Datos de la Verificación
Usuario Verificador
djvera
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
01-09-2022 - 12:56
Fecha de Fin
03-09-2022 - 11:22
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Niveles de solventes muy exigentes
Descripción
Se solicita verificar la pertinencia de los niveles de solvencia exigidos en el proceso de contratación a fin de no limitar la participacion a posibles oferentes.
Comentario
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP): Es la institución administrativa facultada para diseñar y emitir las políticas generales que sobre la contratación pública deban observar los organismos las entidades y las municipalidades; y dictar las disposiciones para el adecuado cumplimiento de La ley 2051/03 y su reglamento en ese sentido se reitera que lo requerido en endeudamiento: pasivo total / activo total No deberá ser mayor a 0,65 en promedio, en los años 2019, 2020 y 2021 se aparta de los lineamientos estándar establecidos por lo que solicita subsanar .-
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Visita técnica plazo insuficiente
Descripción
Se recuerda que la fecha de la visita que se fije, debe ser al menos un día antes de la fecha tope de consulta. Se solicita subsanar.
Comentario
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP): Es la institución administrativa facultada para diseñar y emitir las políticas generales que sobre la contratación pública deban observar los organismos las entidades y las municipalidades; y dictar las disposiciones para el adecuado cumplimiento de La ley 2051/03 y su reglamento en ese sentido se reitera que lo requerido "El Potencial oferente y/o sus representantes debidamente autorizados, deberán asistir a los sitios detallados en este punto como parte de las visitas guiadas a los locales en los cuales se efectuarán los servicios de provisión de complemento nutricional ( merienda). Los autorizados deberán indefectiblemente formar parte del plantel de trabajadores de la empresa del oferente, debiendo los mismos estar inscriptos en el seguro social del IPS y encontrarse al día, por parte de sus contratantes, en el cumplimiento con sus obligaciones sociales para con el Instituto de Previsión Social (IPS)." se aparta de lo establecido en los pliegos estándar
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.