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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
cramos
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
13-12-2024 - 12:24
Fecha de Fin
17-12-2024 - 10:24
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) PBC - Inspecciones y pruebas: Indican " El Comité de Evaluación en la etapa de evaluación notificara a los oferentes, dia,fecha, hora y lugar en la que deberán presentar un ejemplar de cada bien solicitado ...". sin embargo, en el Muestras indican NO APLICA. Favor unificar criterio.// 2) PBC - Muestras: Solicitamos a la convocante indicar en el apartado MUESTRAS, las pruebas e inspecciones a realizar en el producto en la etapa de evaluacion, es decir, INDICAR como medirán la calidad del producto, en cuanto a la durabilidad, la apariencia,la capacidad de resistencia en cuanto al peso y si el mismo posee alguna falla/s, aclarar como descalificaría si resulta que el producto se encuentra con defecto.// 3) Modelo de Contrato- Administración del Contrato: Indican " LIC. GONZALO DE JESUS MELGAREJO AYALA". Recordamos a la convocante que entre las funciones de la UOC no está establecido ser administrador de contrato. A fin de evitar inconvenientes posteriores y por prudencia administrativa, sugerimos a la convocante indicar tambien en el punto el departamento y/o dependencia encargada de administrar el contrato.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario
Considerando la modalidad del proceso MENOR CUANTIA, la fecha tope de consulta establecida no se ajusta a los 3 días indicados en la normativa vigente. Art. 50 – Resolución DNCP N°4401/23.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta Constancia Ad Referendum
Descripción
Solicitamos a la convocante que remita la Constancia Ad Referéndum de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente.
Comentario
REITERACION: Se solicita a la Convocante remitir la Ordenanza de la Junta Municipal, donde se aprueba el Presupuesto General 2025.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.