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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
scubilla
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
12-10-2021 - 15:28
Fecha de Fin
15-10-2021 - 18:19
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Vigencia del contrato no corresponde
Descripción
Considerando el objeto del llamado, se indica a la convocante que la vigencia del contrato establecida no corresponde.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Falta Registro de Firmas de los CDP
Descripción
Considerando que en el sistema no se visualiza el Registro de firmas del Certificado de Disponibilidad Presupuestaria – CDP, solicitamos conforme a lo establecido en la Resolución DNCP Nº 472/11, remitan vía mesa de entrada manual el registro de firmas de los responsables de la suscripción de los Certificados de Disponibilidad Presupuestaria, acompañado de los documentos legales que los habilitan.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Pliego de Bases y Condiciones debe adecuarse a requisitos del MADES
Descripción
Verificado el Pliego de Bases y Condiciones se observa que las especificaciones Técnicas deberán ajustarse a las disposiciones legales contenidas en la Ley 5211/14 “De calidad del Aire”, el Decreto N° 12685/08 “Reglamento de Control de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono y el uso de tecnologías alternativas”, y la Resolución N° 1242/17 de fecha 3 de octubre de 2014 dictada por la Secretaría del Ambiente.