Datos de la Verificación
Usuario Verificador
djvera
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
16-07-2021 - 17:06
Fecha de Fin
22-07-2021 - 16:48
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
A- Consultamos a la convocante si lo establecido en la seccion de vigencia de garantía de cumplimiento de ofertas es correcto "vigencia de 90 (noventa) días posteriores al plazo de ejecución o vigencia del contrato"
B-
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere que el oferente cuente con un numero determinado de empleados en IPS y determinada antigüedad como condición de participación.
Descripción
El requerimiento establecido correspondiente a que la oferente cuente con cierta cantidad de personas inscriptas en IPS y con determinada
antiguedad como condición de participación, se constituye en un requerimiento para la ejecución. Se solicita explicación del por qué el
requisito resulta técnicamente indispensable para participar en el procedimiento de contratación
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Establecen fecha vencida al momento de la verificación del llamado.Visita técnica
Descripción
La fecha establecida para la visita técnica se encuentra fenecida, se sugiere tener en cuenta los plazos de verificación de los procesos.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Visita técnica plazo insuficiente
Descripción
Se recuerda que la fecha de la visita que se fije, debe ser al menos un día antes de la fecha tope de consulta. Se solicita subsanar.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta Constancia Ad Referendum
Descripción
Solicitamos a la convocante que remita la Constancia Ad Referéndum de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente.