En el Pbc en el ítem de Experiencia Técnica:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Califica si la facturación para demostrar la experiencia es tanto en Servicio de Seguro Médico y Servicios Sanatoriales con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto máximo de la presente licitación, de los: 3 años 2018, 2019 y 2020.
En el Pbc en el ítem de Experiencia Técnica:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Califica si la facturación para demostrar la experiencia es tanto en Servicio de Seguro Médico y Servicios Sanatoriales con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto máximo de la presente licitación, de los: 3 años 2018, 2019 y 2020.
En el PBC en el ítem de Requisitos documentales, para evaluar el criterio de experiencia requerida califica si presentan las siguientes documentaciones:
1. Copia de Contratos y/u órdenes de compra/servicio suscriptos y/o facturas, referentes a prestación de Servicio de Seguro Médico y Servicios Sanatoriales de los años 2018, 2019 y 2020, acreditar su capacidad de suministro, donde la sumatoria de dichos contratos deberá ser por un valor igual o mayor al 50 (cincuenta) % del monto máximo a ser contratado.
2. Constancia satisfactoria de haber prestado servicios de seguro médico a Instituciones Públicas y/o Privadas con por lo menos 1 contrato por año, ejecutados en los últimos 3 (tres) años (2018, 2019 y 2020). Podrán presentar la cantidad que fueren necesarias, siempre y cuando dichos servicios hayan sido realizados dentro del periodo mencionado.
En el PBC en el ítem de Requisitos documentales, para evaluar el criterio de experiencia requerida califica si presentan las siguientes documentaciones:
1. Copia de Contratos y/u órdenes de compra/servicio suscriptos y/o facturas, referentes a prestación de Servicio de Seguro Médico y Servicios Sanatoriales de los años 2018, 2019 y 2020, acreditar su capacidad de suministro, donde la sumatoria de dichos contratos deberá ser por un valor igual o mayor al 50 (cincuenta) % del monto máximo a ser contratado.
2. Constancia satisfactoria de haber prestado servicios de seguro médico a Instituciones Públicas y/o Privadas con por lo menos 1 contrato por año, ejecutados en los últimos 3 (tres) años (2018, 2019 y 2020). Podrán presentar la cantidad que fueren necesarias, siempre y cuando dichos servicios hayan sido realizados dentro del periodo mencionado.
La opción de incluir beneficiarios adherentes será de iniciativa exclusiva de cada titular y el pago por su cobertura correrá por
cuenta del mismo. El plazo máximo para las incorporaciones será hasta 30 (treinta) días posteriores a la fecha de la
incorporación del titular dentro de los servicios contratados y su vinculación deberá ser como mínimo de 12 (doce) meses
desde la inclusión, y podrá renovarse por los siguientes meses hasta la finalización del contrato. Pasado los 12 meses desde la
firma del contrato, se reabrirá el periodo de inclusión de adherentes pagos por 30 días. La Prestadora de Servicios deberá
aceptar la inclusión de nuevos beneficiarios adherentes. El ingreso y permanencia de los adherentes, será negociado por el
titular directamente con la Prestadora de Servicios, mientras que en otro punto dice: Los adherentes deberán permanecer en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del presente contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley. Favor aclarar el periodo de permanencia.
La opción de incluir beneficiarios adherentes será de iniciativa exclusiva de cada titular y el pago por su cobertura correrá por
cuenta del mismo. El plazo máximo para las incorporaciones será hasta 30 (treinta) días posteriores a la fecha de la
incorporación del titular dentro de los servicios contratados y su vinculación deberá ser como mínimo de 12 (doce) meses
desde la inclusión, y podrá renovarse por los siguientes meses hasta la finalización del contrato. Pasado los 12 meses desde la
firma del contrato, se reabrirá el periodo de inclusión de adherentes pagos por 30 días. La Prestadora de Servicios deberá
aceptar la inclusión de nuevos beneficiarios adherentes. El ingreso y permanencia de los adherentes, será negociado por el
titular directamente con la Prestadora de Servicios, mientras que en otro punto dice: Los adherentes deberán permanecer en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del presente contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley. Favor aclarar el periodo de permanencia.
La vinculación deberá ser como mínimo de 12 (doce) meses desde la inclusión, y podrá renovarse por los siguientes meses hasta la finalización del contrato, aclarando que los que renuevan o inicien el trámite para su inclusión, a los 12 meses desde la firma, deberán permanecer en esta condición desde su incorporación/renovación hasta el fenecimiento del presente contrato conforme se indica en el Pliego de Bases y Condiciones del llamado, específicamente en la Sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado: Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS, en el punto 2. BENEFICIARIOS ADHERENTES, que establece:
2. BENEFICIARIOS ADHERENTES.
La opción de incluir beneficiarios adherentes será de iniciativa exclusiva de cada titular y el pago por su cobertura correrá por cuenta del mismo. El plazo máximo para las incorporaciones será hasta 30 (treinta) días posteriores a la fecha de la incorporación del titular dentro de los servicios contratados y su vinculación deberá ser como mínimo de 12 (doce) meses desde la inclusión, y podrá renovarse por los siguientes meses hasta la finalización del contrato. Pasado los 12 meses desde la firma del contrato, se reabrirá el periodo de inclusión de adherentes pagos por 30 días. La Prestadora de Servicios deberá aceptar la inclusión de nuevos beneficiarios adherentes. El ingreso y permanencia de los adherentes, será negociado por el titular directamente con la Prestadora de Servicios.
Los adherentes deberán permanecer en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del presente contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.
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Pag. 29, 37 y 43.
En el punto: El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla, Radiografías, Ecografías,
Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia con fuentes de braquiterapia, sobre el punto: la radioterapia con fuente de braquiteriapia solamente se realiza en el Instituto Nacional del Cancer por lo que sugerimos la siguiente redacción: El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se
realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y
Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla, Radiografías, Ecografías,
Ecocardiografía, Mamografía y Radioterapia.
En el punto: El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla, Radiografías, Ecografías,
Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia con fuentes de braquiterapia, sobre el punto: la radioterapia con fuente de braquiteriapia solamente se realiza en el Instituto Nacional del Cancer por lo que sugerimos la siguiente redacción: El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se
realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y
Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla, Radiografías, Ecografías,
Ecocardiografía, Mamografía y Radioterapia.
Remitirse a la Adenda N° 03
En la Sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, en el apartado CAPACIDAD TÉCNICA, se modifica donde dice:
Deberá contar, en la Capital, como mínimo, con 5 (cinco) Centros de Medicina por Imágenes propios o contratados, y los que formen parte del Centro Asistencial: Deberán contar con el Certificado de Registro y Habilitación, otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de los cuales al menos uno (1) deberá contar con servicio de atención las 24 horas. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, desechables y las determinaciones químicas y microbiológicas. El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla, Radiografía, Ecografías, Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia con fuente de braquiterapia.
Queda redactado: Deberá contar, en la Capital, como mínimo, con 5 (cinco) Centros de Medicina por Imágenes propios o contratados, y los que formen parte del Centro Asistencial: Deberán contar con el Certificado de Registro y Habilitación, otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de los cuales al menos uno (1) deberá contar con servicio de atención las 24 horas. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, desechables y las determinaciones químicas y microbiológicas. El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla, Radiografía, Ecografías, Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia.
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Pag. 45. Punto 6.1.1.36.
Las vacunas que son las obligatorias y provistas por el Ministerio de Salud Pública (listado enunciativo no limitativo) sin cargo para el asegurado, tales como: BCG, SABÍN, ANTITETÁNICA, ANTISARAMPIONOSA, TRIPLE, DPT, HEPATITIS, MENINGITIS Y ANTIAMARILICA, conforme a la edad establecida por el Ministerio de Salud, favor aclarar si es correcta la siguiente interpretación Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, según disponibilidad de éste y serán aplicadas en el vacunatorio habilitado por la prestadora.
Las vacunas que son las obligatorias y provistas por el Ministerio de Salud Pública (listado enunciativo no limitativo) sin cargo para el asegurado, tales como: BCG, SABÍN, ANTITETÁNICA, ANTISARAMPIONOSA, TRIPLE, DPT, HEPATITIS, MENINGITIS Y ANTIAMARILICA, conforme a la edad establecida por el Ministerio de Salud, favor aclarar si es correcta la siguiente interpretación Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, según disponibilidad de éste y serán aplicadas en el vacunatorio habilitado por la prestadora.
En la Sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado: Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS, en el punto ASISTENCIA MÉDICA Y SANATORIAL, se modifica el numeral 6.1.1.36:
Pediatría y Neonatología, Inspección Médica en general. Incluye: Inyecciones, vacunas y su aplicación en vacunatorio del sanatorio cabecera de la Prestación de servicios (en caso de contar con uno) o el que sea determinado por la prestadora para proveer el servicio, con las vacunas que son las obligatorias y provistas por el Ministerio de Salud Pública (listado enunciativo no limitativo) sin cargo para el asegurado, tales como: BCG, SABIN, ANTITETÁNICA, ANTISARAMPIONOSA, TRIPE, DPT, HEPATITIS, MENINGITIS Y ANTIAMARILICA, conforme a la edad establecida por el Ministerio de Salud, como así también las vacunas para el tratamiento de ASMA hasta 10 por grupo familiar, como también las vacunas contra la influenza, varicela, hepatitis, con cobertura del 100% (cien por ciento) para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes.
Queda redactado: Pediatría y Neonatología, Inspección Médica en general. Incluye: Inyecciones, vacunas y su aplicación en vacunatorio del sanatorio cabecera de la Prestación de servicios (en caso de contar con uno) o el que sea determinado por la prestadora para proveer el servicio, con las vacunas que son las obligatorias y provistas por el Ministerio de Salud Pública, según la disponibilidad de éste último, (listado enunciativo no limitativo) sin cargo para el asegurado, tales como: BCG, SABIN, ANTITETÁNICA, ANTISARAMPIONOSA, TRIPE, DPT, HEPATITIS, MENINGITIS Y ANTIAMARILICA, conforme a la edad establecida por el Ministerio de Salud, como así también las vacunas para el tratamiento de ASMA hasta 10 por grupo familiar, como también las vacunas contra la influenza, varicela, hepatitis, con cobertura del 100% (cien por ciento) para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes
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Experiencia requerida. Pag.22
¿Cada comprobante de experiencia debe ser como mínimo 50% del monto total ofertado o por cada año por separado debe acumularse el 50%?
Remitirse a la Adenda N° 03 en la cual se establece: Copia de Contratos y/u órdenes de compra/servicio y/o facturas, referentes a prestación de Servicio de Seguro Médico Corporativo de los años 2019, 2020 y 2021, de al menos 900 asegurados al mes, que deberán acreditar la capacidad de suministro, donde la sumatoria de dichos contratos deberá ser por un valor igual o mayor al 50 (cincuenta)% del monto máximo a ser contratado.
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6.3 HONORARIOS MÉDICOS EN INTERNACIONES CLÍNICAS Y/O QUIRÚRGICAS.
Honorarios profesionales para hemodiálisis por insuficiencia renal aguda hasta 06 (seis) sesiones, por cada beneficiario titular, componentes de su grupo familiar y adherente. Se entiende que son 6 sesiones para todos, tanto titular, el grupo familiar y adherentes en conjunto por año?
18-01-2022
27-01-2022
6.3 HONORARIOS MÉDICOS EN INTERNACIONES CLÍNICAS Y/O QUIRÚRGICAS.
Honorarios profesionales para hemodiálisis por insuficiencia renal aguda hasta 06 (seis) sesiones, por cada beneficiario titular, componentes de su grupo familiar y adherente. Se entiende que son 6 sesiones para todos, tanto titular, el grupo familiar y adherentes en conjunto por año?
En la Sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Detalle de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS, en el numeral 6.3 HONORARIOS MÉDICOS EN INTERNACIONES CLÍNICAS Y/O QUIRÚRGICAS, se modifica donde dice:
Honorarios profesionales para hemodiálisis por insuficiencia renal aguda hasta 06 (seis) sesiones, por cada beneficiario titular, componente de su grupo familiar y adherente y año. Luego arancel preferencial.
Queda redactado: Honorarios profesionales para hemodiálisis por insuficiencia renal aguda hasta 06 (seis) sesiones por cada integrante del beneficiario y adherentes, entiéndase: por cada beneficiario titular, componente de su grupo familiar y adherente y año. Luego arancel preferencial.
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6.2 CONSULTAS AMBULATORIAS. Pag. 49
El beneficiario, su grupo familiar y adherentes global podrán consultar con un profesional médico que no pertenezca al plantel de profesionales adheridos a la Prestadora de Servicios, no más de 01 (una) vez por mes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta ₲ 150.000 (guaraníes ciento cincuenta mil) por consulta, favor confirmar si es correcta la interpretación que podrán consultar con un profesional médico de las especialidades citadas en el PBC
El beneficiario, su grupo familiar y adherentes global podrán consultar con un profesional médico que no pertenezca al plantel de profesionales adheridos a la Prestadora de Servicios, no más de 01 (una) vez por mes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta ₲ 150.000 (guaraníes ciento cincuenta mil) por consulta, favor confirmar si es correcta la interpretación que podrán consultar con un profesional médico de las especialidades citadas en el PBC
En la Sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Suministros y Especificaciones técnicas, numeral 5 OBLIGACIONES DE LA PRESTADORA PLANTEL MÉDICO, SANATORIAL Y ADMINISTRATIVO, específicamente en el 5.7, se modifica donde dice:
Se entenderá por año de contrato el que va desde la firma del mismo hasta los 24 meses de vigencia y sus prórrogas en el caso que las hubiera. Haciendo la salvedad que para las coberturas contempladas en el presente contrato se reiniciará el conteo de los servicios previstos en el mismo luego del periodo de los primeros 12 meses (año). En caso de que existan una o más coberturas que se contrapongan, siempre se tomará la que más favorezca al beneficiario, específicamente a lo que tenga relación con la reiniciación de los servicios dentro de los 12 meses (año) de la firma del contrato.
Queda redactado:
5.7 Se entenderá por año de contrato el que va desde la firma del mismo hasta los 24 meses de vigencia y sus prórrogas en el caso que las hubiera. Haciendo la salvedad que para las coberturas contempladas en el presente contrato se reiniciará el conteo de los servicios previstos en el mismo luego del periodo de los primeros 12 meses (año). En caso de que existan una o más coberturas que se contrapongan, siempre se tomará la que más favorezca al beneficiario.
En la Sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Suministros y Especificaciones técnicas, numeral 6 COBERTURA, se agrega la siguiente aclaración: Las coberturas son desde la firma del contrato por 12 meses y luego se reinicia por los otros 12 meses, ya que el año contrato corresponde a 24 meses.