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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
nocampos
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
06-10-2022 - 12:19
Fecha de Fin
10-10-2022 - 10:31
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Discrepancia entre criterios y documentos.
Descripción
Se verifica discrepancia entre el criterio establecido y la documentación requerida, se solicita su adecuación.
Comentario
Discrepancia en años solicitados entre criterios y documentos.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Vigencia del contrato no corresponde
Descripción
Considerando el objeto del llamado, se indica a la convocante que la vigencia del contrato establecida no corresponde.
Comentario
Se deberá definir vigencia en el PBC.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
En el SICP no se cargo el desglose de los bienes/servicios establecidos en las EETT
Descripción
En las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, se observa el desglose correspondiente a los bienes/servicios pretendidos, sin embargo el mismo no se encuentran detallados en el SICP. Solicitamos la inclusión de desglose de todos los lotes, ítems o sub-ítems que compongan el Pliego de Bases y Condiciones con sus precios referenciales.
Comentario
No coincide con lo establecido en el PBC.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
El Dictamen no ofrece argumentación técnica que permita colegir que ninguna otra empresa del mercado podría dar cumplimiento con lo que se requiere en el presente llamado, o el riesgo que supondría la realización por otra empresa especializada para tal efecto. Por lo que no solamente se debe demostrar el carácter legal de la exclusividad, sino también se debe justificar técnicamente el motivo por el cual la contratación no puede ser satisfecha por otro oferente.
Comentario
No se demustra la exclusividad para el objeto del llamado "MANTENIMIENTO Y SOPORTE TECNICO DE GESTION DOCUMENTAL"

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.