Datos de la Verificación
Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Comunicación de Adenda
Fecha de Solicitud
08-02-2022 - 12:10
Fecha de Fin
08-02-2022 - 14:44
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1 ) En el pliego remitido, específicamente el punto que hace referencia a "visita al sitio de ejecución de contrato, PROCEDIMIENTO se visualiza lo siguiente: El potencial oferente deberá presentar por la mesa de entrada institucional, carta de autorización dirigida
a la convocante solicitando participar de la visita al sitio de ejecución del contrato. La solicitud deberá incluir el nombre y
apellido de la/s persona/s autorizadas, número de Cédula, descripción y número del I.D. del llamado; Teniendo en cuenta
la dimensión del Distrito, se realizará de acuerdo al cronograma de Visita elaborada por la Convocante, en donde se
registrará la firma del Director y/o encargado de despacho de cada Escuela. El oferente deberá presentar con su oferta la
constancia de visita original, expedida por la Convocante, al respecto indicamos a la convocante que dichas condiciones podría resultar limitante/excluyente.//
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Se solicita se detallen los datos para la realización de la visita técnica
Descripción
En relación a la visita técnica prevista en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, solicitamos se detallen todos los datos necesarios,
conforme a lo dispuesto en el Art. 53 del Decreto 2992/19, como ser fechas, horas y procedimiento, a los efectos de que el Oferente visite e inspeccione
el sitio y sus alrededores, para obtener toda la información que pueda ser necesaria para preparar la oferta.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.