Por la presente solicitamos sean aclarados los motivos por los que fueron incluidos puntos totalmente direccionados los cuales pueden generar la sensación de inseguridad a los oferentes a presentarse.
Excesiva especificidad: El requerimiento de 5 años de experiencia y 2 millones de raciones anuales limita la competencia y favorece a empresas que ya han estado en el programa. La cantidad de raciones solicitada puede ser considerada excesiva para empresas de menor tamaño que podrían igualmente cumplir con los estándares de calidad y servicio. Al exigir una experiencia tan específica, se discrimina a empresas que podrían ofrecer soluciones innovadoras y eficientes, pero que no han tenido la oportunidad de trabajar en proyectos de esta escala.
Subjetividad en la evaluación: Los requisitos relacionados con la sostenibilidad, como la cantidad de personal asegurado (500) y las jornadas de capacitación (50 escuelas), son difíciles de evaluar de manera objetiva y pueden ser utilizados para favorecer a determinados oferentes. Los plazos para presentar las declaraciones juradas y la evidencia de capacitaciones pueden ser demasiado cortos para que las empresas puedan reunir toda la documentación requerida, las empresas que prestan servicio de almuerzo escolar no tienen la obligación de realizar este servicio dentro del contexto de la Ley anterior. En tanto la cantidad de funcionarios contratados que solicita es claramente cumplida por aquellas empresas que ya fueron beneficiadas con las licitaciones de HC.
Sin cuestionar la naturaleza de puntos como "Documentación que demuestre el compromiso del oferente con la prevención de la violencia contra la mujer " Claramente se utilizan estos a fin de direccionar las condiciones de libre competencia con criterios no registrados en el marco legal que rigen a las industrias de alimentos y son puntos subjetivos a cada empresa.
Solicitamos los argumentos por las cuales fueron incluidos estos puntos que entendemos se presta a una mala utilización de los múltiple criterios a fin de direccionar a empresas ya beneficiadas con las licitaciones de Hambre Cero.
Por la presente solicitamos sean aclarados los motivos por los que fueron incluidos puntos totalmente direccionados los cuales pueden generar la sensación de inseguridad a los oferentes a presentarse.
Excesiva especificidad: El requerimiento de 5 años de experiencia y 2 millones de raciones anuales limita la competencia y favorece a empresas que ya han estado en el programa. La cantidad de raciones solicitada puede ser considerada excesiva para empresas de menor tamaño que podrían igualmente cumplir con los estándares de calidad y servicio. Al exigir una experiencia tan específica, se discrimina a empresas que podrían ofrecer soluciones innovadoras y eficientes, pero que no han tenido la oportunidad de trabajar en proyectos de esta escala.
Subjetividad en la evaluación: Los requisitos relacionados con la sostenibilidad, como la cantidad de personal asegurado (500) y las jornadas de capacitación (50 escuelas), son difíciles de evaluar de manera objetiva y pueden ser utilizados para favorecer a determinados oferentes. Los plazos para presentar las declaraciones juradas y la evidencia de capacitaciones pueden ser demasiado cortos para que las empresas puedan reunir toda la documentación requerida, las empresas que prestan servicio de almuerzo escolar no tienen la obligación de realizar este servicio dentro del contexto de la Ley anterior. En tanto la cantidad de funcionarios contratados que solicita es claramente cumplida por aquellas empresas que ya fueron beneficiadas con las licitaciones de HC.
Sin cuestionar la naturaleza de puntos como "Documentación que demuestre el compromiso del oferente con la prevención de la violencia contra la mujer " Claramente se utilizan estos a fin de direccionar las condiciones de libre competencia con criterios no registrados en el marco legal que rigen a las industrias de alimentos y son puntos subjetivos a cada empresa.
Solicitamos los argumentos por las cuales fueron incluidos estos puntos que entendemos se presta a una mala utilización de los múltiple criterios a fin de direccionar a empresas ya beneficiadas con las licitaciones de Hambre Cero.
Respecto a los puntos que componen la multiplicidad de criterios del llamado debemos recalcar: a) el requerimiento de raciones se encuentra plenamente justificado dentro del calculo total de raciones a ser contratadas que para 3 años de servicio se encuentra estipulado en 30.724.320 raciones, por tanto lo solicitado en la presenta licitación no llega ni al 10% del mismo, b) la normativa en cuestión Resol. 053 del CONAE establece una tabla de proporciones de personal requerido en relación a la cantidad de alumnos beneficiados. En el proyecto aprobado por CONAE publicado conjuntamente en el llamado se encuentra claramente expuesto que son 66.885 alumnos beneficiados lo que aproximadamente equivale a 1.800 trabajadoras a ser contratadas. Este volumen significativo implica que el oferente debe acreditar la cantidad requerida para proveer al proyecto de las condiciones de sostenibilidad de haber manejado un volumen importante de personas empleadas en los últimos meses, c) los demás aspectos vinculados a la experiencia en programas similares, tanto las capacitaciones como la prevención de violencia contra la mujer están fundamentados en principios de sostenibilidad social cuyo marco de origen ha sido establecido por el MDS en la licitación con ID 450.421. Los requisitos están calculados conforme a estos criterios y no son restrictivos porque se encuentra en el apartado criterios múltiples no siendo descalificativos.
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Evaluación basada en multiplicidad de criterios
En cuanto a los criterios de: Jornadas de capacitación sobre promoción de la salud y desarrollo de hábitos saludables a alumnos de instituciones educativas “Presentar evidencia de haber realizado capacitaciones a alumnos de instituciones escolares en el presente periodo lectivo como mínimo en 50 (cincuenta) instituciones públicas.” Es otro de los tantos puntos que se va agregando para cada vez excluir más oferentes. En vista a que en todos los procesos de lo que es ALMUERZO, (alimentos) se requería capacitaciones a cocineras (que es lo que nos compete) en BPM emitida por el INAN u otros profesionales capacitados y aptos. Esas jornadas solicitadas por la convocante es responsabilidad del Ministerio de Educación y Ciencias, que deben realizar a través de otros programas no relacionados a la alimentación escolar como el proyecto HAMBRE CERO y que no nos correspondería como proveedores de la gobernación para con las instituciones educativas. Solicitamos a la convocante adecuarse al pliego estándar en cuanto a estos requerimientos limitantes, para así promover la participación de muchas empresas del rubro. Confiamos en que esta revisión contribuirá a un proceso de licitación más justo, transparente y competitivo, permitiendo la participación de una mayor diversidad de oferentes y favoreciendo la selección de la mejor propuesta para el beneficio de la comunidad educativa.
En cuanto a los criterios de: Jornadas de capacitación sobre promoción de la salud y desarrollo de hábitos saludables a alumnos de instituciones educativas “Presentar evidencia de haber realizado capacitaciones a alumnos de instituciones escolares en el presente periodo lectivo como mínimo en 50 (cincuenta) instituciones públicas.” Es otro de los tantos puntos que se va agregando para cada vez excluir más oferentes. En vista a que en todos los procesos de lo que es ALMUERZO, (alimentos) se requería capacitaciones a cocineras (que es lo que nos compete) en BPM emitida por el INAN u otros profesionales capacitados y aptos. Esas jornadas solicitadas por la convocante es responsabilidad del Ministerio de Educación y Ciencias, que deben realizar a través de otros programas no relacionados a la alimentación escolar como el proyecto HAMBRE CERO y que no nos correspondería como proveedores de la gobernación para con las instituciones educativas. Solicitamos a la convocante adecuarse al pliego estándar en cuanto a estos requerimientos limitantes, para así promover la participación de muchas empresas del rubro. Confiamos en que esta revisión contribuirá a un proceso de licitación más justo, transparente y competitivo, permitiendo la participación de una mayor diversidad de oferentes y favoreciendo la selección de la mejor propuesta para el beneficio de la comunidad educativa.
Respecto a los puntos que componen la multiplicidad de criterios del llamado debemos recalcar: a) el requerimiento de raciones se encuentra plenamente justificado dentro del calculo total de raciones a ser contratadas que para 3 años de servicio se encuentra estipulado en 30.724.320 raciones, por tanto lo solicitado en la presenta licitación no llega ni al 10% del mismo, b) la normativa en cuestión Resol. 053 del CONAE establece una tabla de proporciones de personal requerido en relación a la cantidad de alumnos beneficiados. En el proyecto aprobado por CONAE publicado conjuntamente en el llamado se encuentra claramente expuesto que son 66.885 alumnos beneficiados lo que aproximadamente equivale a 1.800 trabajadoras a ser contratadas. Este volumen significativo implica que el oferente debe acreditar la cantidad requerida para proveer al proyecto de las condiciones de sostenibilidad de haber manejado un volumen importante de personas empleadas en los últimos meses, c) los demás aspectos vinculados a la experiencia en programas similares, tanto las capacitaciones como la prevención de violencia contra la mujer están fundamentados en principios de sostenibilidad social cuyo marco de origen ha sido establecido por el MDS en la licitación con ID 450.421. Los requisitos están calculados conforme a estos criterios y no son restrictivos porque se encuentra en el apartado criterios múltiples no siendo descalificativos.
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Evaluación basada en multiplicidad de criterios
En cuanto a los criterios, solicitan requisitos como certificaciones ISO en todas sus versiones en la actualidad queriendo desviar totalmente el objeto de la licitación. Para empresas MIPYME que quieren competir directamente en el llamado, es muy limitante, por la obtención de las certificaciones que requiere de mucha inversión que como pequeñas y medianas se necesita una gran envergadura, tiempo para el proceso y no solo en lo económico, en vista a que estas certificaciones son meramente documentales porque existen antecedentes de empresas multadas y publicadas que tienen todo tipo de certificaciones, e igual incumplen y el servicio brindado deja mucho que desear. El objetivo del estado, en especial de este proyecto “HAMBRE CERO” es promover la participación de empresas en las licitaciones públicas, y al intentar parcializarse y/o direccionarse el pliego, nos excluye desfavorablemente a la mayoría de los proveedores. En el puntaje, este criterio corresponde al 20% del puntaje total, incluso por sobre la calidad que corresponde al 18% y el precio que corresponde al 10%. Por otro lado el ser una MIPYMES tiene un puntaje de tan solo el 2% y el aspecto social de MIPYMES tan solo el 2%. Resulta muy llamativo que ese puntaje que se encuentra dentro del aspecto INNOVACION sea al que se le otorgue la de mayor peso, constatando que está direccionada a una empresa especifica que cumple con ese criterio en el país dentro de los oferentes de almuerzo escolar. Solicitamos a la convocante adecuarse al pliego estándar en cuanto a estos requerimientos limitantes, para así promover la participación de muchas empresas del rubro. Confiamos en que esta revisión contribuirá a un proceso de licitación más justo, transparente y competitivo, permitiendo la participación de una mayor diversidad de oferentes y favoreciendo la selección de la mejor propuesta para el beneficio de la comunidad educativa.
En cuanto a los criterios, solicitan requisitos como certificaciones ISO en todas sus versiones en la actualidad queriendo desviar totalmente el objeto de la licitación. Para empresas MIPYME que quieren competir directamente en el llamado, es muy limitante, por la obtención de las certificaciones que requiere de mucha inversión que como pequeñas y medianas se necesita una gran envergadura, tiempo para el proceso y no solo en lo económico, en vista a que estas certificaciones son meramente documentales porque existen antecedentes de empresas multadas y publicadas que tienen todo tipo de certificaciones, e igual incumplen y el servicio brindado deja mucho que desear. El objetivo del estado, en especial de este proyecto “HAMBRE CERO” es promover la participación de empresas en las licitaciones públicas, y al intentar parcializarse y/o direccionarse el pliego, nos excluye desfavorablemente a la mayoría de los proveedores. En el puntaje, este criterio corresponde al 20% del puntaje total, incluso por sobre la calidad que corresponde al 18% y el precio que corresponde al 10%. Por otro lado el ser una MIPYMES tiene un puntaje de tan solo el 2% y el aspecto social de MIPYMES tan solo el 2%. Resulta muy llamativo que ese puntaje que se encuentra dentro del aspecto INNOVACION sea al que se le otorgue la de mayor peso, constatando que está direccionada a una empresa especifica que cumple con ese criterio en el país dentro de los oferentes de almuerzo escolar. Solicitamos a la convocante adecuarse al pliego estándar en cuanto a estos requerimientos limitantes, para así promover la participación de muchas empresas del rubro. Confiamos en que esta revisión contribuirá a un proceso de licitación más justo, transparente y competitivo, permitiendo la participación de una mayor diversidad de oferentes y favoreciendo la selección de la mejor propuesta para el beneficio de la comunidad educativa.
Respecto a los puntos que componen la multiplicidad de criterios del llamado debemos recalcar: a) el requerimiento de Certificaciones de Calidad se encuentra fundamentado en la necesidad de otorgar al proyecto de las mejoras condiciones de provisión garantizando el adecuado manejo de materias primas para la elaboración de los platos. Se considerada muy importante la debida adecuación a procesos estandarizados para dicho manejo ya que el proyecto es de gran envergadura. los mismos están fundamentados en principios de sostenibilidad social cuyo marco de origen ha sido establecido por el MDS en la licitación con ID 450.421. Los requisitos están calculados conforme a estos criterios y no son restrictivos porque se encuentra en el apartado criterios múltiples no siendo descalificativos. La participación de las MiPymes está garantizada con el margen de preferencia especial del 10% (adicional) y además por la obligatoriedad de las compras de insumos y bienes para los contratados que equivale el 5% de los montos totales adjudicados
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Evaluación basada en multiplicidad de criterios
Lo solicitado en cuanto a la cantidad de los millones de raciones resulta exageradamente llamativa, y dirigido para la experiencia de un solo oferente, limita la igualdad y libre competencia, para las empresas que estamos queriendo tener también una oportunidad en este proyecto denominado HAMBRE CERO. Solicitamos a la convocante adecuarse al pliego estándar en cuanto a estos requerimientos limitantes, para así promover la participación de muchas empresas del rubro. Confiamos en que esta revisión contribuirá a un proceso de licitación más justo, transparente y competitivo, permitiendo la participación de una mayor diversidad de oferentes y favoreciendo la selección de la mejor propuesta para el beneficio de la comunidad educativa
Lo solicitado en cuanto a la cantidad de los millones de raciones resulta exageradamente llamativa, y dirigido para la experiencia de un solo oferente, limita la igualdad y libre competencia, para las empresas que estamos queriendo tener también una oportunidad en este proyecto denominado HAMBRE CERO. Solicitamos a la convocante adecuarse al pliego estándar en cuanto a estos requerimientos limitantes, para así promover la participación de muchas empresas del rubro. Confiamos en que esta revisión contribuirá a un proceso de licitación más justo, transparente y competitivo, permitiendo la participación de una mayor diversidad de oferentes y favoreciendo la selección de la mejor propuesta para el beneficio de la comunidad educativa
Respecto a los puntos que componen la multiplicidad de criterios del llamado debemos recalcar: a) el requerimiento de raciones se encuentra plenamente justificado dentro del calculo total de raciones a ser contratadas que para 3 años de servicio se encuentra estipulado en 30.724.320 raciones, por tanto lo solicitado en la presenta licitación no llega ni al 10% del mismo, b) la normativa en cuestión Resol. 053 del CONAE establece una tabla de proporciones de personal requerido en relación a la cantidad de alumnos beneficiados. En el proyecto aprobado por CONAE publicado conjuntamente en el llamado se encuentra claramente expuesto que son 66.885 alumnos beneficiados lo que aproximadamente equivale a 1.800 trabajadoras a ser contratadas. Este volumen significativo implica que el oferente debe acreditar la cantidad requerida para proveer al proyecto de las condiciones de sostenibilidad de haber manejado un volumen importante de personas empleadas en los últimos meses, c) los demás aspectos vinculados a la experiencia en programas similares, tanto las capacitaciones como la prevención de violencia contra la mujer están fundamentados en principios de sostenibilidad social cuyo marco de origen ha sido establecido por el MDS en la licitación con ID 450.421. Los requisitos están calculados conforme a estos criterios y no son restrictivos porque se encuentra en el apartado criterios múltiples no siendo descalificativos.
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Evaluación basada en multiplicidad de criterios
En cuanto a los criterios, también requieren personales inscriptos en IPS con cierta antigüedad y cantidad, es un indicador arbitrario bajo todo punto de vista, ya que solo una empresa podría contar con esa gran estructura de personal, además si resultare una empresa adjudicada es en ese momento que podrá asegurar a los futuros personales contratados. ¿Cuáles serían los criterios para justificar esa cantidad? ¿Qué relacionamiento tiene con el llamado? Las empresas que solo se dedican al almuerzo escolar, en estas épocas solo tienen personales administrativos funcionando, ya que si hay una adjudicación se conformaría el equipo completo de trabajo, incluyéndolos al IPS. El plantel se hará en su mayoría con personas de la zona indefectiblemente. No es relevante la cantidad específica de personales, solo que la empresa se encuentre inscripta y al día con el seguro social es lo más importante y crucial en esta etapa. Solicitamos a la convocante adecuarse al pliego estándar en cuanto a estos requerimientos limitantes, para así promover la participación de muchas empresas del rubro. Confiamos en que esta revisión contribuirá a un proceso de licitación más justo, transparente y competitivo, permitiendo la participación de una mayor diversidad de oferentes y favoreciendo la selección de la mejor propuesta para el beneficio de la comunidad educativa
En cuanto a los criterios, también requieren personales inscriptos en IPS con cierta antigüedad y cantidad, es un indicador arbitrario bajo todo punto de vista, ya que solo una empresa podría contar con esa gran estructura de personal, además si resultare una empresa adjudicada es en ese momento que podrá asegurar a los futuros personales contratados. ¿Cuáles serían los criterios para justificar esa cantidad? ¿Qué relacionamiento tiene con el llamado? Las empresas que solo se dedican al almuerzo escolar, en estas épocas solo tienen personales administrativos funcionando, ya que si hay una adjudicación se conformaría el equipo completo de trabajo, incluyéndolos al IPS. El plantel se hará en su mayoría con personas de la zona indefectiblemente. No es relevante la cantidad específica de personales, solo que la empresa se encuentre inscripta y al día con el seguro social es lo más importante y crucial en esta etapa. Solicitamos a la convocante adecuarse al pliego estándar en cuanto a estos requerimientos limitantes, para así promover la participación de muchas empresas del rubro. Confiamos en que esta revisión contribuirá a un proceso de licitación más justo, transparente y competitivo, permitiendo la participación de una mayor diversidad de oferentes y favoreciendo la selección de la mejor propuesta para el beneficio de la comunidad educativa
Respecto a los puntos que componen la multiplicidad de criterios del llamado debemos recalcar: a) el requerimiento de raciones se encuentra plenamente justificado dentro del calculo total de raciones a ser contratadas que para 3 años de servicio se encuentra estipulado en 30.724.320 raciones, por tanto lo solicitado en la presenta licitación no llega ni al 10% del mismo, b) la normativa en cuestión Resol. 053 del CONAE establece una tabla de proporciones de personal requerido en relación a la cantidad de alumnos beneficiados. En el proyecto aprobado por CONAE publicado conjuntamente en el llamado se encuentra claramente expuesto que son 66.885 alumnos beneficiados lo que aproximadamente equivale a 1.800 trabajadoras a ser contratadas. Este volumen significativo implica que el oferente debe acreditar la cantidad requerida para proveer al proyecto de las condiciones de sostenibilidad de haber manejado un volumen importante de personas empleadas en los últimos meses, c) los demás aspectos vinculados a la experiencia en programas similares, tanto las capacitaciones como la prevención de violencia contra la mujer están fundamentados en principios de sostenibilidad social cuyo marco de origen ha sido establecido por el MDS en la licitación con ID 450.421. Los requisitos están calculados conforme a estos criterios y no son restrictivos porque se encuentra en el apartado criterios múltiples no siendo descalificativos.
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Evaluación basada en multiplicidad de criterios
En cuanto al criterio de Condiciones de Entrega, se exige contar con móviles propios o alquilados, 5 (cinco) de Senave y 10 (diez) de Senacsa para “garantizar el oportuno abastecimiento en tiempo y forma", resulta sospechoso por la especificidad de la cantidad de vehículos habilitados por cada institución. Esto puede ser algo limitante para una pequeña o mediana empresa para contar con una flota de gran envergadura, sin saber aun si será adjudicado o no, y a partir de lo seguro conformar el equipo de logística, presentando las documentaciones en otra etapa del proceso. Solicitamos a la convocante adecuarse al pliego estándar en cuanto a estos requerimientos limitantes, para así promover la participación de muchas empresas del rubro. Confiamos en que esta revisión contribuirá a un proceso de licitación más justo, transparente y competitivo, permitiendo la participación de una mayor diversidad de oferentes y favoreciendo la selección de la mejor propuesta para el beneficio de la comunidad educativa.
En cuanto al criterio de Condiciones de Entrega, se exige contar con móviles propios o alquilados, 5 (cinco) de Senave y 10 (diez) de Senacsa para “garantizar el oportuno abastecimiento en tiempo y forma", resulta sospechoso por la especificidad de la cantidad de vehículos habilitados por cada institución. Esto puede ser algo limitante para una pequeña o mediana empresa para contar con una flota de gran envergadura, sin saber aun si será adjudicado o no, y a partir de lo seguro conformar el equipo de logística, presentando las documentaciones en otra etapa del proceso. Solicitamos a la convocante adecuarse al pliego estándar en cuanto a estos requerimientos limitantes, para así promover la participación de muchas empresas del rubro. Confiamos en que esta revisión contribuirá a un proceso de licitación más justo, transparente y competitivo, permitiendo la participación de una mayor diversidad de oferentes y favoreciendo la selección de la mejor propuesta para el beneficio de la comunidad educativa.
La cantidad de vehículos se ha establecido considerando las distancias y recorridos de las instituciones beneficiadas (567 instituciones repartidas en 30 distritos con una extensión de 16.525 kms2) que en muchos casos debe hacerse en forma simultanea. Este criterio se ha medido conforme a eventos en contratos anteriores de manera a minimizar el riesgo de dilación en las entregas de los insumos y materias primas con peligro de cadena de frio, etc. El requisito no es limitativo porque solo se encuentra en la Sección Criterios Múltiples no siendo el proveedor pasible de descalificación.
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Especificaciones Técnicas
En las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, en la página 19, composición del menú en el ítem 4.3 Periodo de distribución de los alimentos sólidos, dice… La distribución de los alimentos sólidos se realizará de manera Mensual. Esto incluye a la chipita, torta de miel de caña, palito y miel de abeja. Se tendrá en cuenta el periodo de vencimiento del producto en un plazo de 3 meses…; existe una discordancia al solicitar miel de abeja y torta de miel de caña en lugar de galletita dulce con harina de avena y turrón de maní; esto teniendo en cuenta que en el menú cíclico de la Autorización del Ministerio de Desarrollo Social figuran los productos Galletita dulce con harina de avena y turrón de maní. Debería la Convocante realizar las modificaciones en el Pliego de Bases y Condiciones a los efectos de que figure correctamente el producto Galletita Dulce con harina de avena 30 g. y turrón de maní o realizar las aclaraciones pertinentes, de manera a realizar una correcta oferta.
En las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, en la página 19, composición del menú en el ítem 4.3 Periodo de distribución de los alimentos sólidos, dice… La distribución de los alimentos sólidos se realizará de manera Mensual. Esto incluye a la chipita, torta de miel de caña, palito y miel de abeja. Se tendrá en cuenta el periodo de vencimiento del producto en un plazo de 3 meses…; existe una discordancia al solicitar miel de abeja y torta de miel de caña en lugar de galletita dulce con harina de avena y turrón de maní; esto teniendo en cuenta que en el menú cíclico de la Autorización del Ministerio de Desarrollo Social figuran los productos Galletita dulce con harina de avena y turrón de maní. Debería la Convocante realizar las modificaciones en el Pliego de Bases y Condiciones a los efectos de que figure correctamente el producto Galletita Dulce con harina de avena 30 g. y turrón de maní o realizar las aclaraciones pertinentes, de manera a realizar una correcta oferta.
Tener en consideración que el periodo referido corresponde a cualquiera sea el alimento sólido a distribuir, por tanto, remitirse al cumplimiento del PBC.
8
Planilla de Precio
Respecto a la planilla de precios en la columna “Características” solicita sea completado el Fabricante y la Procedencia; en atención a que el llamado corresponde a un servicio para la provisión de desayuno, merienda, cena y almuerzo. Para el caso del desayuno/merienda en donde dice fabricante debería de figurar el nombre de la empresa ofertante? o cada uno de los fabricantes de los productos ofertados. Favor aclarar si debemos de completar con el nombre de la empresa o con la de cada uno de los fabricantes de los productos, esto de manera a realizar una correcta oferta de acuerdo a lo requerido por la Convocante.
Respecto a la planilla de precios en la columna “Características” solicita sea completado el Fabricante y la Procedencia; en atención a que el llamado corresponde a un servicio para la provisión de desayuno, merienda, cena y almuerzo. Para el caso del desayuno/merienda en donde dice fabricante debería de figurar el nombre de la empresa ofertante? o cada uno de los fabricantes de los productos ofertados. Favor aclarar si debemos de completar con el nombre de la empresa o con la de cada uno de los fabricantes de los productos, esto de manera a realizar una correcta oferta de acuerdo a lo requerido por la Convocante.
corresponde al llenado del nombre del que proveerá el servicio.
9
Experiencia Requerida
El Pliego de Bases y Condiciones establece que, con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, deberán cumplirse los siguientes índices:
1. Acreditar que la actividad comercial, industrial o de servicios del oferente está vinculada a la comercialización o producción de alimentos para personas.
2. Demostrar experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos bajo la modalidad de cocinado en instituciones educativas para colectividades públicas o privadas. Esta experiencia debe ser por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, acumulado en los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.
3. Presentar contratos, facturas y constancias de buen cumplimiento de los contratos ejecutados para respaldar dicha experiencia.
4. No serán válidas como experiencia las subcontrataciones.
5. Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, sin ser necesaria la presentación del porcentaje por cada año.
El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) establece como requisito que la experiencia de los oferentes se limite exclusivamente a la elaboración y distribución de alimentos frescos en instituciones educativas. Esta disposición es altamente restrictiva y carece de una justificación técnica válida, lo que genera una barrera desproporcionada y arbitraria que vulnera los principios fundamentales de la contratación pública.
En primer lugar, es importante destacar que la provisión de alimentos en general, ya sea para instituciones educativas, hospitales, programas sociales o colectividades privadas, implica el manejo de procesos técnicos, logísticos y operativos que son esencialmente equivalentes. Los estándares de calidad, la capacidad para gestionar el almacenamiento, distribución y entrega de alimentos, así como la planificación y ejecución de estas operaciones, son equivalentes entre diferentes contextos. Limitar la experiencia exclusivamente al ámbito de las instituciones educativas no responde a una necesidad operativa inherente al contrato, sino que constituye una barrera arbitraria que restringe la participación de oferentes con igual o mayor capacidad técnica.
Además, esta limitación excluye automáticamente a empresas con amplia trayectoria en otros sectores igualmente exigentes, como hospitales o programas sociales, que cumplen con altos estándares de calidad y logística. Por ejemplo, una empresa que ha gestionado exitosamente la provisión de alimentos programas sociales no podría calificar bajo este requisito, a pesar de contar con la infraestructura, el conocimiento y la experiencia necesaria para cumplir con el objeto del contrato. Esto reduce injustificadamente el espectro de oferentes, nos impide participar tanto a nosotros como a muchas otras empresas que contamos con el volumen de facturación en provisión de alimentos en general, limitando la competencia y, potencialmente, incrementando los costos para el Estado.
Por lo tanto, solicitamos su modificación e incluir la acreditación de la experiencia con la provisión de alimentos en general.
El Pliego de Bases y Condiciones establece que, con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, deberán cumplirse los siguientes índices:
1. Acreditar que la actividad comercial, industrial o de servicios del oferente está vinculada a la comercialización o producción de alimentos para personas.
2. Demostrar experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos bajo la modalidad de cocinado en instituciones educativas para colectividades públicas o privadas. Esta experiencia debe ser por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, acumulado en los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.
3. Presentar contratos, facturas y constancias de buen cumplimiento de los contratos ejecutados para respaldar dicha experiencia.
4. No serán válidas como experiencia las subcontrataciones.
5. Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, sin ser necesaria la presentación del porcentaje por cada año.
El Pliego de Bases y Condiciones (PBC) establece como requisito que la experiencia de los oferentes se limite exclusivamente a la elaboración y distribución de alimentos frescos en instituciones educativas. Esta disposición es altamente restrictiva y carece de una justificación técnica válida, lo que genera una barrera desproporcionada y arbitraria que vulnera los principios fundamentales de la contratación pública.
En primer lugar, es importante destacar que la provisión de alimentos en general, ya sea para instituciones educativas, hospitales, programas sociales o colectividades privadas, implica el manejo de procesos técnicos, logísticos y operativos que son esencialmente equivalentes. Los estándares de calidad, la capacidad para gestionar el almacenamiento, distribución y entrega de alimentos, así como la planificación y ejecución de estas operaciones, son equivalentes entre diferentes contextos. Limitar la experiencia exclusivamente al ámbito de las instituciones educativas no responde a una necesidad operativa inherente al contrato, sino que constituye una barrera arbitraria que restringe la participación de oferentes con igual o mayor capacidad técnica.
Además, esta limitación excluye automáticamente a empresas con amplia trayectoria en otros sectores igualmente exigentes, como hospitales o programas sociales, que cumplen con altos estándares de calidad y logística. Por ejemplo, una empresa que ha gestionado exitosamente la provisión de alimentos programas sociales no podría calificar bajo este requisito, a pesar de contar con la infraestructura, el conocimiento y la experiencia necesaria para cumplir con el objeto del contrato. Esto reduce injustificadamente el espectro de oferentes, nos impide participar tanto a nosotros como a muchas otras empresas que contamos con el volumen de facturación en provisión de alimentos en general, limitando la competencia y, potencialmente, incrementando los costos para el Estado.
Por lo tanto, solicitamos su modificación e incluir la acreditación de la experiencia con la provisión de alimentos en general.
Se requiere que el oferente presente experiencia en el rubro especifico a ser proveído por el alto grado de complejidad que requiere el servicio en el manejo de recursos, componentes, personas y logística, lo que conlleva un alto grado de especialización en el ramo. Recordar que en la modalidad de cocinando en las instituciones no solo se manipulan alimentos en general sino que se mezclan productos envasados con crudos, secos, congelados/refrigerados y además se procesan los alimentos hasta el consumidor final, cuya particularidad se centraliza en niños/as de corta edad regularmente en estado de desnutrición por pertenecer a comunidades donde predomina la pobreza (esta es la característica principal de la alimentación escolar en el interior del país). Remitirse al cumplimiento del PBC.
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MULTIPLICIDAD DE CRITERIOS
La Suma Combinada de Factores Restrictivos: Una Configuración Diseñada para Favorecer a un Único Adjudicatario
El análisis exhaustivo del sistema de evaluación contenido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) revela un diseño estructural que concentra el puntaje en criterios restrictivos, destinados a beneficiar exclusivamente a una empresa con características específicas. Este diseño no solo limita la libre competencia, sino que neutraliza la relevancia del precio como factor decisivo, configurando un direccionamiento que afecta gravemente la transparencia y la igualdad en el proceso licitatorio.
La situación se agrava en un sistema de adjudicación por lotes, donde la falta de proporcionalidad en las exigencias multiplica las barreras de entrada para nuevos oferentes.
El sistema de evaluación otorga 40 puntos combinados a criterios restrictivos, mientras que el precio más bajo, que debería ser determinante en la adjudicación, recibe únicamente 10 puntos. Este desequilibrio en la distribución del puntaje favorece abiertamente a una empresa preseleccionada, capaz de cumplir con criterios excesivos y ajenos al objeto principal del contrato.
Criterios Restrictivos Analizados
Criterio Parametros De Evaluacion Requisitos De Acreditacion Valor Por Atributo
Condiciones técnicas. Contar con un depósito para la gestión de los alimentos (materias primas, insumos y productos terminados) dentro del departamento de la Convocante de manera a demostrar la capacidad de ejecución en tiempo y forma en todas las instituciones beneficiadas. 1) Patente Comercial rubro Alimentos, 2) Registro de Establecimiento Cat. 17 de INAN, 3) Certificado BPA de INAN. 8
Experiencia del oferente o de su equipo de trabajo Demostrar la experiencia en provisión de almuerzo escolar en la modalidad cocinando en instituciones públicas con contratos acompañados de sus correspondientes facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% en sumatoria como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los 5 últimos años (2019, 2020, 2021, 2022 y 2023). Copias de contratos ejecutados y/o facturación con recepciones finales cuyos montos hayan sido declarados ante el fisco. No serán válidas como experiencia las subcontrataciones 5
Experiencia Específica Experiencia en la provisión de almuerzo escolar en instituciones educativas públicas en modalidad cocinando. Demostrar una experiencia mínima de cinco años con un volumen anual mínimo de dos millones de raciones durante los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 Podrán presentarse la cantidad de contratos y/o facturaciones, con sus respetivas recepciones finales en la cantidad que fuere necesaria para acreditar el volumen. 15
Condiciones de entrega del bien, servicio u obra publica Contar con suficiente cantidad de móviles propios y/o alquilados para reparto 5 (cinco) de Senave y 10 (diez) de Senacsa para garantizar el oportuno abastecimiento en tiempo y forma 1) Habilitación Municipal, 2) Dinatran, 3) Senave y/o 4) Senacsa 5
Aspectos de sostenibilidad ambiental, económico y social Jornadas de capacitación sobre promoción de la salud y desarrollo de hábitos saludables a alumnos de instituciones educativas Presentar evidencia de haber realizado capacitaciones a alumnos de instituciones escolares en el presente periodo lectivo como mínimo en 50 (cincuenta) instituciones públicas. 5
Aspectos de sostenibilidad ambiental, económico y social Cantidad de personal inscripto en IPS con antigüedad mínima de 4 meses anteriores a la fecha de presentación de ofertas - 500 (quinientos) trabajadores asegurados en promedio. Declaraciones juradas de salarios presentadas al IPS, de los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de presentación de ofertas 10
Estos requisitos no solo excluyen a la mayoría de los oferentes, sino que garantizan que únicamente las empresas que se perpetuaron en los contratos de provisión de alimentación escolar publica sean capaces de calificar competitivamente, lo que contraviene los principios fundamentales de igualdad y libre competencia.
La Irrelevancia del Precio: Una Distorsión del Proceso Licitatorio
El precio, que debería ser el principal factor de decisión en cualquier contratación pública, queda relegado a un rol secundario. Con apenas 10 puntos asignados, el precio más bajo no puede competir contra los 40 puntos acumulados por los criterios restrictivos.
Incluso si un oferente presenta una oferta significativamente más económica, no podrá superar la barrera de puntaje establecida por los criterios restrictivos. Esto propicia que el contrato será adjudicado a la empresa que cumpla con los criterios diseñados a su medida, incluso si su propuesta económica es menos ventajosa para el Estado.
La Falta de Proporcionalidad en el Sistema de Adjudicación por Lotes
En un sistema de adjudicación por lotes, las exigencias deben ajustarse proporcionalmente a la escala de cada lote. Sin embargo, el PBC aplica criterios uniformes que ignoran las necesidades reales de los lotes más pequeños, impidiendo la participación de oferentes que podrían cumplir eficientemente con estos contratos.
Por ejemplo:
• La exigencia de contar con 15 vehículos habilitados no es razonable para lotes pequeños que no requieren una logística tan extensa.
• El requisito de 600 trabajadores en IPS no guarda relación con las necesidades operativas de lotes menores. Ademas, no se puede aplicar esta totalidad de trabajadores considerando que la adjudicación es por lotes, cuyas cantidades son mucho menores.
Esta falta de proporcionalidad elimina cualquier posibilidad de competencia real, consolidando un monopolio implícito que perjudica tanto al Estado como a los oferentes legítimos.
Evidencia de Direccionamiento y Monopolización del Proceso
El diseño actual no es un error técnico ni un descuido administrativo, sino una maniobra premeditada para favorecer a una empresa en particular. Esta conclusión se fundamenta en:
• La configuración desproporcionada del puntaje, que garantiza una ventaja insuperable a la empresa previamente beneficiada.
• La exclusión nuevos oferentes, quienes no pueden cumplir con criterios diseñados para operaciones a gran escala.
• La irrelevancia del precio, que convierte al proceso en un mero formalismo, sin competencia efectiva.
El resultado es un sistema que direcciona la adjudicación hacia un adjudicatario predeterminado, comprometiendo la transparencia y la eficiencia del proceso.
Para garantizar un proceso justo, competitivo y transparente, solicitamos las siguientes modificaciones al PBC:
1. Incrementar el peso del precio a un mínimo de 40 puntos, priorizando la relación calidad-costo como factor determinante.
2. Reducir la ponderación de los criterios restrictivos, ajustándolos a niveles proporcionales según el tamaño de los lotes.
3. Eliminar requisitos innecesarios o ajenos al objeto del contrato.
4. Alinear las exigencias logísticas con la escala de los lotes, permitiendo la participación de MIPYMES y nuevos oferentes proveedores de productos alimenticios en general.
La Suma Combinada de Factores Restrictivos: Una Configuración Diseñada para Favorecer a un Único Adjudicatario
El análisis exhaustivo del sistema de evaluación contenido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) revela un diseño estructural que concentra el puntaje en criterios restrictivos, destinados a beneficiar exclusivamente a una empresa con características específicas. Este diseño no solo limita la libre competencia, sino que neutraliza la relevancia del precio como factor decisivo, configurando un direccionamiento que afecta gravemente la transparencia y la igualdad en el proceso licitatorio.
La situación se agrava en un sistema de adjudicación por lotes, donde la falta de proporcionalidad en las exigencias multiplica las barreras de entrada para nuevos oferentes.
El sistema de evaluación otorga 40 puntos combinados a criterios restrictivos, mientras que el precio más bajo, que debería ser determinante en la adjudicación, recibe únicamente 10 puntos. Este desequilibrio en la distribución del puntaje favorece abiertamente a una empresa preseleccionada, capaz de cumplir con criterios excesivos y ajenos al objeto principal del contrato.
Criterios Restrictivos Analizados
Criterio Parametros De Evaluacion Requisitos De Acreditacion Valor Por Atributo
Condiciones técnicas. Contar con un depósito para la gestión de los alimentos (materias primas, insumos y productos terminados) dentro del departamento de la Convocante de manera a demostrar la capacidad de ejecución en tiempo y forma en todas las instituciones beneficiadas. 1) Patente Comercial rubro Alimentos, 2) Registro de Establecimiento Cat. 17 de INAN, 3) Certificado BPA de INAN. 8
Experiencia del oferente o de su equipo de trabajo Demostrar la experiencia en provisión de almuerzo escolar en la modalidad cocinando en instituciones públicas con contratos acompañados de sus correspondientes facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% en sumatoria como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los 5 últimos años (2019, 2020, 2021, 2022 y 2023). Copias de contratos ejecutados y/o facturación con recepciones finales cuyos montos hayan sido declarados ante el fisco. No serán válidas como experiencia las subcontrataciones 5
Experiencia Específica Experiencia en la provisión de almuerzo escolar en instituciones educativas públicas en modalidad cocinando. Demostrar una experiencia mínima de cinco años con un volumen anual mínimo de dos millones de raciones durante los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 Podrán presentarse la cantidad de contratos y/o facturaciones, con sus respetivas recepciones finales en la cantidad que fuere necesaria para acreditar el volumen. 15
Condiciones de entrega del bien, servicio u obra publica Contar con suficiente cantidad de móviles propios y/o alquilados para reparto 5 (cinco) de Senave y 10 (diez) de Senacsa para garantizar el oportuno abastecimiento en tiempo y forma 1) Habilitación Municipal, 2) Dinatran, 3) Senave y/o 4) Senacsa 5
Aspectos de sostenibilidad ambiental, económico y social Jornadas de capacitación sobre promoción de la salud y desarrollo de hábitos saludables a alumnos de instituciones educativas Presentar evidencia de haber realizado capacitaciones a alumnos de instituciones escolares en el presente periodo lectivo como mínimo en 50 (cincuenta) instituciones públicas. 5
Aspectos de sostenibilidad ambiental, económico y social Cantidad de personal inscripto en IPS con antigüedad mínima de 4 meses anteriores a la fecha de presentación de ofertas - 500 (quinientos) trabajadores asegurados en promedio. Declaraciones juradas de salarios presentadas al IPS, de los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de presentación de ofertas 10
Estos requisitos no solo excluyen a la mayoría de los oferentes, sino que garantizan que únicamente las empresas que se perpetuaron en los contratos de provisión de alimentación escolar publica sean capaces de calificar competitivamente, lo que contraviene los principios fundamentales de igualdad y libre competencia.
La Irrelevancia del Precio: Una Distorsión del Proceso Licitatorio
El precio, que debería ser el principal factor de decisión en cualquier contratación pública, queda relegado a un rol secundario. Con apenas 10 puntos asignados, el precio más bajo no puede competir contra los 40 puntos acumulados por los criterios restrictivos.
Incluso si un oferente presenta una oferta significativamente más económica, no podrá superar la barrera de puntaje establecida por los criterios restrictivos. Esto propicia que el contrato será adjudicado a la empresa que cumpla con los criterios diseñados a su medida, incluso si su propuesta económica es menos ventajosa para el Estado.
La Falta de Proporcionalidad en el Sistema de Adjudicación por Lotes
En un sistema de adjudicación por lotes, las exigencias deben ajustarse proporcionalmente a la escala de cada lote. Sin embargo, el PBC aplica criterios uniformes que ignoran las necesidades reales de los lotes más pequeños, impidiendo la participación de oferentes que podrían cumplir eficientemente con estos contratos.
Por ejemplo:
• La exigencia de contar con 15 vehículos habilitados no es razonable para lotes pequeños que no requieren una logística tan extensa.
• El requisito de 600 trabajadores en IPS no guarda relación con las necesidades operativas de lotes menores. Ademas, no se puede aplicar esta totalidad de trabajadores considerando que la adjudicación es por lotes, cuyas cantidades son mucho menores.
Esta falta de proporcionalidad elimina cualquier posibilidad de competencia real, consolidando un monopolio implícito que perjudica tanto al Estado como a los oferentes legítimos.
Evidencia de Direccionamiento y Monopolización del Proceso
El diseño actual no es un error técnico ni un descuido administrativo, sino una maniobra premeditada para favorecer a una empresa en particular. Esta conclusión se fundamenta en:
• La configuración desproporcionada del puntaje, que garantiza una ventaja insuperable a la empresa previamente beneficiada.
• La exclusión nuevos oferentes, quienes no pueden cumplir con criterios diseñados para operaciones a gran escala.
• La irrelevancia del precio, que convierte al proceso en un mero formalismo, sin competencia efectiva.
El resultado es un sistema que direcciona la adjudicación hacia un adjudicatario predeterminado, comprometiendo la transparencia y la eficiencia del proceso.
Para garantizar un proceso justo, competitivo y transparente, solicitamos las siguientes modificaciones al PBC:
1. Incrementar el peso del precio a un mínimo de 40 puntos, priorizando la relación calidad-costo como factor determinante.
2. Reducir la ponderación de los criterios restrictivos, ajustándolos a niveles proporcionales según el tamaño de los lotes.
3. Eliminar requisitos innecesarios o ajenos al objeto del contrato.
4. Alinear las exigencias logísticas con la escala de los lotes, permitiendo la participación de MIPYMES y nuevos oferentes proveedores de productos alimenticios en general.
En análisis exhaustivo debe incluir los preceptos incluidos en la nueva Ley 7021 cuyos principios rectores fundamentan el presente llamado, tal es así que en su Art. 4 inc. o) se establece el principio de Valor por Dinero de cuya lectura se puede apreciar que la contratación debe ceñirse por la satisfacción adecuada de las necesidades de las instituciones públicas y de la ciudadanía y la mejor relación costo beneficio en las adquisiciones lo que significa en la lectura comprensiva que los criterios requeridos buscan primero satisfacer con la suficiente calidad el servicios a ser adquirido sin darle una exclusiva dedicación al aspecto precio. Es así que la Convocante a establecido criterios que pretenden garantizar este principio rector por tanto a cuidado en los criterios múltiples (que no son descalificativos) que se pueda acreditar (no es obligatorio) contar con medios estructurales como un deposito debidamente habilitado y obviamente con una experiencia ajustada al objeto del llamado. Por lo expuesto, remitirse al cumplimiento del PBC.