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Datos de la Convocatoria

Características Especiales
Contrato Abierto
ID de Licitación
313906
Nombre de la Licitación
CONTRATACION POR EXCEPCION N° 02/2016 - ADQUISICION DE MATERIALES PARA LA ELABORACION DE MEZCLA ASFALTICA Y MATERIALES DE CONSTRUCCION - EMERGENCIA VIAL
Convocante
Municipalidad de Luque
Categoría
18 - Materiales e insumos eléctricos, metálicos y no metálicos, Plásticos, cauchos. Repuestos, herramientas, cámaras y cubiertas.
Unidad de Contratación
Uoc Luque
Tipo de Procedimiento
CE - Contratación por Excepción
Monto Estimado
₲ 3.334.599.996
Porcentaje de Garantía de Mantenimiento de Ofertas
5%
Tipo de Garantía
Póliza
Estado
Adjudicada
Fecha de Publicación
27-06-2016 - 17:37

Etapas y Plazos

Lugar para Realizar Consultas
Municipalidad de Luque - UOC
Fecha Límite de Consultas
lunes, 18 de julio de 2016 - 11:00
Lugar de Entrega de Ofertas
Municipalidad de Luque - Mesa de Entrada
Fecha de Entrega de Ofertas
jueves, 21 de julio de 2016 - 07:15
Lugar de Apertura de Ofertas
Municipalidad de Luque - UOC
Fecha de Apertura de Ofertas
jueves, 21 de julio de 2016 - 07:30

Adjudicación y Contrato

Sistema de Adjudicación
Por Lote
Fuente de Financiamiento
Recursos Institucionales (Fuente 30)
Anticipo
No se otorgará Anticipo
Vigencia del Contrato
Los contratos abiertos definen su fecha de vigencia en el pliego

Datos del Contacto

Nombre
Liz Fabiola Rodriguez
Cargo
Directora de la UOC
Teléfono
642434
Correo Electrónico
muniluqueuoc@gmail.com

Causal de la Excepción

  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)

Informaciones Importantes

  • Restricciones de la Convocante: INHABILIDADES PREVISTAS EN EL ARTICULO 40 DE LA LEY 2051/03
  • Conforme al Artículo 210 de la Ley N° 3966/10 “Orgánica Municipal”, la publicación de las contrataciones realizadas por las Municipalidades NO ESTAN SUJETAS A AUTORIZACIONES O APROBACIONES PREVIAS DE LA DNCP; sin perjuicio de recurrir a los mecanismos de impugnación por quienes vieren transgredidos sus derechos o cualquier interesado en denunciar los actos que contravengan las disposiciones de la Ley Nº 2051/03, dentro de los plazos previstos en la misma