*-SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, Ítem 1, se establece:
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, Ítem 1, se establece:
La solución deberá poder ofrecer a futuro una plataforma adicional de reportes ejecutivos de la solución de Firewall ofertada y debe ser del mismo fabricante que el firewall, esta solución puede ser un appliance centralizado que consolide todos los equipos en un único punto o un servicio cloud en la nube de la misma marca.
Al respecto, se solicita a la convocante disponer como requisito una plataforma adicional de reportes y gestión de firewalls, teniendo en cuenta la cantidad de equipos y la envergadura de la implementación y gestión, a fin de ofrecer la solución correcta a la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
17-09-2021
21-09-2021
*-SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, Ítem 1, se establece:
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, Ítem 1, se establece:
La solución deberá poder ofrecer a futuro una plataforma adicional de reportes ejecutivos de la solución de Firewall ofertada y debe ser del mismo fabricante que el firewall, esta solución puede ser un appliance centralizado que consolide todos los equipos en un único punto o un servicio cloud en la nube de la misma marca.
Al respecto, se solicita a la convocante disponer como requisito una plataforma adicional de reportes y gestión de firewalls, teniendo en cuenta la cantidad de equipos y la envergadura de la implementación y gestión, a fin de ofrecer la solución correcta a la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Lo solicitado en el pliego de bases y condiciones es lo que actualmente necesita la convocante, no creemos necesario en este momento que las especificaciones técnicas exijan de antemano una plataforma adicional de reportes ejecutivos, si creemos necesario que lo ofertado prevea a futuro por si la convocante finalmente decida que requerirá de dichos reportes; debido a ello lo solicitado en el pliego de bases y condiciones queda sin modificaciones.
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*-SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, Ítem 1, se establece:
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, Ítem 1, se establece:
El oferente tendrá que contar con al menos 2 técnicos de nivel superior según la jerarquía de certificaciones de la marca ofertada. Ej.: CISCO CCNP, FORTINET NSE8
Al respecto, se solicita a la convocante revaluar el requisito y aceptar certificaciones técnicas de nivel profesional en la marca ofertada, teniendo en cuenta que las certificaciones de mayor jerarquía no necesariamente significan tener conocimiento en el producto ofertado si no a un mayor conocimiento en variedad de equipos de la marca, a fin de no limitar la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
17-09-2021
21-09-2021
*-SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, Ítem 1, se establece:
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, Ítem 1, se establece:
El oferente tendrá que contar con al menos 2 técnicos de nivel superior según la jerarquía de certificaciones de la marca ofertada. Ej.: CISCO CCNP, FORTINET NSE8
Al respecto, se solicita a la convocante revaluar el requisito y aceptar certificaciones técnicas de nivel profesional en la marca ofertada, teniendo en cuenta que las certificaciones de mayor jerarquía no necesariamente significan tener conocimiento en el producto ofertado si no a un mayor conocimiento en variedad de equipos de la marca, a fin de no limitar la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Lo solicitado al respecto de la cantidad y perfil de técnicos es mínimo, pues por la envergadura del proyecto esta convocante debe asegurar que la empresa a ser contratada cuente con plantel en cantidad necesario y calificado para realizar el despliegue para la implementación y puesta en marcha de los equipos en tiempo y forma, de modo a que cumplamos con la planificación realizada con el fin de cubrir la necesidad que poseemos de forma eficiente conforme al principio de economía y eficiencia de la reglamentación vigente.
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*-SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, Ítem 1, se establece:
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, Ítem 1, se establece:
El oferente tendrá que contar con al menos 5 técnicos de nivel medio según la jerarquía de certificaciones de la marca. Ej.: CISCO CCNA, FORTINET NSE4
Al respecto, se solicita a la convocante revaluar el requisito y aceptar certificaciones técnicas de nivel profesional en la marca ofertada, teniendo en cuenta que con 2 técnicos de nivel profesional es suficiente para implementar la solución, a fin de no limitar la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
17-09-2021
21-09-2021
*-SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, Ítem 1, se establece:
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TECNICAS, Ítem 1, se establece:
El oferente tendrá que contar con al menos 5 técnicos de nivel medio según la jerarquía de certificaciones de la marca. Ej.: CISCO CCNA, FORTINET NSE4
Al respecto, se solicita a la convocante revaluar el requisito y aceptar certificaciones técnicas de nivel profesional en la marca ofertada, teniendo en cuenta que con 2 técnicos de nivel profesional es suficiente para implementar la solución, a fin de no limitar la participación de posibles oferentes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas , y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Lo solicitado al respecto de la cantidad y perfil de técnicos es mínimo, pues por la envergadura del proyecto esta convocante debe asegurar que la empresa a ser contratada cuente con plantel en cantidad necesario y calificado para realizar el despliegue para la implementación y puesta en marcha de los equipos en tiempo y forma, de modo a que cumplamos con la planificación realizada con el fin de cubrir la necesidad que poseemos de forma eficiente conforme al principio de economía y eficiencia de la reglamentación vigente.
24
Capacidad tecnica
En el PBC, en la sección de Capacidad Técnica se solicita:
a) 2 (dos) técnicos de nivel superior de certificación según la marca ofertada.
Ej: CISCO CCIE, FORTINET NSE8.
b) 5 (cinco) técnicos de nivel medio de certificación según la marca ofertada
Ej: CISCO CCNP o CCSP, FORTINET NSE7 Architect o NSE 6 Specialist.
Solicitamos a la convocante que los técnicos de nivel superior de certificación sean eliminados ya que puntualmente para el caso de la marca Fortinet la certificación NSE 8 cubre soluciones/topologías de red mucho mas avanzadas de la marca, y con la certificación NSE 4 es suficiente para la instalación de equipos de networking (Firewall de Borde) objeto de este llamado.
Solicitamos además a la convocante que sean requeridos 3 (tres) técnicos de nivel medio NSE 3 ó 4 para la instalación de los equipos ya que conforme se solicitan en el PBC, se requiere:
Se debe contemplar como mínimo 3 instalaciones en simultaneo en los distintos puntos cardinales del país, conforme al listado de establecimientos de salud.
Solicitar 5 técnicos de nivel medio NSE4 limita la participación a una sola empresa en el país.
En el PBC, en la sección de Capacidad Técnica se solicita:
a) 2 (dos) técnicos de nivel superior de certificación según la marca ofertada.
Ej: CISCO CCIE, FORTINET NSE8.
b) 5 (cinco) técnicos de nivel medio de certificación según la marca ofertada
Ej: CISCO CCNP o CCSP, FORTINET NSE7 Architect o NSE 6 Specialist.
Solicitamos a la convocante que los técnicos de nivel superior de certificación sean eliminados ya que puntualmente para el caso de la marca Fortinet la certificación NSE 8 cubre soluciones/topologías de red mucho mas avanzadas de la marca, y con la certificación NSE 4 es suficiente para la instalación de equipos de networking (Firewall de Borde) objeto de este llamado.
Solicitamos además a la convocante que sean requeridos 3 (tres) técnicos de nivel medio NSE 3 ó 4 para la instalación de los equipos ya que conforme se solicitan en el PBC, se requiere:
Se debe contemplar como mínimo 3 instalaciones en simultaneo en los distintos puntos cardinales del país, conforme al listado de establecimientos de salud.
Solicitar 5 técnicos de nivel medio NSE4 limita la participación a una sola empresa en el país.
Lo solicitado al respecto de la cantidad y perfil de técnicos es mínimo, pues por la envergadura del proyecto esta convocante debe asegurar que la empresa a ser contratada cuente con plantel en cantidad necesario y calificado para realizar el despliegue de entrega de y puesta en marcha de los equipos en tiempo y forma, de modo a que cumplamos con la planificación realizada con el fin de cubrir la necesidad que poseemos de forma eficiente conforme al principio de economía y eficiencia de la reglamentación vigente
25
Plazo de reposición de bienes
Plazo de reposición de bienes
En donde dice "5 (cinco) días hábiles, después de recibir la notificación por escrito."
Se solicita encarecidamente a la convocante extender este plazo a por lo menos 15 días hábiles, de tal manera a que se cuente con un tiempo prudencial para el diagnóstico y reposición de la pieza, ya que en comparación con el plazo de entrega el mismo queda muy corto para el caso en que se deba importar el bien
Plazo de reposición de bienes
En donde dice "5 (cinco) días hábiles, después de recibir la notificación por escrito."
Se solicita encarecidamente a la convocante extender este plazo a por lo menos 15 días hábiles, de tal manera a que se cuente con un tiempo prudencial para el diagnóstico y reposición de la pieza, ya que en comparación con el plazo de entrega el mismo queda muy corto para el caso en que se deba importar el bien
Los plazos indicados en el pliego de bases y condiciones son plazos establecidos en razón de una planificación realizada por esta convocante con el fin de poder cumplir con la necesidad que se necesita satisfacer en cumplimiento del principio de economía y eficiencia que demanda el art. 4 inc. a de la Ley 2051/03, por lo que los plazos de reposición se establecen en un menor tiempo debido a que en principio no debería llegar a instancias de reposición si lo ofertado cumple a cabalidad con lo solicitado en el pliego de bases y condiciones, la empresa que salga adjudicada necesariamente debe prever estas situaciones al momento de ofertar y realizar los trámites pertinentes y conforme a lo que la demanda está necesitando.
26
Capacidad de Traffic Shaping
Solicitamos a la convocante sean aceptarados firewalls con la capacidad de aplicar traffic shaping o rate limit en un menú independientemente de las políticas de firewall teniendo en cuenta que las funcionalidades de traffic shaping o rate limit no son funcionalidades de seguridad.
Solicitamos a la convocante sean aceptarados firewalls con la capacidad de aplicar traffic shaping o rate limit en un menú independientemente de las políticas de firewall teniendo en cuenta que las funcionalidades de traffic shaping o rate limit no son funcionalidades de seguridad.
Uno de los objetivos de la adquisición del equipo es que el mismo facilite la administración de políticas a la mano del usuario que utilizará el equipo y de forma amigable, si se establece en un menú separado podría no ser amigable y además podría esta configuración ser mala y confusa que provoque incluso una degradación del servicio y ello no es el fin de la convocante. Por lo mencionado solicitamos cumplir con este requerimiento.
27
Throughput de firewall
Solicitamos a la convocante sea aceptado un Throughput de firewall de al menos 10 Gbps ya que esta performance es suficiente para responder incluso a los escenarios más demandantes además de ofrecer posibilidad de crecimiento a futuro.
Solicitamos a la convocante sea aceptado un Throughput de firewall de al menos 10 Gbps ya que esta performance es suficiente para responder incluso a los escenarios más demandantes además de ofrecer posibilidad de crecimiento a futuro.
Los valores de desempeño que solicitamos en el punto consultado son las características técnicas más conveniente para el equipo, por lo que no se disminuirán los valores indicados en el pliego de bases y condiciones, pues son los necesarios. Lo requerido en el pliego es técnicamente indispensable y no restringe la participación de potenciales oferentes, al contrario existen una variedad de oferentes que si pueden cumplir con el requerimiento.
28
Throughput de NGFW
Solicitamos a la convocante aceptar un Throughput de NGFW de al menos 1 Gbps ya que esta performance es suficiente para responder incluso a los escenarios más demandantes además de ofrecer posibilidad de crecimiento a futuro.
Solicitamos a la convocante aceptar un Throughput de NGFW de al menos 1 Gbps ya que esta performance es suficiente para responder incluso a los escenarios más demandantes además de ofrecer posibilidad de crecimiento a futuro.
Los valores de desempeño que solicitamos en el punto consultado son las características técnicas más conveniente para el equipo, por lo que no se disminuirán los valores indicados en el pliego de bases y condiciones, pues son los necesarios. Lo requerido en el pliego es técnicamente indispensable y no restringe la participación de potenciales oferentes, al contrario existen una variedad de oferentes que si pueden cumplir con el requerimiento.
29
Throughput de IPS
Solicitamos a la convocante sea acpetado un Throughput de IPS de al menos 1,4 Gbps ya que esta performance es suficiente para responder incluso a los escenarios más demandantes además de ofrecer posibilidad de crecimiento a futuro.
Solicitamos a la convocante sea acpetado un Throughput de IPS de al menos 1,4 Gbps ya que esta performance es suficiente para responder incluso a los escenarios más demandantes además de ofrecer posibilidad de crecimiento a futuro.
Los valores de desempeño que solicitamos en el punto consultado son las características técnicas más conveniente para el equipo, por lo que no se disminuirán los valores indicados en el pliego de bases y condiciones, pues son los necesarios. Lo requerido en el pliego es técnicamente indispensable y no restringe la participación de potenciales oferentes, al contrario existen una variedad de oferentes que si pueden cumplir con el requerimiento.
30
VPN IPsec Throughput
Solicitamos a la convocante sea aceptado VPN IPsec Throughput de al menos 3,6 Gbps teniendo en cuenta que estos equipos conectan distintas dependencias del MSP en todo el país es fundamental que no se conviertan en cuellos de botella.
Solicitamos a la convocante sea aceptado VPN IPsec Throughput de al menos 3,6 Gbps teniendo en cuenta que estos equipos conectan distintas dependencias del MSP en todo el país es fundamental que no se conviertan en cuellos de botella.
Lo que solicitamos al respecto de la consulta es lo que el equipo técnico de esta convocante necesita para el bien requerido y no sería necesaria la modificación solicitada, por lo tanto se mantiene el requerimiento solicitado en el pliego de bases y condiciones. Por lo que solicitamos cumplir con estos requerimientos solicitados en las especificaciones.