Favor aclarar si la oferta debe ser por unidad de comprimido o por caja según presentación. Porque es muy grande la diferencia de precio entre ambas presentaciones.
Favor aclarar si la oferta debe ser por unidad de comprimido o por caja según presentación. Porque es muy grande la diferencia de precio entre ambas presentaciones.
Debido a que en el mercado existen diferentes marcas cuyas presentaciones de cantidad de comprimidos por caja son diferentes, la cotización debe realizarse por unidad de comprimidos, respetando la presentación de cada item.
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ìtem 9
Ítem 9 Omeprazol cápsula 20 mg. (caja por 30 cápsulas) Queremos participar con nuestra presentación de 28 cápsulas (blíster x 7 cápsula). De hecho, lo que cambiaría es la presentación, pero las cantidades en unidades se mantiene.
Ítem 9 Omeprazol cápsula 20 mg. (caja por 30 cápsulas) Queremos participar con nuestra presentación de 28 cápsulas (blíster x 7 cápsula). De hecho, lo que cambiaría es la presentación, pero las cantidades en unidades se mantiene.
Las Especificaciones Técnicas han sido establecidas en base a las necesidades de la Convocante, y con presentaciones con cantidades mínimas requeridas. Modificar la presentación de un producto implica direccionar dicho item para beneficio de un solo oferente y una nueva prórroga de la apertura de sobres, la cual ocasiona un problema a nivel social teniendo en cuenta la necesidad impostergable de contar con los bienes.
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ítem 10
Ítem 10 Metformina 850 mg (caja x 30comprimidos) Queremos participar con nuestra presentación de 60 comprimidos (blíster x 10 comprimidos)
De hecho, lo que cambiaría es la presentación, pero las cantidades en unidades se mantiene.
Ítem 10 Metformina 850 mg (caja x 30comprimidos) Queremos participar con nuestra presentación de 60 comprimidos (blíster x 10 comprimidos)
De hecho, lo que cambiaría es la presentación, pero las cantidades en unidades se mantiene.
Las Especificaciones Técnicas han sido establecidas en base a las necesidades de la Convocante, y con presentaciones con cantidades mínimas requeridas. Modificar la presentación de un producto implica direccionar dicho item para beneficio de un solo oferente y una nueva prórroga de la apertura de sobres, la cual ocasiona un problema a nivel social teniendo en cuenta la necesidad impostergable de contar con los bienes.
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consulta item #3
Solicitamos a la convocante poner a consideracion el Item #3 con la siguiente presentacion diclofenac potasico + dexametasoma + cianocobalamina (este ultimo como anti neuritico)
Solicitamos a la convocante poner a consideracion el Item #3 con la siguiente presentacion diclofenac potasico + dexametasoma + cianocobalamina (este ultimo como anti neuritico)
La modificación de items bajo esa premisa de que poseen caracteristicas similares o mejores resulta impracticable teniendo en cuenta que el cambio conlleva el direccionamiento de un producto hacia una sola solicitud específica, la cual implica una violación hacia los principios de Igualdad y Libre competencia. La modificación, además, implica una nueva prórroga de la apertura de sobres, la cual ocasiona un problema a nivel social teniendo en cuenta la necesidad impostergable de contar con los bienes.
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Consulta Item 6
solicito a la convocante poner a consideración la presentacion Amoxicilina 500 mg + Ketoprofeno 50 mg por 12 comprimidos revestidos
Las Especificaciones Técnicas han sido establecidas en base a las necesidades de la Convocante, y con presentaciones con cantidades mínimas requeridas. Modificar la presentación de un producto implica direccionar dicho item para beneficio de un solo oferente y una nueva prórroga de la apertura de sobres, la cual ocasiona un problema a nivel social teniendo en cuenta la necesidad impostergable de contar con los bienes.
6
ítem 5 - Ibuprofeno
En relación al ítem de referencia solicitamos a la Convocante tenga a bien aceptar la forma farmacéutica "Cápsulas blandas", esta solicitud se realiza considerando que esta forma farmacéutica cuenta con una mayor eficiencia debido a la velocidad de liberación y absorción del principio activo, logrando de esta manera alcanzar de forma mas rápida el efecto terapéutico analgésico y antiinflamatorio. Además, esta modificación no afecta el principio activo requerido. Esta solicitud se realiza a fin de contar con un mayor número de oferentes y garantiza el principio de igualdad y libre competencia consagrado en la Ley 2051/03.
En relación al ítem de referencia solicitamos a la Convocante tenga a bien aceptar la forma farmacéutica "Cápsulas blandas", esta solicitud se realiza considerando que esta forma farmacéutica cuenta con una mayor eficiencia debido a la velocidad de liberación y absorción del principio activo, logrando de esta manera alcanzar de forma mas rápida el efecto terapéutico analgésico y antiinflamatorio. Además, esta modificación no afecta el principio activo requerido. Esta solicitud se realiza a fin de contar con un mayor número de oferentes y garantiza el principio de igualdad y libre competencia consagrado en la Ley 2051/03.
La modificación de items bajo esa premisa de que tal forma farmacéutica es mejor resulta impracticable teniendo en cuenta que el cambio conlleva el direccionamiento de un producto hacia una sola solicitud específica, la cual implica una violación hacia los principios de Igualdad y Libre competencia. La modificación, además, implica una nueva prórroga de la apertura de sobres, la cual ocasiona un problema a nivel social teniendo en cuenta la necesidad impostergable de contar con los bienes.
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ÍTEM 9 - OMEPRAZOL
Solicitamos a la Convocante tenga a bien aceptar la presentación de caja x 28 unidades como mínimo. Esta solicitud se realiza considerando que el cambio de la cantidad requerida por caja no afectara a las cantidades requeridas y tampoco al principio activo y la acción terapéutica del mismo. Esto a fin de contar con una mayor cantidad de ofertas y garantizar el principio de igualdad y libre competencia dispuesto en el Art. 4 de la Ley 2051/03.
Solicitamos a la Convocante tenga a bien aceptar la presentación de caja x 28 unidades como mínimo. Esta solicitud se realiza considerando que el cambio de la cantidad requerida por caja no afectara a las cantidades requeridas y tampoco al principio activo y la acción terapéutica del mismo. Esto a fin de contar con una mayor cantidad de ofertas y garantizar el principio de igualdad y libre competencia dispuesto en el Art. 4 de la Ley 2051/03.
Es importante tener en cuenta que el hecho de que un oferente no puede participar en un determinado item no implica que el mismo limita a posibles oferentes, ya que en el mercado existen varias marcas que pueden ofertarse. Realizar una modificación invocando la libre competencia hace todo lo contrario, ya que se ejecuta un direccionamiento de un producto hacia una sola solicitud específica. La modificación, además, implica una nueva prórroga de la apertura de sobres, la cual ocasiona un problema a nivel social teniendo en cuenta la necesidad impostergable de contar con los bienes.
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Consulta Item 8
Solicitamos a la convocante poner a consideracion el item 8 con la presentacion N-butil bromuro de hioscina 10 mg + Paracetamol 500 mg por 12 comprimidos
Solicitamos a la convocante poner a consideracion el item 8 con la presentacion N-butil bromuro de hioscina 10 mg + Paracetamol 500 mg por 12 comprimidos
Las Especificaciones Técnicas han sido establecidas en base a las necesidades de la Convocante, y con presentaciones con cantidades mínimas requeridas. Modificar la presentación de un producto implica direccionar dicho item para beneficio de un solo oferente y una nueva prórroga de la apertura de sobres, la cual ocasiona un problema a nivel social teniendo en cuenta la necesidad impostergable de contar con los bienes.
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ÍTEM 14 - ENALAPRIL
En relación al ítem de referencia solicitamos aceptar la presentación de caja por 30 comprimidos. Esta solicitud se realiza a fin de contar con una mayor cantidad de ofertas y garantizar el principio de igualdad y libre competencia dispuesto en el Art. 4 de la Ley 2051/03.
En relación al ítem de referencia solicitamos aceptar la presentación de caja por 30 comprimidos. Esta solicitud se realiza a fin de contar con una mayor cantidad de ofertas y garantizar el principio de igualdad y libre competencia dispuesto en el Art. 4 de la Ley 2051/03.
Es importante tener en cuenta que el hecho de que un oferente no puede participar en un determinado item no implica que el mismo limita a posibles oferentes, ya que en el mercado existen varias marcas que pueden ofertarse. Realizar una modificación invocando la libre competencia hace todo lo contrario, ya que se ejecuta un direccionamiento de un producto hacia una sola solicitud específica. La modificación, además, implica una nueva prórroga de la apertura de sobres, la cual ocasiona un problema a nivel social teniendo en cuenta la necesidad impostergable de contar con los bienes.
10
items 24
no indica la concentracion requerida del paracetamol, pedimos especificar por la convocante