Datos de la Verificación
Usuario Verificador
uurunaga
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
04-04-2022 - 15:01
Fecha de Fin
08-04-2022 - 17:00
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
1. En el Dictamen N° 11/2022 de fecha 04/04/2022 se menciona: “...Documento que acredita los hechos base del procedimiento: Memorándum N°62/2022...” (sic) sin embargo el mismo no ha sido acompañado junto con los demás documentos remitidos, solicitamos remitirlo. Señalamos que las documentaciones, por más que estén de conocimiento en algún portal oficial, la convocante tiene la obligación de remitir los antecedentes o cuanto menos enviar el enlace para que cualquier interesado pueda acceder rápidamente a la información, en atención a que el principio de transparencia y publicidad implica la accesibilidad de la información.
2. Solicitamos ampliar el dictamen – con su correspondiente aprobación de la máxima autoridad- aclarando que hecho/s ha/n dificultado a la misma, realizar el llamado a través de un procedimiento ordinario o SBE, y a su vez, argumentar que la urgencia no se encuentre causada por la negligencia o imprevisión.
3. En atención a que el proceso fue establecido en carácter de Plurianual, solicitamos aclarar, por qué motivo no se realiza el proceso solo por un plazo prudencial que permita la realización de un proceso ordinario para la realización de las obras.
4. Solicitamos, acompañar mayores datos, respecto al estado del puente: (cómputos métricos, informes técnicos, etc.)
5. En el PBC – 11. Visita al sitio de ejecución del contrato (APLICA – DE CARÁCTER EXCLUYENTE) – Página N° 5, se indica: “...Fecha: 08/04/2022...” (sic) se recomienda replantearlo.
6. En el PBC – 2.12 Equipo mínimo requerido – Página N° 33, se indica: “...Camiones volquetes 3...” (sic) solicitamos una justificación técnica de la cual se permita colegir por que la convocante considera pertinente establecer esta cantidad de maquinarias y que no pudiera ser considerado como limitante.
7. En el PBC – EE.TT. Los equipos – Página N°34, se indica: “...Obs: para los equipos que deben ser propios del oferente deberá presentar documentos bque acrediten su propiedad aa través de factura de compra o documentos de importación...” (sic) al respecto, solicitamos aclarar técnicamente, por qué estos equipos no podrían ser alquilados por los oferentes y de este modo no sea considerable como una limitación a la participación.
8. En el PBC – Modelo de Contrato – Clausula 7 – Vigencia del Contrato – Página N° 51, no se indica un plazo cierto tal y como lo exige la normativa para procesos de Contrato Abierto.
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.