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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
05-11-2024 - 09:40
Fecha de Fin
07-11-2024 - 15:17
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Se ha tomado conocimiento de la Nota de Reparo sin embargo se reitera el punto relacionado a "se consulta el motivo por el cual no se han consolidado ambos procesos ya que son de bienes similares y el área requirente es la misma "Dirección de Suministro", Ids 457143 y 457145". Teniendo en cuenta lo indicado por la convocante en la Nota de Reparo no se comprende como se agilizarían dos procesos similares en vez de consolidarlos en uno.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente
Comentario
Reporte de Incidencia: recordamos a la convocante que "justificación de contrato abierto" no es una documentación requerida en el marco normativo de la Ley 7021/22, como si lo es el reporte de incidencia de contrato abierto de acuerdo al inciso i del artículo 40 "Documentaciones" de la Res. 4401/23.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificaciones Técnicas podrían estar direccionadas
Descripción
En el Pliego de Bases y Condiciones se establecen especificaciones que podrían encontrarse dirigidas a una marca. Favor justificar suficientemente la existencia de varias marcas que cumplan con las especificaciones técnicas o la necesidad técnica de mantener las especificaciones técnicas bajo exclusiva responsabilidad de la Convocante.
Comentario
Se ha tomado conocimiento de la Nota de Reparo sin embargo se reitera la observación anterior: "Todos los cartuchos deberán ser originales de la marca HP en cada uno de los modelos que corresponde en su totalidad, no se aceptarán productos alternativos o compatibles, ni recargados". Se recuerda así también el artículo 45 de la Ley 7021/22: "En los pliegos de bases y condiciones no se podrá indicar marca específica u otro derecho intelectual exclusivo".//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.