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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
vferloni
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
02-02-2022 - 13:39
Fecha de Fin
07-02-2022 - 15:19
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
1. Fecha tope de consulta: No se ajusta a los 3 días indicados en la normativa vigente. Art. 24 – Resolución DNCP N°5695/19. // 2. PBC - Plazo de reposición de bienes: Indican 1 (uno) día. El punto no fue llenado, así como prevé el instructivo, solicitamos aclarar a partir de que acto o hecho se contará para la reposición de los bienes. 3. FORMA DE PAGO: Se visualiza inconsistencia en la forma de pago establecida en el PBC, respecto a lo cargado en el SICP (CONTRAENTREGA) considerando que lo indicado en el sistema, difiere del objeto del llamado, solicitamos subsanar el punto. La forma de pago indicado en el SICP, debe coincidir con lo establecido en el PBC. // 4. CDP: Solicitamos la remisión del CDP correspondiente, debidamente ajustada a la normativa vigente. Art 181 tercer párrafo de la Ley N° 6873/2022, en concordancia con el Art. 341 inciso “a “del Decreto N° 6581/2022 . // 5. Precios referenciales: Considerando la modalidad del proceso, solicitamos a la convocante rectificar el dictamen referente a la estimación de costo, no realiza la combinación de fuentes, así como prevé la normativa vigente.

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
PROPIAS DE LA SBE
Sección
Datos del SICP
Situación
No cumple con el plazo de consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal Res. DNCP N° 1399/20 Art. 45. Se solicita subsanar.