Datos de la Verificación
Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
25-07-2022 - 11:24
Fecha de Fin
26-07-2022 - 11:54
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Establecen fecha vencida al momento de la verificación del llamado.Visita técnica
Descripción
La fecha establecida para la visita técnica se encuentra fenecida, se sugiere tener en cuenta los plazos de verificación de los procesos.
Comentario
Visita al sitio de obras: Atendiendo a la fecha o fechas topes establecidas para las visitas técnicas,(26 DE JULIO DE 2022), se recomienda prorrogar el plazo para realizar las mismas, atendiendo que es obligatorio.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario
En el SICP, específicamente en el módulo de etapas y plazos, la fecha fijada para tope de consulta, no se ajusta a lo establecido en el art. 24 2da parte, de la Resolución DNCP N.º 5695/2019, considerando la modalidad presentada,( Modalidad presentada: Contratación Directa, el Art 24 de la resolución DNCP N.º 5695/2019 establece: hasta tres (03) días corridos previos a la presentación y acto de apertura)./
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Se solicita la constancia de presentación de la DDJJ de Activos, Bienes y rentas remitida a la Contraloria
Descripción
Se recuerda a la convocante la vigencia de la Ley N° 6919/22. Los oferentes y proveedores ya no se encuentran obligados a la presentación
de la Constancia que "acredita la presentación de declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos" en los procedimientos de contrataciones públicas
Comentario
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Se ha modificado el Pliego Estándar
Descripción
Se verifican modificaciones al pliego estándar. Se solicita su adecuación
Comentario
Se verifican modificaciones al pliego estándar. Se solicita su adecuación, a modo de ejemplo ver el texto, el subrayado del punto: Estimación de las obligaciones financieras de la contratante, por lo expuesto se solicita no alterar el contenido estándar del PBC estandar./
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.