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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
03-03-2022 - 14:43
Fecha de Fin
08-03-2022 - 15:03
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
1) CDP: No se ajusta a la normativa vigente. Solicitamos la remisión del CDP (formulario B-02-04) debidamente ajustado a la normativa vigente. Art 181 tercer párrafo de la Ley N° 6873/2022, en concordancia con el Art. 341 del Decreto N° 6581/2022. // 2) PRECIOS REFERENCIALES: En el Dictamen no se visualiza el tipo de cambio utilizado. // 3) En el punto CERTIFICADO DE PRODUCTO Y EMPLEO NACIONAL: Teniendo en cuenta el objeto del llamado, solicitamos a la convocante, sustituir el texto precedente por lo establecido en l Circular DNCP N° 26/19 de fecha 22 de noviembre de 2019. // 4) EVALUACION AUTOMATICA DEL SICP: Arroja la siguiente observación el monto es mayor al 15% DEL PROMEDIO : Camioneta cabina doble . //

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No indica el tipo de cambio utilizado. Precios Referenciales.
Descripción
Atendiendo que se observan precios referenciales en moneda extranjera, se solicita indicar el valor del tipo de cambio que se utilizó para la conversión en guaraníes.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Margen para vehiculos
Descripción
Atendiendo el objeto del llamado, se solicita tener en cuenta la aplicación del margen de preferencia previsto en la Ley Nº 4838/12, Art. 9, “Que establece la Política Automotriz Nacional”

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.