Informaciones Importantes
- Observaciones de la Convocante: Se remite las justificaciones, considerando la nota de observación de la DNCP y lo remitido por la junta Municipal de Luque para el citado proceso; 1. Al respecto, es remitido lo facilitado por la Junta Municipal considerando el pedido de la DNCP.- 2. Considerando que el expediente es vinculante, se desprende que la interpretación correcta del mencionado error es la descripción de los antecedentes del proceso - CE N° 03/2019 CON ID N° 373014 - SERVICIO DE LIMPIEZA DE CAUCES HIDRICOS Cualquier objeción a lo remitido estamos atentos para responder Fecha 29/11/2019 - se remite dictamen rectificada con el error involuntario corregido
- Restricciones de la Convocante: INHABILIDADES PREVISTAS EN EL ARTICULO 40 DE LA LEY 2051/03
- Conforme al Artículo 210 de la Ley N° 3966/10 “Orgánica Municipal”, la publicación de las contrataciones realizadas por las Municipalidades NO ESTAN SUJETAS A AUTORIZACIONES O APROBACIONES PREVIAS DE LA DNCP; sin perjuicio de recurrir a los mecanismos de impugnación por quienes vieren transgredidos sus derechos o cualquier interesado en denunciar los actos que contravengan las disposiciones de la Ley Nº 2051/03, dentro de los plazos previstos en la misma