Datos de la Verificación
Usuario Verificador
uurunaga
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
03-09-2021 - 11:20
Fecha de Fin
08-09-2021 - 15:33
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
1. En el SICP no se ha indicado el inciso del supuesto de excepción a aplicarse para el presente llamado.
2. La convocante pretende realizar el proceso por vía de la excepción amparado en los incisos a) y g) del art. 33 de la Ley N° 2051/03, al respecto el Art. 72 del Decreto N° 2992/19, es claro en determinar que se podrá llevar a cabo una contratación por vía de la excepción, bajo el inciso mencionado, siempre que la necesidad no pueda ser satisfecha por otros proveedores, en ese sentido, para que la causal tenga sustento deberán demostrar que existe un solo oferente que se encuentre en condiciones de ofrecer lo que técnicamente la convocante necesita, extremo que debe colegirse fehacientemente en el Dictamen de la UOC. Consideración Normativa: Decreto N° 2992/19 Art. 72.
3. Las siguientes documentaciones: Informe de Tasación del MOPC; Carta de Aceptación, Informe de Condición de dominio, Informe de Servicio Nacional de Catastro, fueron emitidos en el ejercicio fiscal 2015, 2019 y 2020 respectivamente; al respeto solicitamos enviarlos actualizados. Consideración Normativa: Resolución DNCP N° 1198/13. Art. 4°. -
4. Recordamos a la Convocante dar cumplimiento a la Resolución DNCP N° 1890/20 "POR LA CUAL SE REGULA LA ESTIMACION DE PRECIOS Y SU PUBLICIDAD EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS EN EL MARCO DE LA LEY 2051/03". En este sentido, se deberá remitir los precios referenciales, documentos respaldatorios respectivos y un dictamen firmado por el Encargado de UOC, en el que se detalle la metodología utilizada para la obtención de los Precios de Referencia y cualquier otra característica del mercado, de la producción, la comercialización o distribución de bienes y servicios que puedan afectar el precio de referencia, así como la inclusión del Art. 4°, en donde se establece la aprobación del criterio de evaluación aplicable al análisis de los precios de referencia. Consideración Normativa: Resolución DNCP N° 1890/20. (subrayado y cursiva es nuestro)
5. El Anexo Nro. 2 hace referencia a un numero de finca que no guarda relación con el mencionado en las demás documentaciones, solicitamos replantear los datos consignados en el mismo.
6. En el modelo de contrato se menciona una normativa (21909/03) que al momento de las actuaciones ya se encuentra sin vigencia.
7. Requerimos a la Convocante la inclusión de una cláusula adicional a la proforma del contrato: Constancia de Presentación de Declaración Jurada.
El adjudicado deberá, en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos, ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19. Consideración Normativa: Ley N°6355/19.-
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente