN LLAMADO DE GRAN ENVERGADURA.
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE QUE EL METODO DE ADJUDICACION SEA POR ITEMS O LOTES DEPENDIENDO DE CADA AREA, A FIN DE UNA MAYOR PARTICIPACION DE LAS MIPYMES AL SER UN LLAMADO DE GRAN ENVERGADURA.
Respuesta: Mantenemos el sistema de adjudicación por el total por las siguientes justificaciones:
Que, la centralización en un solo proveedor permite una mayor eficiencia y un control más efectivo en la ejecución del contrato. Según el artículo 4 de la Ley N° 7021/22, se promueve la eficiencia en la administración de los recursos públicos y la correcta ejecución de los contratos. Al centralizar la contratación, se reducen las complejidades asociadas con la coordinación de múltiples proveedores, mejorando así el control y supervisión del contrato. Que, manejar un único contrato con un solo proveedor disminuye significativamente los costos administrativos y la carga burocrática. La ley promueve la eficiencia administrativa, y al reducir el número de contratos y la necesidad de coordinar múltiples partes, se optimizan los recursos destinados a la supervisión y control de todo proyecto. Que, en consideración a los derechos y obligaciones de derivan de la formalización contractual, se puede observar el contratista es responsable del cumplimiento del contrato. Con un solo proveedor, la responsabilidad es clara y directa, lo que facilita la gestión de posibles incumplimientos y reclamaciones. Esto asegura una mayor transparencia y claridad en las responsabilidades contractuales, reduciendo los riesgos de conflictos y malentendidos. Que, centralizar la contratación puede generar economías de escala, resultando en costos más bajos y mayor eficiencia en la ejecución del proyecto. Un solo proveedor puede ofrecer mejores precios y condiciones debido a la mayor magnitud del contrato. Además, el proveedor de tiene una visión integral del proyecto, lo que permite una planificación y ejecución más coherente y sinérgica. Que, la fragmentación del proyecto en múltiples lotes puede diluir la responsabilidad y complicar la gestión de riesgos; El artículo 30 de la Ley N° 7021/22 menciona la necesidad de gestionar adecuadamente los riesgos asociados con la contratación pública. Un solo proveedor permite una gestión de riesgos más focalizada y efectiva, ya que la responsabilidad de la ejecución recae en un único ente. En conclusión, y en base a la experiencia de utilización de contratos anteriores, podemos indicar sin lugar a equívocos que adoptar el sistema de adjudicación POR EL TOTAL, se podrá asegurar una calidad uniforme en la adquisición de los bienes solicitados, facilitar la supervisión y control del cumplimiento de los términos contractuales y Se reduce el riesgo de fallos de comunicación y coordinación entre diferentes proveedores, permitiendo un control más eficiente y efectivo de la ejecución del contrato, alineándose con los principios de eficiencia, transparencia y responsabilidad establecidos en la Ley N° 7021/22 de Contrataciones Públicas de Paraguay.