Item 1 - Consultas con referencia a la especificación EE.TT. N° 03.24.35 rev 5, Cable Protegido.
1) Número de alambres del conductor 185 mm2
INTRODUCCIÓN 1:
Con referencia a la tabla 2 de la especificación, se requiere que el conductor de aluminio redondo compacto posea en su construcción 19 alambres. Sin embargo, la situación respecto a las dos normas constructivas de cuerdas aceptadas (ASTM B400 y
NM280) es la siguiente:
✓ ASTM B400:
El conductor 185 mm2 no se encuentra normalizado respecto al número de alambres (tabla 1) ya que la norma trabaja con conductores en Circular Mils o AWG
✓ NM 280:
De acuerdo a la tabla 2 de la norma, el número de alambres mínimo para la sección de 185 mm2 es de 30 alambres
Nota: el valor de resistencia óhmica solicitado por la Ande en el punto 4.1.2 corresponde al valor mostrado por la norma NM 280 para la sección (0.164 ohm/km a 20°C)
CONSULTA 1:
Dado que la utilización de un número de alambres igual a 19 no atiende a uno de los requisitos especificados por una de las normas constructivas de cuerdas citadas por la ANDE, entendemos apropiado diseñar el conductor con un número de alambres mayor o igual a 30. Por favor confirmar.
2) Sentido de cableado del conductor 185 mm2
INTRODUCCIÓN 2:
En el punto 4.2.1.2 se establece: La dirección del cableado para todo el conductor debe ser siempre en el sentido de la mano derecha. Sin embargo, las normas constructivas requeridas por la ANDE indican lo siguiente:
ASTM B400
De acuerdo al punto 6.3, el sentido de cableado es derecho para la última corona y alternado para las coronas inferiores
NM280
No especifica el sentido de cableado
NBR 11873
El punto 4.3.8 de la misma establece el sentido derecho para la última corona y alternado para las coronas inferiores
CONSULTA 2
Entendemos que lo establecido en el punto 4.2.1.2 de la especificación EE.TT. N° 03.24.35 rev 5 hace referencia solo al sentido de cableado de la última corona y que lo correcto será diseñar el conductor considerando lo establecido por ASTM B400 y
NBR 11873 (Derecho para la última corona y alternado para coronas inferiores). Por favor confirmar
Aduntamos archivo para mejor comprensión
05-11-2020
21-12-2020
Item 1 - Consultas con referencia a la especificación EE.TT. N° 03.24.35 rev 5, Cable Protegido.
1) Número de alambres del conductor 185 mm2
INTRODUCCIÓN 1:
Con referencia a la tabla 2 de la especificación, se requiere que el conductor de aluminio redondo compacto posea en su construcción 19 alambres. Sin embargo, la situación respecto a las dos normas constructivas de cuerdas aceptadas (ASTM B400 y
NM280) es la siguiente:
✓ ASTM B400:
El conductor 185 mm2 no se encuentra normalizado respecto al número de alambres (tabla 1) ya que la norma trabaja con conductores en Circular Mils o AWG
✓ NM 280:
De acuerdo a la tabla 2 de la norma, el número de alambres mínimo para la sección de 185 mm2 es de 30 alambres
Nota: el valor de resistencia óhmica solicitado por la Ande en el punto 4.1.2 corresponde al valor mostrado por la norma NM 280 para la sección (0.164 ohm/km a 20°C)
CONSULTA 1:
Dado que la utilización de un número de alambres igual a 19 no atiende a uno de los requisitos especificados por una de las normas constructivas de cuerdas citadas por la ANDE, entendemos apropiado diseñar el conductor con un número de alambres mayor o igual a 30. Por favor confirmar.
2) Sentido de cableado del conductor 185 mm2
INTRODUCCIÓN 2:
En el punto 4.2.1.2 se establece: La dirección del cableado para todo el conductor debe ser siempre en el sentido de la mano derecha. Sin embargo, las normas constructivas requeridas por la ANDE indican lo siguiente:
ASTM B400
De acuerdo al punto 6.3, el sentido de cableado es derecho para la última corona y alternado para las coronas inferiores
NM280
No especifica el sentido de cableado
NBR 11873
El punto 4.3.8 de la misma establece el sentido derecho para la última corona y alternado para las coronas inferiores
CONSULTA 2
Entendemos que lo establecido en el punto 4.2.1.2 de la especificación EE.TT. N° 03.24.35 rev 5 hace referencia solo al sentido de cableado de la última corona y que lo correcto será diseñar el conductor considerando lo establecido por ASTM B400 y
NBR 11873 (Derecho para la última corona y alternado para coronas inferiores). Por favor confirmar
Aduntamos archivo para mejor comprensión
Respuesta a Consulta 1: Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, lo establecido en la Especificación Técnica. Favor remitirse a lo señalado en el ítem 2.4 de la Especificación Técnica N° 03.24.35 Rev. 5.
Respuesta a Consulta 2: Al respecto, el sentido de la última capa de cableado del conductor debe ser sentido derecho, siendo así con relación a la condición constructiva ajustarse a lo indicado en el ítem 4.2.1.2 El cableado o trenzado de las hebras deben cumplir las exigencias de clase A o clase AA (ASTM B 400).
Documentos Adjuntos:
2
Moneda de la oferta y pago
En el punto 10 del PBC dice lo siguiente:
La moneda de la oferta y pago será: En Guaraníes para oferentes locales y en Dólares para oferentes extranjeros.
¿Esto significa que un oferente local NO PUEDE cotizar en condición CIP en dólares o en la moneda de origen del suministro?
De ser correcta esta interpretación, estaría en contradicción con el resto del Pliego de Bases y además sería una desventaja para los oferentes locales que cotizan productos de fabricantes extranjeros que aceptan todas las condiciones de ANDE, y para los cuales la carta de crédito irrevocable se puede abrir directamente al fabricante y el oferente local actúa como agente.
Por lo tanto, solicitamos aclarar el punto 10 con relación a la moneda de la oferta y pago o en su defecto modificar la expresión, ya que consideramos que este punto NO debe aplicar de acuerdo a como la propia ANDE ha manejado las Licitaciones Internacionales hace más de 10 años, en el cual los oferentes locales pudieron ofertar y proveer bienes NO proveídos desde el territorio Nacional (a ser importados) con el Incoterm CIP.
En el punto 10 del PBC dice lo siguiente:
La moneda de la oferta y pago será: En Guaraníes para oferentes locales y en Dólares para oferentes extranjeros.
¿Esto significa que un oferente local NO PUEDE cotizar en condición CIP en dólares o en la moneda de origen del suministro?
De ser correcta esta interpretación, estaría en contradicción con el resto del Pliego de Bases y además sería una desventaja para los oferentes locales que cotizan productos de fabricantes extranjeros que aceptan todas las condiciones de ANDE, y para los cuales la carta de crédito irrevocable se puede abrir directamente al fabricante y el oferente local actúa como agente.
Por lo tanto, solicitamos aclarar el punto 10 con relación a la moneda de la oferta y pago o en su defecto modificar la expresión, ya que consideramos que este punto NO debe aplicar de acuerdo a como la propia ANDE ha manejado las Licitaciones Internacionales hace más de 10 años, en el cual los oferentes locales pudieron ofertar y proveer bienes NO proveídos desde el territorio Nacional (a ser importados) con el Incoterm CIP.
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, las modificaciones del Pliego de Bases y Condiciones realizadas en la Adenda N° 4 de la presente Licitación, en la cual se realizan los cambios correspondientes que aclaran las condiciones respectivas.
3
Moneda de la oferta y pago
En el punto 10 del PBC dice lo siguiente:
La moneda de la oferta y pago será: En Guaraníes para oferentes locales y en Dólares para oferentes extranjeros.
¿No debería decir lo siguiente?
La moneda de la oferta y pago será: En Guaraníes para oferentes locales "que coticen bienes Proveídos desde el territorio Nacional) y en Dólares "o en la moneda de origen del suministro" para oferentes extranjeros "que coticen bienes NO Proveídos desde el territorio Nacional".
En el punto 10 del PBC dice lo siguiente:
La moneda de la oferta y pago será: En Guaraníes para oferentes locales y en Dólares para oferentes extranjeros.
¿No debería decir lo siguiente?
La moneda de la oferta y pago será: En Guaraníes para oferentes locales "que coticen bienes Proveídos desde el territorio Nacional) y en Dólares "o en la moneda de origen del suministro" para oferentes extranjeros "que coticen bienes NO Proveídos desde el territorio Nacional".
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, la respuesta a la Consulta Nº 02 del presente llamado, publicada en el Portal de Contrataciones Públicas.
4
CONSULTA
Con relación al ÍTEM 2 - Cable de Cu aislado flexible de 35 mm2 para línea protegida de MT. EE.TT 03.24.25 REV1.
Solicitamos nos aclaren cual es la tensión de aislación (clase/kV)
Con relación al ÍTEM 2 - Cable de Cu aislado flexible de 35 mm2 para línea protegida de MT. EE.TT 03.24.25 REV1.
Solicitamos nos aclaren cual es la tensión de aislación (clase/kV)
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de su oferta de CABLE UNIPOLAR DE COBRE FLEXIBLE SEMIAISLADO Según EE.TT. 03.24.25 Rev. 1., las tensiones nominales de Media tensión aclaradas en el ítem 3.3 de las EE.TT.
5
Item 1: Cable de Al protegido doble aislación de 185 mm2, MT
Señores de ANDE,
Remitimos en adjunto nuestra consulta.
Gracias
12-11-2020
21-12-2020
Item 1: Cable de Al protegido doble aislación de 185 mm2, MT
Respuesta a Consulta N° 1: Al respecto, sírvanse en considerar para la presentación de las ofertas lo establecido en la Especificación Técnica. Favor remitirse a lo indicado en el ítem 2.4 de la Especificación Técnica N° 03.24.35 Rev. 5.
Respuesta a Consulta N° 2: Al respecto, el sentido de la última capa de cableado del conductor debe ser sentido derecho, siendo así la condición constructiva debe ajustarse a lo indicado en el ítem 4.2.1.2 El cableado o trenzado de las hebras deben cumplir las exigencias de clase A o clase AA (ASTM B 400).
Respuesta a Consulta N° 3: Al respecto, sírvanse en considerar para la presentación de las ofertas, cualquiera de las alternativas indicadas en las Especificaciones técnicas.
Respuesta a Consulta N° 4: Al respecto, sírvanse en considerar para la presentación de las ofertas lo indicado en el ítem 4.2.4.3 y el ítem 5.1.1 de la EE.TT.
Respuesta a Consulta N° 5: Al respecto, para la presentación de las ofertas, lo concerniente al procedimiento del ensayo requerido considerar la NBR 11873, y con relación al valor mínimo de adherencia, ajustarse a las Especificaciones técnicas.
Documentos Adjuntos:
6
Experiencia
En el punto 8 de Experiencia del Pliego de Bases y Condiciones dice lo siguiente: Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: Demostrar la experiencia en la fabricación y/o provisión de los bienes objetos de la presente licitación u otro de superiores características técnicas en cuanto al nivel de tensión, sección, corriente eléctrica, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al veinte por ciento (20) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: cinco (5) últimos años. (Años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019).
Consulta: Favor aclarar que el MONTO EQUIVALENTE al 20% de la oferta se refiere al PROMEDIO de los cinco (5) últimos años y no que se debe presentar el 20% para cada año.
En el punto 8 de Experiencia del Pliego de Bases y Condiciones dice lo siguiente: Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: Demostrar la experiencia en la fabricación y/o provisión de los bienes objetos de la presente licitación u otro de superiores características técnicas en cuanto al nivel de tensión, sección, corriente eléctrica, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al veinte por ciento (20) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: cinco (5) últimos años. (Años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019).
Consulta: Favor aclarar que el MONTO EQUIVALENTE al 20% de la oferta se refiere al PROMEDIO de los cinco (5) últimos años y no que se debe presentar el 20% para cada año.
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, las modificaciones del Pliego de Bases y Condiciones realizadas en la Adenda N° 4 de la presente Licitación, en la cual se realizan los cambios correspondientes que aclaran las condiciones respectivas.
7
Experiencia
En el punto 8 de Experiencia del Pliego de Bases y Condiciones dice lo siguiente: Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: Demostrar la experiencia en la fabricación y/o provisión de los bienes objetos de la presente licitación u otro de superiores características técnicas en cuanto al nivel de tensión, sección, corriente eléctrica, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al veinte por ciento (20) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: cinco (5) últimos años. (Años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019).
Consulta: En caso de que el MONTO EQUIVALENTE al 20% de la oferta se refiera al PROMEDIO de los cinco (5) últimos años, favor aclarar si será aceptada la experiencia de ventas del año 2020, siendo también una experiencia que demuestra que se realizaron ventas de los productos ofertados DENTRO de los últimos 5 años.
En el punto 8 de Experiencia del Pliego de Bases y Condiciones dice lo siguiente: Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: Demostrar la experiencia en la fabricación y/o provisión de los bienes objetos de la presente licitación u otro de superiores características técnicas en cuanto al nivel de tensión, sección, corriente eléctrica, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al veinte por ciento (20) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: cinco (5) últimos años. (Años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019).
Consulta: En caso de que el MONTO EQUIVALENTE al 20% de la oferta se refiera al PROMEDIO de los cinco (5) últimos años, favor aclarar si será aceptada la experiencia de ventas del año 2020, siendo también una experiencia que demuestra que se realizaron ventas de los productos ofertados DENTRO de los últimos 5 años.
Al respecto, los años que serán tenidos en cuenta son 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019; sírvanse en considerar para la presentación de sus ofertas, las modificaciones del Pliego de Bases y Condiciones realizadas en la Adenda N° 4 de la presente Licitación, en la cual se realizan los cambios correspondientes que aclaran las condiciones respectivas.
8
Plan de entrega
En el Plan de Entrega (Bienes) del ítem 1 Cable de Al protegido doble aislación de 185mm2, MT se solicita que las entregas sean en 90, 120 y 150 días (280km, 275km y 275km respectivamente). Teniendo en cuenta que las cantidades a ser entregadas entre cada entrega son bastante elevadas y las producciones de los fabricantes suelen ser más reducidas para este tipo de cables, solicitamos respetuosamente a la convocante considerar que las entregas sean en 90, 120, 150, 180, 210 y 240 días (140km, 138km, 138km, 138km, 138km y 138km respectivamente), de manera a permitir mayor participación de oferentes
En el Plan de Entrega (Bienes) del ítem 1 Cable de Al protegido doble aislación de 185mm2, MT se solicita que las entregas sean en 90, 120 y 150 días (280km, 275km y 275km respectivamente). Teniendo en cuenta que las cantidades a ser entregadas entre cada entrega son bastante elevadas y las producciones de los fabricantes suelen ser más reducidas para este tipo de cables, solicitamos respetuosamente a la convocante considerar que las entregas sean en 90, 120, 150, 180, 210 y 240 días (140km, 138km, 138km, 138km, 138km y 138km respectivamente), de manera a permitir mayor participación de oferentes
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas y Suministros Requeridos, 2. Plan de Entrega (Bienes), conforme al cronograma de cumplimiento solicitado.
9
Incoterms de la oferta
En el punto 13 - lncoterms de los Datos de la Licitación dice lo siguiente: La edición de lncoterms para esta licitación será: Edición 2020. Las expresiones DDP, CIP, FCA, CPT y otros términos afines, se regirán por las normas prescriptas en la edición vigente de los lncoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional. Durante la ejecución contractual, el significado de cualquier término comercial, así como los derechos y obligaciones de las partes serán los prescritos en los lncoterms, a menos que sea inconsistente con alguna disposición del contrato.
Consulta: De acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones, dice que la cotización será en Condición CIP (Seguro y transporte pagado hasta el puerto de destino) pero luego solicita que las mercaderías deben ser entregadas hasta el depósito de la convocante, que entendemos que sería con un Incoterm DAP y no CIP. Favor aclarar.
En el punto 13 - lncoterms de los Datos de la Licitación dice lo siguiente: La edición de lncoterms para esta licitación será: Edición 2020. Las expresiones DDP, CIP, FCA, CPT y otros términos afines, se regirán por las normas prescriptas en la edición vigente de los lncoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional. Durante la ejecución contractual, el significado de cualquier término comercial, así como los derechos y obligaciones de las partes serán los prescritos en los lncoterms, a menos que sea inconsistente con alguna disposición del contrato.
Consulta: De acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones, dice que la cotización será en Condición CIP (Seguro y transporte pagado hasta el puerto de destino) pero luego solicita que las mercaderías deben ser entregadas hasta el depósito de la convocante, que entendemos que sería con un Incoterm DAP y no CIP. Favor aclarar.
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. Los precios deberán ser expresados en el Incoterm CIP (Costo, Seguro y Flete) hasta los Depósitos de la Convocante (incluyendo la desestiba en éstos).
10
Inspecciones y Pruebas
En el punto 6. Inspecciones y Pruebas del PBC dice:
Una vez finalizadas las inspecciones y Pruebas en caso de ser realizadas, la contratante a través de sus representantes emitirá una autorización por escrito, para el embarque correspondiente. Por falta de la misma, el Beneficiario de la Carta de Crédito no podrá solicitar el pago correspondiente.
Teniendo en cuenta la pandemia y la situación actual en sí, la convocante está optando por NO realizar las visitas en fábrica y solicita que se remitan los protocolos de Ensayos de Recepción realizadas en fábrica por correo electrónico para aprobación y posterior liberación de embarque por la Unidad Administradora del Contrato. ¿Cuánto tiempo tiene la convocante para aprobar los documentos presentados? ¿Este tiempo no será considerado como parte del plazo de entrega? Es decir, si la convocante tarda 30 o 60 días en liberar un embarque, entendemos que estos días no pueden ser computados ni ser tenidos en cuenta como multas, teniendo en cuenta que los bienes no pueden ser embarcados hasta que la Unidad administradora del Contrato lo permita.
En el punto 6. Inspecciones y Pruebas del PBC dice:
Una vez finalizadas las inspecciones y Pruebas en caso de ser realizadas, la contratante a través de sus representantes emitirá una autorización por escrito, para el embarque correspondiente. Por falta de la misma, el Beneficiario de la Carta de Crédito no podrá solicitar el pago correspondiente.
Teniendo en cuenta la pandemia y la situación actual en sí, la convocante está optando por NO realizar las visitas en fábrica y solicita que se remitan los protocolos de Ensayos de Recepción realizadas en fábrica por correo electrónico para aprobación y posterior liberación de embarque por la Unidad Administradora del Contrato. ¿Cuánto tiempo tiene la convocante para aprobar los documentos presentados? ¿Este tiempo no será considerado como parte del plazo de entrega? Es decir, si la convocante tarda 30 o 60 días en liberar un embarque, entendemos que estos días no pueden ser computados ni ser tenidos en cuenta como multas, teniendo en cuenta que los bienes no pueden ser embarcados hasta que la Unidad administradora del Contrato lo permita.
Al respecto, los tiempos imputables a la verificación de las documentaciones presentadas por el proveedor, caso la contratante lo requiera, no serán computados como atraso pasibles de multas.