Para el lote 4 se solicita un Cable de Cu aislado subterráneo de 240mm2 MT (EE.TT. ANDE Nº 03.24.29), sin embargo dentro de la especificación técnica se detallan dos tipos de este mismo cable. El ítem A2 de 25 kA y el ítem B1 de 32 kA. ¿Cuál las dos corrientes de cortocircuito por pantalla se debe tomar en cuenta para la oferta y la presentación de la muestra? Favor aclarar si debe ser ofertado el ítem A2 o el ítem B1.
Para el lote 4 se solicita un Cable de Cu aislado subterráneo de 240mm2 MT (EE.TT. ANDE Nº 03.24.29), sin embargo dentro de la especificación técnica se detallan dos tipos de este mismo cable. El ítem A2 de 25 kA y el ítem B1 de 32 kA. ¿Cuál las dos corrientes de cortocircuito por pantalla se debe tomar en cuenta para la oferta y la presentación de la muestra? Favor aclarar si debe ser ofertado el ítem A2 o el ítem B1.
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas que para el lote 4 se solicita el ítem B1 Cable unipolar de cobre subterráneo con aislación en EPR 105 o HEPR 105 de M.T., de 240 mm2, para Icc monofásico de 32 kA.
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Especificaciones Técnicas - Archivos Editables
Favor publicar el archivo editable para el Lote 6, correspondiente a la EE.TT. 03.24.35 Revisión 6 (Seis), ya que esta revisión es la solicitada para este llamado y el archivo editable publicado en el portal de la DNCP corresponde a la versión 5 (cinco). Muchas gracias
Favor publicar el archivo editable para el Lote 6, correspondiente a la EE.TT. 03.24.35 Revisión 6 (Seis), ya que esta revisión es la solicitada para este llamado y el archivo editable publicado en el portal de la DNCP corresponde a la versión 5 (cinco). Muchas gracias
En relación al Lote Nº 6, solicitamos que los ensayos de tipo puedan ser presentados con posterioridad a la presentación de la oferta, a la par de la realización de los ensayos de recepción en fábrica. Ello teniendo en cuenta que la última versión de las EE.TT. del Lote Nº 6 en cuestión, cual es la Especificación Técnica Nº 03.24.35 Rev. 6, ha modificado ciertos requerimientos para dichos bienes en los puntos 4.2.2.1, 4.2.2.1, 4.2.3.4 y 5.1.1, y ello obliga a que los ensayos de tipo de los mismos deban ser realizados en su totalidad nuevamente, atendiendo a que deben ser totalmente sobre un solo prototipo y sobre los nuevos criterios establecidos en la mencionada EE.TT. Cabe señalar que dichas modificaciones a las EE.TT. datan del 15 de marzo de 2021 y han sido públicas desde el día de la publicación del PBC, o sea, desde el 14 de abril de 2021; desde dicha fecha, ha transcurrido un plazo extremadamente exiguo para que puedan llevarse a cabo todos los ensayos de tipo requeridos por el PBC, considerando que uno de los ensayos requiere de 2.000 horas, equivalente a casi 84 días sólo de ejecución. Adicionalmente, la EE.TT indica que todos los ensayos deben ser realizados sobre un mismo bien, entonces los ensayos ya realizados sobre una muestra anterior no se podrá considerar válida, de manera que al variar los valores exigidos en la EE.TT desemboca en la necesidad de la ejecución de todos los ensayos previstos en la nueva revisión.
Cabe mencionar que lo solicitado desde ningún punto de vista pretende que se deje de lado el cumplimiento de las EE.TT. o de la documentación que deba ser presentada para la acreditación de las mismas; por el contrario, unicamente se busca que, difiriendo la presentación de los ensayos en cuestión, mas empresas puedan ofertar los bienes requeridos, con la consecuente posibilidad de obtención de mejor precios para la ANDE, todo ello con miras a la concreción de los principios de economía y eficiencia previstos en el Artículo 4 de la Ley 2051/03.
Debemos igualmente señalar que, nuestra empresa, en el pasado ya ha suministrado grandes cantidades de los bienes requeridos, sin inconveniente alguno y a precios competitivos, razón por la cual entendemos que nuestro pedido debe ser considerado, atendiendo a que es mas que categórico que somos potenciales proveedores para el presente llamado.
En relación al Lote Nº 6, solicitamos que los ensayos de tipo puedan ser presentados con posterioridad a la presentación de la oferta, a la par de la realización de los ensayos de recepción en fábrica. Ello teniendo en cuenta que la última versión de las EE.TT. del Lote Nº 6 en cuestión, cual es la Especificación Técnica Nº 03.24.35 Rev. 6, ha modificado ciertos requerimientos para dichos bienes en los puntos 4.2.2.1, 4.2.2.1, 4.2.3.4 y 5.1.1, y ello obliga a que los ensayos de tipo de los mismos deban ser realizados en su totalidad nuevamente, atendiendo a que deben ser totalmente sobre un solo prototipo y sobre los nuevos criterios establecidos en la mencionada EE.TT. Cabe señalar que dichas modificaciones a las EE.TT. datan del 15 de marzo de 2021 y han sido públicas desde el día de la publicación del PBC, o sea, desde el 14 de abril de 2021; desde dicha fecha, ha transcurrido un plazo extremadamente exiguo para que puedan llevarse a cabo todos los ensayos de tipo requeridos por el PBC, considerando que uno de los ensayos requiere de 2.000 horas, equivalente a casi 84 días sólo de ejecución. Adicionalmente, la EE.TT indica que todos los ensayos deben ser realizados sobre un mismo bien, entonces los ensayos ya realizados sobre una muestra anterior no se podrá considerar válida, de manera que al variar los valores exigidos en la EE.TT desemboca en la necesidad de la ejecución de todos los ensayos previstos en la nueva revisión.
Cabe mencionar que lo solicitado desde ningún punto de vista pretende que se deje de lado el cumplimiento de las EE.TT. o de la documentación que deba ser presentada para la acreditación de las mismas; por el contrario, unicamente se busca que, difiriendo la presentación de los ensayos en cuestión, mas empresas puedan ofertar los bienes requeridos, con la consecuente posibilidad de obtención de mejor precios para la ANDE, todo ello con miras a la concreción de los principios de economía y eficiencia previstos en el Artículo 4 de la Ley 2051/03.
Debemos igualmente señalar que, nuestra empresa, en el pasado ya ha suministrado grandes cantidades de los bienes requeridos, sin inconveniente alguno y a precios competitivos, razón por la cual entendemos que nuestro pedido debe ser considerado, atendiendo a que es mas que categórico que somos potenciales proveedores para el presente llamado.
Al respecto, lo relacionado al requerimiento del blindaje semiconductor en el ítem 4.2.2.1 no cambia, reduce ni elimina las opciones comparado con la revisión anterior de la EE.TT, sin embargo sólo aclara los tipos del material a ser utilizado para cada alternativa de fabricación. Con relación al ítem 4.2.3.4 la exigencia para el ensayo de alargamiento en caliente se ha reducido la temperatura de ejecución del Ensayo por lo que no anula ensayos realizados a mayor exigencia de temperatura. Siendo así no elimina los ensayos de tipo realizados para fabricantes que ya han proveído anteriormente con la EE.TT 03.24.35 Rev. 5 de referencia y han cumplido con lo establecido en la EE.TT y la Norma.
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EE.TT.03.24.35 REV.6 - TOLERANCIA DE LA LONGITUD DEL CABLE
EN EL ITEM 7.1.11. DE LA EE.TT. 03.24.35 REV.6, SE INDICA QUE PARA EL CONTENIDO DEL LARGO DEL CABLE EN CADA BOBINA PUEDE POSEER UN PORCENTAJE DE VARIACION DE +2% (MAS DOS PORCIENTO).
SOLICITAMOS MANTENER LA MISMA VARIACION ±2% (MAS, MENOS DOS PORCIENTO) ESTABLECIDA EN LAS ESPECIFICACION TECNICA REVISION 5. POR SER APLICABLE EN LA PRACTICA.
03-05-2021
24-05-2021
EE.TT.03.24.35 REV.6 - TOLERANCIA DE LA LONGITUD DEL CABLE
EN EL ITEM 7.1.11. DE LA EE.TT. 03.24.35 REV.6, SE INDICA QUE PARA EL CONTENIDO DEL LARGO DEL CABLE EN CADA BOBINA PUEDE POSEER UN PORCENTAJE DE VARIACION DE +2% (MAS DOS PORCIENTO).
SOLICITAMOS MANTENER LA MISMA VARIACION ±2% (MAS, MENOS DOS PORCIENTO) ESTABLECIDA EN LAS ESPECIFICACION TECNICA REVISION 5. POR SER APLICABLE EN LA PRACTICA.
Al respecto, ajustarse a la Especificación Técnica que forma parte del Pliego de Bases y Condiciones.
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EE.TT.03.24.35 REV.6 - MARCACION
Con respecto a la EE.TT. 03.24.35 rev.6 (Cable protegido para MT), en el punto 4.3.2. Solicitamos a la convocante aclarar si la marcación puede incluir la palabra “CABLE NO AISLADO NO TOCAR”, ya que la norma NBR 11873 exige esa información.
Con respecto a la EE.TT. 03.24.35 rev.6 (Cable protegido para MT), en el punto 4.3.2. Solicitamos a la convocante aclarar si la marcación puede incluir la palabra “CABLE NO AISLADO NO TOCAR”, ya que la norma NBR 11873 exige esa información.
Al respecto, favor ajustarse a la Especificación Técnica 03.24.35 Rev. 6.
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EE.TT. 03.21.38 – rev.4 - MARCACION
Con respecto a la EE.TT. 03.21.38 – rev.4 (Cable preensamblado con aislación en XLPE), en el punto 4.5 Marcación. Solicitamos a la convocante que todas las marcaciones puedan realizarse mediante tinta blanca resistente a la intemperie.
Con respecto a la EE.TT. 03.21.38 – rev.4 (Cable preensamblado con aislación en XLPE), en el punto 4.5 Marcación. Solicitamos a la convocante que todas las marcaciones puedan realizarse mediante tinta blanca resistente a la intemperie.
Al respecto, favor ajustarse a la Especificación Técnica 03.21.38 Rev. 4.
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EE.TT. 03.20.13 – rev.1 - ENSAYOS DE TIPO
Con respecto a la EE.TT. 03.20.13 – rev.1 (Conductor desnudo de aleación de aluminio), solicitamos a la convocante considerar como válidos los ensayos de tipo realizados a cables con secciones de conductor diferentes al modelo a suministrar cuya sección del conductor sea superior al modelo ofertado, siempre y cuando tengan una forma y construcción idéntica al cable ofertado.
Con respecto a la EE.TT. 03.20.13 – rev.1 (Conductor desnudo de aleación de aluminio), solicitamos a la convocante considerar como válidos los ensayos de tipo realizados a cables con secciones de conductor diferentes al modelo a suministrar cuya sección del conductor sea superior al modelo ofertado, siempre y cuando tengan una forma y construcción idéntica al cable ofertado.
Serán aceptados los ensayos de tipo realizados a cables con sección igual o superior al cable solicitado siempre y cuando tengan idéntica caracteristica y proceso constructivo (conductor, aislación) al cable requerido y mismo nivel de tensión nominal. Todos los ensayos deben ser realizados sobre un solo bien y según lo establecido en las Normas y/o Cláusulas citadas y en la presente Especificación Técnica.
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EE.TT. 03.21.38 – rev.4 - ENSAYOS DE TIPO
Con respecto a la EE.TT. 03.21.38 – rev.4 (Cable preensamblado con aislación en XLPE), solicitamos a la convocante considerar como válidos los ensayos de tipo realizados a cables con secciones de conductor diferentes al modelo a suministrar cuya sección del conductor sea superior al modelo ofertado, siempre y cuando tengan una forma y construcción idéntica al cable ofertado.
Con respecto a la EE.TT. 03.21.38 – rev.4 (Cable preensamblado con aislación en XLPE), solicitamos a la convocante considerar como válidos los ensayos de tipo realizados a cables con secciones de conductor diferentes al modelo a suministrar cuya sección del conductor sea superior al modelo ofertado, siempre y cuando tengan una forma y construcción idéntica al cable ofertado.
Al respecto, remitirse al ítem 5.1.1 de la EE.TT 03.21.38 Rev. 4 que forma parte del Pliego de Bases y Condiciones.
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Ajuste de Precios - Consulta 1
En el punto 10 del PBC se establece que el precio del contrato estará sujeto a reajustes de precios de acuerdo a las fórmulas de la convocante. Dice que los montos deberán ser calculados y establecidos para cada una de las entregas del Suministro previstos en el Plan de Entrega. Consulta: ¿En cuántos días la convocante deberá o podrá pagar el reajuste de precios por cada entrega luego de la solicitud de ajustes de precios por parte de los contratistas que realicen los procesos y las entregas en tiempo y forma?
En el punto 10 del PBC se establece que el precio del contrato estará sujeto a reajustes de precios de acuerdo a las fórmulas de la convocante. Dice que los montos deberán ser calculados y establecidos para cada una de las entregas del Suministro previstos en el Plan de Entrega. Consulta: ¿En cuántos días la convocante deberá o podrá pagar el reajuste de precios por cada entrega luego de la solicitud de ajustes de precios por parte de los contratistas que realicen los procesos y las entregas en tiempo y forma?
Al respecto, favor ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Ajuste de Precios - Consulta 2
En el punto 10 del PBC se establece que el precio del contrato estará sujeto a reajustes de precios de acuerdo a las fórmulas de la convocante. Dice que los montos deberán ser calculados y establecidos para cada una de las entregas del Suministro previstos en el Plan de Entrega.
Consulta: En caso de cotizar en condición CIP y luego de realizar la primera entrega (en el caso de varias entregas); ¿Se debe solicitar la modificación/ampliación de la carta de crédito inmediatamente después de cada entrega? ¿O se debe esperar a obtener el certificado de recepción provisional por la totalidad del contrato?
En el punto 10 del PBC se establece que el precio del contrato estará sujeto a reajustes de precios de acuerdo a las fórmulas de la convocante. Dice que los montos deberán ser calculados y establecidos para cada una de las entregas del Suministro previstos en el Plan de Entrega.
Consulta: En caso de cotizar en condición CIP y luego de realizar la primera entrega (en el caso de varias entregas); ¿Se debe solicitar la modificación/ampliación de la carta de crédito inmediatamente después de cada entrega? ¿O se debe esperar a obtener el certificado de recepción provisional por la totalidad del contrato?
Al respecto, la solicitud de reajuste de precio debe presentarse cada vez que hubiere una variación que afecta a la entrega realizada, debido a que todos los pagos de reajustes a realizar necesitan código de contratación. Para solicitar el reajuste de precio no se deberá esperar el Certificado de Recepción Provisional.