Datos de la Verificación
Usuario Verificador
lfranco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
01-03-2022 - 11:37
Fecha de Fin
02-03-2022 - 10:33
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1.)Observamos que el criterio respecto a la capacidad Técnica, podría resultar limitante/excluyente al solicitar (Tener un Estación de servicio habilitado por la Municipalidad de Sapucai ubicado dentro del casco urbano de la ciudad de Sapucai).//
2.) En el SICP, específicamente en el módulo de etapas y plazos, la fecha fijada para tope de consultas no se adecua a lo establecido en el art. 24 de la Resolución DNCP Nº 5695/2019.//
3.)EN LA EVALUACION AUTOMATICA DEL SICP se visualiza lo siguiente: ATENCIÓN, EL MONTO ES MAYOR AL 15% DEL PROMEDIO : Gasoil - Diesel - Tipo III (500 ppm).// 3.)El formato del CDP remitido no se ajusta a la normativa vigente, se solicita la remisión del (formulario B-02-04), debidamente ajustada Art. 341 del Decreto N° 6581/2022, además no se observa el sello de la entidad en el mismo.//
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Con justificacion y autorizacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.