En el Pliego de Bases y Condiciones en la Sección VI. Requisitos de los Bienes y Servicios Conexos. 3. Especificaciones Técnicas. 10. CARACTERISTICAS TÉCNICAS. 10.5 ACCESS POINT – INFOCENTROS FIJOS, 3.8 Capacidad de SSID, se solicita:
“≥ 10”
Al respecto, se solicita a la convocante aceptar como mínimo de 8 SSID en todas las Radios disponibles en el Access Point, teniendo en cuenta que el cambio se ajusta a los estándares técnicos para el tipo de bien licitado y además no afecta a la calidad, funcionamiento ni en la operatividad del mismo, cumpliendo con las funciones de segmentación deseadas; esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el Pliego de Bases y Condiciones en la Sección VI. Requisitos de los Bienes y Servicios Conexos. 3. Especificaciones Técnicas. 10. CARACTERISTICAS TÉCNICAS. 10.5 ACCESS POINT – INFOCENTROS FIJOS, 3.8 Capacidad de SSID, se solicita:
“≥ 10”
Al respecto, se solicita a la convocante aceptar como mínimo de 8 SSID en todas las Radios disponibles en el Access Point, teniendo en cuenta que el cambio se ajusta a los estándares técnicos para el tipo de bien licitado y además no afecta a la calidad, funcionamiento ni en la operatividad del mismo, cumpliendo con las funciones de segmentación deseadas; esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
solicitamos a la convocante aclarar la cantidad de camaras solicitadas para el sistema de videovigilancia dado que en el PBC en este punto solo indica cantidad "22" de camaras y entiendase que son 22 las NVR tambien. Entonces la division seria de UNA camara y UN NVR por Infocentro.
Esto es solicitado en vista de poder hacer una cotizacion correcta
solicitamos a la convocante aclarar la cantidad de camaras solicitadas para el sistema de videovigilancia dado que en el PBC en este punto solo indica cantidad "22" de camaras y entiendase que son 22 las NVR tambien. Entonces la division seria de UNA camara y UN NVR por Infocentro.
Esto es solicitado en vista de poder hacer una cotizacion correcta
Solicitamos a la convocante en este punto AGREGAR al Item 5:
UN Rack pequeño para la instalacion de los mismo, dado que en el PBC no indica donde instalarlo o donde dejarlo
Solicitamos a la convocante en este punto AGREGAR al Item 5:
UN Rack pequeño para la instalacion de los mismo, dado que en el PBC no indica donde instalarlo o donde dejarlo
Experiencia General:
b.1.1 El Volumen de facturación anual promedio, en bienes y servicios, de los mejores 3 (tres) años de los últimos 5 (Cinco) años deberá ser equivalente al 40% (cuarenta por ciento) del monto total ofertado. Presentar copia de al menos 2 (dos) contratos y/o facturas y/o ordenes de compra, similares y afines a los ofertados,.
-Por servicios “similares y/o afines” se entienden: Provisión, Montaje y/o instalación de soluciones modulares en contenedores y de soluciones informáticas que incluyan montaje y configuración de equipos informáticos y redes locales y/o inalámbricas.
La consulta es: Se entiende que la experiencia general es tambien en soluciones informaticas, no debiendo ser solamente de "instalacion de soluciones modulares CON soluciones informaticas (pudiendo licitar solo quienes hayan hecho ya infocentros). Por tanto se entiende que empresas de tecnología y equipamientos con experiencia en eso pueden consorciarse con empresas del rubro metalúrgico para cubrir esos dos aspectos, no debiendo tener una empresa la experiencia en todo, dado que seria limitante gracias!
Experiencia General:
b.1.1 El Volumen de facturación anual promedio, en bienes y servicios, de los mejores 3 (tres) años de los últimos 5 (Cinco) años deberá ser equivalente al 40% (cuarenta por ciento) del monto total ofertado. Presentar copia de al menos 2 (dos) contratos y/o facturas y/o ordenes de compra, similares y afines a los ofertados,.
-Por servicios “similares y/o afines” se entienden: Provisión, Montaje y/o instalación de soluciones modulares en contenedores y de soluciones informáticas que incluyan montaje y configuración de equipos informáticos y redes locales y/o inalámbricas.
La consulta es: Se entiende que la experiencia general es tambien en soluciones informaticas, no debiendo ser solamente de "instalacion de soluciones modulares CON soluciones informaticas (pudiendo licitar solo quienes hayan hecho ya infocentros). Por tanto se entiende que empresas de tecnología y equipamientos con experiencia en eso pueden consorciarse con empresas del rubro metalúrgico para cubrir esos dos aspectos, no debiendo tener una empresa la experiencia en todo, dado que seria limitante gracias!
el pliego establece lo siguiente> b.2) Experiencia Específica b.2.1. Demostrar experiencia específica en montaje, instalación, puesta en funcionamiento, servicio y asistencia técnica en equipos informáticos (tales como computadoras personales, notebook, impresoras, etc.), equipos de red (tales como switch, router, access point, hub, etc.), equipos de video vigilancia (CCTV, NVR, DVR, etc.), con al menos 2 (dos) contratos suscriptos con Entes públicos y/o Privados, un monto de por lo menos 20% (Veinte por ciento) del valor de la oferta en los últimos 5 (cinco) años.
Consulta: entendemos que se necesitan al menos dos contratos, cuyos montos SUMADOS (de mínimo dos pero de la cantidad que sea necesario) den minimo 20 % del monto de la oferta, en esos items de montaje, instalacion etc.Entendemos que esta es la interpretación correcta, y no que CADA CONTRATO deba ser de al menos 20 % del monto de la oferta por lo que estarían pidiendo efectivamente mas del 40 % en experiencia en contratos
el pliego establece lo siguiente> b.2) Experiencia Específica b.2.1. Demostrar experiencia específica en montaje, instalación, puesta en funcionamiento, servicio y asistencia técnica en equipos informáticos (tales como computadoras personales, notebook, impresoras, etc.), equipos de red (tales como switch, router, access point, hub, etc.), equipos de video vigilancia (CCTV, NVR, DVR, etc.), con al menos 2 (dos) contratos suscriptos con Entes públicos y/o Privados, un monto de por lo menos 20% (Veinte por ciento) del valor de la oferta en los últimos 5 (cinco) años.
Consulta: entendemos que se necesitan al menos dos contratos, cuyos montos SUMADOS (de mínimo dos pero de la cantidad que sea necesario) den minimo 20 % del monto de la oferta, en esos items de montaje, instalacion etc.Entendemos que esta es la interpretación correcta, y no que CADA CONTRATO deba ser de al menos 20 % del monto de la oferta por lo que estarían pidiendo efectivamente mas del 40 % en experiencia en contratos
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección VI. Requisitos de los Bienes y Servicios Conexos. 3. Especificaciones Técnicas. 10. CARACTERISTICAS TÉCNICAS. 10.6 EQUIPO DE VIDEOVIGILANCIA. 1. Cámara IP fija Tipo Bullet, se solicita:
“2.1 Cantidad: 22 (Veintidós)
Exigido.”
Luego más abajo en el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección VI. Requisitos de los Bienes y Servicios Conexos. 3. Especificaciones Técnicas. 10. CARACTERISTICAS TÉCNICAS. 10.6 EQUIPO DE VIDEOVIGILANCIA. 3. NVR no se menciona cantidad requerida.
ENTENDEMOS que la convocante requiere de 22 (veintidós) unidades de Cámara IP fija Tipo Bullet y 22 (veintidós) unidades de NVR.
Favor confirmar si nuestra apreciación es correcta; y en caso afirmativo, SOLICITAMOS que sean modificados los términos de este requerimiento, desagregando ambos elementos en ítems separados e indicando las cantidades unitarias de las cámaras y de los NVR a fin de evitar ambigüedades que puedan dar lugar a interpretaciones inadecuadas que posteriormente dificulten a los potenciales oferentes cotizar de manera adecuada conforme lo requerido por la convocante,
Es importante tener presente que para el éxito de este tipo de llamados no se debe limitar la participación oferentes introduciendo en los pliegos cláusulas limitativas, oscuras, que induzcan a error, o de objeto imposible, requisitos formales superfluos, cláusulas indeterminadas, preferencias o certificaciones, o cláusulas que no se ajusten al objeto del llamado.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección VI. Requisitos de los Bienes y Servicios Conexos. 3. Especificaciones Técnicas. 10. CARACTERISTICAS TÉCNICAS. 10.6 EQUIPO DE VIDEOVIGILANCIA. 1. Cámara IP fija Tipo Bullet, se solicita:
“2.1 Cantidad: 22 (Veintidós)
Exigido.”
Luego más abajo en el Pliego de Bases y Condiciones, en la Sección VI. Requisitos de los Bienes y Servicios Conexos. 3. Especificaciones Técnicas. 10. CARACTERISTICAS TÉCNICAS. 10.6 EQUIPO DE VIDEOVIGILANCIA. 3. NVR no se menciona cantidad requerida.
ENTENDEMOS que la convocante requiere de 22 (veintidós) unidades de Cámara IP fija Tipo Bullet y 22 (veintidós) unidades de NVR.
Favor confirmar si nuestra apreciación es correcta; y en caso afirmativo, SOLICITAMOS que sean modificados los términos de este requerimiento, desagregando ambos elementos en ítems separados e indicando las cantidades unitarias de las cámaras y de los NVR a fin de evitar ambigüedades que puedan dar lugar a interpretaciones inadecuadas que posteriormente dificulten a los potenciales oferentes cotizar de manera adecuada conforme lo requerido por la convocante,
Es importante tener presente que para el éxito de este tipo de llamados no se debe limitar la participación oferentes introduciendo en los pliegos cláusulas limitativas, oscuras, que induzcan a error, o de objeto imposible, requisitos formales superfluos, cláusulas indeterminadas, preferencias o certificaciones, o cláusulas que no se ajusten al objeto del llamado.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación. (b.1). Experiencia General. Punto b.1.1, se solicita:
“b.1.1 El Volumen de facturación anual promedio, en bienes y servicios, de los mejores 3 (tres) años de los últimos 5 (Cinco) años deberá ser equivalente al 40% (cuarenta por ciento) del monto total ofertado.
Presentar copia de al menos 2 (dos) contratos y/o facturas y/o órdenes de compra, similares y afines a los ofertados.
-Por servicios “similares y/o afines” se entienden: Provisión, Montaje y/o instalación de soluciones modulares en contenedores y de soluciones informáticas que incluyan montaje y configuración de equipos informáticos y redes locales y/o inalámbricas. ”
SOLICITAMOS a la convocante que sean aceptados, como parámetros para calificar la experiencia específica, los siguientes comprobantes: las recepciones, contratos y/o facturas relacionados con la Provisión, Montaje y/o instalación de soluciones modulares en Contenedores y/o en Data Centers y de soluciones informáticas que incluyan montaje y configuración de equipos informáticos y redes locales y/o inalámbricas.
La inclusión en el PBC del requerimiento de experiencia adicional relacionada a Data Centers, resulta muy valorable para las necesidades de este proceso, y permitirá a la convocante recibir una mayor cantidad de ofertas de otros potenciales oferentes y se verá beneficiada por una mayor competitividad.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” y teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación. (b.1). Experiencia General. Punto b.1.1, se solicita:
“b.1.1 El Volumen de facturación anual promedio, en bienes y servicios, de los mejores 3 (tres) años de los últimos 5 (Cinco) años deberá ser equivalente al 40% (cuarenta por ciento) del monto total ofertado.
Presentar copia de al menos 2 (dos) contratos y/o facturas y/o órdenes de compra, similares y afines a los ofertados.
-Por servicios “similares y/o afines” se entienden: Provisión, Montaje y/o instalación de soluciones modulares en contenedores y de soluciones informáticas que incluyan montaje y configuración de equipos informáticos y redes locales y/o inalámbricas. ”
SOLICITAMOS a la convocante que sean aceptados, como parámetros para calificar la experiencia específica, los siguientes comprobantes: las recepciones, contratos y/o facturas relacionados con la Provisión, Montaje y/o instalación de soluciones modulares en Contenedores y/o en Data Centers y de soluciones informáticas que incluyan montaje y configuración de equipos informáticos y redes locales y/o inalámbricas.
La inclusión en el PBC del requerimiento de experiencia adicional relacionada a Data Centers, resulta muy valorable para las necesidades de este proceso, y permitirá a la convocante recibir una mayor cantidad de ofertas de otros potenciales oferentes y se verá beneficiada por una mayor competitividad.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” y teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación. (b.2). Experiencia Específica. Punto b.2.2, se solicita:
“El oferente debe contar con un sistema de apertura de tickets, que le permita registrar los incidentes y/o solicitudes que se generen además de poder realizar el seguimiento respectivo, a través de su portal Web y una línea de contacto telefónico habilitada 24x7x365. El oferente deberá adjuntar el manual de procedimientos de uso de la herramienta. ”
SOLICITAMOS a la convocante que sea aceptada la presentación de una Declaración Jurada donde indique que pondrá a disposición el sistema de apertura de tickets al momento de la presentación del Plan de Trabajo (SOW) y habilitará una línea de contacto telefónico con atención 24x7x365 en caso de ser adjudicado. De esta manera la convocante podrá asegurarse que el servicio requerido será proveído por la empresa adjudicada, en atención a que las entidades convocantes se encuentran facultadas por la ley de contrataciones y sus decretos a solicitar en sus PBC, Declaraciones Juradas que permitan abreviar procedimientos en los llamados, y al mismo tiempo generar una responsabilidad legal para el oferente respecto al aspecto declarado.
Lo previamente solicitado es respaldado por el Art. 50 del Decreto 2992/19 que reglamenta la LEY 2051/03 que determina: La Dirección. Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) reglamentará el uso de declaraciones juradas, así como otros aspectos relacionados con la presentación de las ofertas; además las Convocantes podrán requerir en sus pliegos de bases y condiciones particulares otras declaraciones juradas, atendiendo a la naturaleza de la contratación. Así mismo lo extendido es a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación. (b.2). Experiencia Específica. Punto b.2.2, se solicita:
“El oferente debe contar con un sistema de apertura de tickets, que le permita registrar los incidentes y/o solicitudes que se generen además de poder realizar el seguimiento respectivo, a través de su portal Web y una línea de contacto telefónico habilitada 24x7x365. El oferente deberá adjuntar el manual de procedimientos de uso de la herramienta. ”
SOLICITAMOS a la convocante que sea aceptada la presentación de una Declaración Jurada donde indique que pondrá a disposición el sistema de apertura de tickets al momento de la presentación del Plan de Trabajo (SOW) y habilitará una línea de contacto telefónico con atención 24x7x365 en caso de ser adjudicado. De esta manera la convocante podrá asegurarse que el servicio requerido será proveído por la empresa adjudicada, en atención a que las entidades convocantes se encuentran facultadas por la ley de contrataciones y sus decretos a solicitar en sus PBC, Declaraciones Juradas que permitan abreviar procedimientos en los llamados, y al mismo tiempo generar una responsabilidad legal para el oferente respecto al aspecto declarado.
Lo previamente solicitado es respaldado por el Art. 50 del Decreto 2992/19 que reglamenta la LEY 2051/03 que determina: La Dirección. Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) reglamentará el uso de declaraciones juradas, así como otros aspectos relacionados con la presentación de las ofertas; además las Convocantes podrán requerir en sus pliegos de bases y condiciones particulares otras declaraciones juradas, atendiendo a la naturaleza de la contratación. Así mismo lo extendido es a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, sección III. Criterios de Evaluación y Calificación, capítulo (b) Experiencia y Capacidad Técnica, inciso (b.1) Experiencia General, se solicita:
“b.1.1 El Volumen de facturación anual promedio, en bienes y servicios, de los mejores 3 (tres) años de los últimos 5 (Cinco) años deberá ser equivalente al 40% (cuarenta por ciento) del monto total ofertado. Presentar copia de al menos 2 (dos) contratos y/o facturas y/o órdenes de compra, similares y afines a los ofertados.
-Por servicios “similares y/o afines” se entienden: Provisión, Montaje y/o instalación de soluciones modulares en contenedores y de soluciones informáticas que incluyan montaje y configuración de equipos informáticos y redes locales y/o inalámbricas.”
Al respecto solicitamos a la Convocante que la descripción de los “servicios similares y/o afines” sea indicada como se describe a continuación:
-Por servicios “similares y/o afines” se entienden: Provisión, Montaje y/o instalación de soluciones modulares en contenedores y/o de soluciones informáticas que incluyan montaje y configuración de equipos informáticos y redes locales y/o inalámbricas.”
Teniendo en cuenta que existen en nuestro medio un gran número de empresas del sector de Energía, de Infraestructura de Datacenter y redes locales, de soluciones informáticas y de sistemas inalámbricos, y seguridad contra incendio, que cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la provisión de los suministros y ejecución de los servicios requeridos, que incluyen estos suministros en el presente llamado, pero que no disponen de referencias de provisión, montaje y/o instalación de soluciones modulares en contenedores.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, sección III. Criterios de Evaluación y Calificación, capítulo (b) Experiencia y Capacidad Técnica, inciso (b.1) Experiencia General, se solicita:
“b.1.1 El Volumen de facturación anual promedio, en bienes y servicios, de los mejores 3 (tres) años de los últimos 5 (Cinco) años deberá ser equivalente al 40% (cuarenta por ciento) del monto total ofertado. Presentar copia de al menos 2 (dos) contratos y/o facturas y/o órdenes de compra, similares y afines a los ofertados.
-Por servicios “similares y/o afines” se entienden: Provisión, Montaje y/o instalación de soluciones modulares en contenedores y de soluciones informáticas que incluyan montaje y configuración de equipos informáticos y redes locales y/o inalámbricas.”
Al respecto solicitamos a la Convocante que la descripción de los “servicios similares y/o afines” sea indicada como se describe a continuación:
-Por servicios “similares y/o afines” se entienden: Provisión, Montaje y/o instalación de soluciones modulares en contenedores y/o de soluciones informáticas que incluyan montaje y configuración de equipos informáticos y redes locales y/o inalámbricas.”
Teniendo en cuenta que existen en nuestro medio un gran número de empresas del sector de Energía, de Infraestructura de Datacenter y redes locales, de soluciones informáticas y de sistemas inalámbricos, y seguridad contra incendio, que cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la provisión de los suministros y ejecución de los servicios requeridos, que incluyen estos suministros en el presente llamado, pero que no disponen de referencias de provisión, montaje y/o instalación de soluciones modulares en contenedores.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, sección II. Datos de la Licitación (DDL), capítulo C. Preparación de las Ofertas, inciso IAO 10.1 se solicita:
“El idioma en que debe ser presentada la oferta es en castellano y solamente los catálogos podrán ser presentados en otros idiomas con su correspondiente traducción al idioma castellano. La traducción podrá ser simple, no necesariamente efectuada por un traductor matriculado.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro, y teniendo en cuenta además que en el inciso IAO 11.1 (j), sub-item f) se solicita:
“Catálogos y folletos originales del fabricante en el idioma español y/o inglés que corroboren la información técnica y no técnica declarada en las Especificaciones Técnicas.”
Esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y lo establecido específicamente en el inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios”, lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: “Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…”. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, sección II. Datos de la Licitación (DDL), capítulo C. Preparación de las Ofertas, inciso IAO 10.1 se solicita:
“El idioma en que debe ser presentada la oferta es en castellano y solamente los catálogos podrán ser presentados en otros idiomas con su correspondiente traducción al idioma castellano. La traducción podrá ser simple, no necesariamente efectuada por un traductor matriculado.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro, y teniendo en cuenta además que en el inciso IAO 11.1 (j), sub-item f) se solicita:
“Catálogos y folletos originales del fabricante en el idioma español y/o inglés que corroboren la información técnica y no técnica declarada en las Especificaciones Técnicas.”
Esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y lo establecido específicamente en el inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios”, lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: “Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…”. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”