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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
06-02-2025 - 09:54
Fecha de Fin
11-02-2025 - 11:24
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Mencionan NO APLICA a criterios en cuanto a la capacidad técnica
Descripción
Consultamos a la convocante el motivo por el cual no estiman necesaria la evaluacion de dicha capacidad, atendiendo a la naturaleza y las caracteristicas del proceso.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Formas y condiciones de pago: Favor suprimir "... Conforme a las establecidas en la LEY 7228/2023, en su Art. 277: Durante el Ejercicio Fiscal del año 2024, la tasa fijada en el articulo 63 en la Ley 7021/2022" DE SUMINISTRO Y CONTRTACIONES PUBLICAS" del 0,4% (cero coma cuatro por ciento), para la contribución de las contrataciones Publicas (SICP), se Fijara en 0,5% (cero coma cinco porciento). La recaudación correspondiente a la diferencia del 0,1% (cero coma un porciento) se destinara al financiamiento del Presupuesto del Ministerio de la Defensa Publica y del Ministerio de Justicia. Los Montos resultantes del 0,1% (cero coma uno porciento)que sean retenidos por las contratantes en el concepto señalado en el párrafo anterior, deberán ser depositados en la cuenta habilitada a tal efecto a nombre del Ministerio de la Defensa Publica y del ministerio de Justicia, en el Banco Central del Paraguay (BCP) dentro del plazo de tres días hábiles de efectuada la retención, para los organismos y Entidades de la Administración central y Descentralizada, y en el plazo de treinta días calendario para los municipios, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 1535/1999 "DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO". INDICAR el Art. 63 de la Ley N° 7021/22.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.
Comentario
item 5: Hay discrepancia en la cantdad indicad en el PBC (700 unidades) y lo cargado en el sistema (650 unidades). Favor unificar.// item 10: Hay discrepancia en la cantdad indicad en el PBC (50 unidades) y lo cargado en el sistema (48 unidades). Favor unificar.// item 13: Hay discrepancia en la cantdad indicad en el PBC (300 unidades) y lo cargado en el sistema (250 unidades). Favor unificar.// item 5: Hay discrepancia en la cantdad indicad en el PBC (100 unidades) y lo cargado en el sistema (50 unidades). Favor unificar.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
Observamos que el codigo de catalogo (12191601-9995), no se encuentra vinculado al Objeto de Gasto utilizado en el CDP ( O.G. 341 354). Le recordamos los Art. 16 y 17 de la Resolucion DNCP N° 4401

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Los bienes deben ser adquiridos a través de la tienda virtual
Descripción
En virtud de la Resolución DNCP N° 1399/20 se solicta que los bienes sean adquiridos a través de la Tienda Virtual
Comentario
Considerando que varios productos se encuentran en la tienda, favor remitir la correspondiente Declaracion jurada.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.