Datos de la Verificación
Usuario Verificador
scubilla
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
10-11-2021 - 11:27
Fecha de Fin
15-11-2021 - 14:31
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
* CAPACIDAD FINANCIERA: en el mismo señalan los años de 2018-2019 para los distintos tipos de contribuyentes, difiere del Apartado de Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera "años 2019-2020", Recomendamos a la convocante unificar. * Forma de Pago: en el SICP "CONTRA-ENTREGA", debería de indicarse a "A PLAZO", Sugerimos modificar.
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se establecen criterios de evaluación no equivalentes en cuanto a la capacidad financiera respecto a los distintos tipos de contribuyentes
Descripción
Con relación a los criterios establecidos respecto a los distintos tipos de contribuyentes, se solicita se justifique razonablemente por qué los mismos no resultan equivalentes
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.